River y la buena noticia de la suspensión de Gallardo

Matías Biscay será quien estará en el banco de suplentes. Con el ayudante de campo, el Millo está invicto en torneos internacionales.

River y la buena noticia de la suspensión de Gallardo
River y la buena noticia de la suspensión de Gallardo

Sin Gallardo en el banco, quien fue suspendido por la Conmebol para el partido de esta noche frente a Gremio, River tendrá a Matías Biscay pegado a la raya de cal y eso, estadísticamente es una buena noticia para el Millo.

Es que con el ayudante de campo dando las órdenes desde el campo de juego, River nunca perdió en torneos internacionales. De los cinco partidos que dirigió el Millonario se fue victorioso en 3, el último frente a Racing en el Monumental, y empató dos.

El detalle

1-1 vs. Juan Aurich (12 de marzo de 2015 - Copa Libertadores)
2-2 vs. Tigres (8 de abril de 2015 - Copa Libertadores)
3-0 vs. Tigres (5 de agosto de 2015 - Copa Libertadores)
1-0 vs. Rafaela (22 de octubre de 2016 - Campeonato Argentino)
3-0 vs. Racing (29 de agosto de 2018 - Copa Libertadores)

Gallardo tendrá que abonar US$ 1.500 y River US$ 20.000,. Pero eso no es todo, Conmebol también sancionó al Muñeco penándolo con una fecha de suspensión.  En su comunicado, Conmebol dictamina que River violó el artículo 8 y 13.2 inciso c) del reglamento disciplinario de Conmebol y los artículos 65, 106, 129 inciso q) y 173 inciso c) del reglamento de la Libertadores. ¿En qué consiste cara artículo?

Art. 106 (Sanción a Gallardo) Los equipos deben respetar estrictamente el horario marcado para el inicio de juego. Para ello, deberán seguir todas las indicaciones del CAPÍTULO XI Operación y Procedimientos de Juego 60 delegado del partido emanadas al respecto, para el ingreso de los mismos al campo de juego, de acuerdo con la Cuenta Regresiva. El retraso en el inicio del partido o su reanudación en el segundo tiempo como consecuencia de demora del o de los equipos, será pasible de las sanciones previstas en el Reglamento Disciplinario y con el Artículo 173 c) de este Reglamento

Art. 129 Se encuentra prohibida la presencia y/o uso en los estadios de las siguientes personas y objetos:

q) Ningún tipo de objeto pirotécnico.

Art. 173 Se consideran infracciones específicas al Torneo:

c)  (Sanción a Gallardo) Responsabilidad por retraso del partido: Si los jugadores de un equipo compareciesen al terreno de juego más tarde de la hora prevista para su inicio o reanudación, o desacatando las indicaciones del Árbitro y/o Delegado al respecto, el club responsable será sancionado por los órganos disciplinarios de la CONMEBOL con una advertencia en caso de una primera infracción, y con una multa no inferior a USD 15.000 en caso de una segunda o subsiguientes infracciones. En el supuesto anterior, se considerará en todo caso responsable al entrenador del equipo en cuestión, que será sancionado por los órganos disciplinarios de la CONMEBOL de la siguiente manera: • Por una primera infracción: apercibimiento de suspensión por un partido. • Por una segunda o subsiguiente infracción: suspensión por un partido y multa que no será inferior a USD 1.500

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