Riquelme, condenado a pagar medio millón de euros por evasión fiscal en España

Diez años después, la Audiencia Nacional sentenció al argentino por cobrar derechos de imagen offshore, como Messi y CR7, entre otros.

Riquelme, condenado a pagar medio millón de euros por evasión fiscal en España
Riquelme, condenado a pagar medio millón de euros por evasión fiscal en España

El exfutbolista argentino Juan Román Riquelme, ex Barcelona y Villarreal, fue condenado por la Audiencia Nacional a pagar 573.540 euros que birló al fisco cuando jugaba en España. El caso guarda parecidos con los que llevaron a la condena o tienen al borde del banquillo a Messi, Cristiano, Modric, Falcao, entre otros.

En este caso, existe la particularidad de que este fallo no fue por vía penal y solo por un contencioso en el que la justicia dio la razón a la Agencia Tributaria—hace años, Hacienda era más benévola y no veía delito—. En tanto, el Villarreal ya fue condenado en septiembre por pagar a sus estrellas Forlány Riquelme en paraísos fiscales, por lo que es previsible que el delantero uruguayo sea el siguiente en la lista.

En diciembre de 2011, Hacienda sancionó al ídolo de Boca evadir impuestos en el IRPF de los años 2004 a 2007. El futbolista había llegado a España en 2002 como una estrella al Barça, que pagó 40 millones por él y el futbolista cuando arribó contó: "Solamente puedo decir que estoy muy contento, hace mucho tiempo que esperaba estar acá. Espero hacer las cosas bien, tener mucha suerte y salir campeón con el Barcelona, nada más", declaró públicamente el 15 de julio.

En privado, se repitió otro ritual que solo se puede reconstruir ahora con la sentencia: el de firmar un contrato que dejaba los derechos de imagen fuera del alcance de Hacienda y comisiones extrañas. "Ese mismo día el FC Barcelona y la entidad Eagletron BV (con domicilio en Holanda y que luego pasó a denominarse Play International BV) firmaron un contrato de cesión de los derechos de imagen del jugador, ambas entidades acuerdan una titularidad compartida de esos derechos".

Al verano siguiente, Riquelme había fracasado en el Barcelona y fue cedido al Villarreal, donde sí lució y llegó a una semifinal de Liga de Campeones. Sin embargo, alguien no cayó en la cuenta de que estaban cometiendo un error. "El 28 de agosto de 2003, el jugador y sus agentes firman un contrato de trabajo con el Villarreal Club de Fútbol SAD con una retribución de 11 mensualidades de 40.909 euros cada una, más primas". El Barcelona seguía pagando la mayor parte de la ficha del jugador y mantuvo los pagos en Holanda. Eso hizo que superara el 15% y que Hacienda cazara a Riquelme. Además, "en la declaración de 2005 el jugador omitió las retribuciones salariales ordinarias percibidas del FC Barcelona por un importe íntegro de 2.465.000 euros", siempre según la sentencia de la Audiencia Nacional del pasado 27 de diciembre.

Cuando en 2005 el Villarreal compró definitivamente a Riquelme, hubo nuevas comisiones sospechosas. Dos empresas en Holanda —siempre Holanda— cobraron entonces 3,15 millones. De allí mandaron el dinero a cuentas en Suiza titularidad de una empresa de Belice. Hacienda consideró que eso en realidad eran pagos a Riquelme (algo similar ha sucedido con Neymar años después) y que los ocultó a Hacienda. Como prueba de que eran unos honorarios excesivos para una comisión, señala que el mismo día de ese contrato un agente del futbolista cobra 150.000 euros por asesoramiento, algo que sí considera acorde con la intermediación.

La defensa de Riquelme alegó que no ha habido simulación, que Hacienda no ha presentado pruebas suficientes y que todo son suposiciones. Añade que le han sancionado como si fuese una fraude con intención cuando lo más que hay es una discrepancia. La Audiencia Nacional da la razón a Hacienda. Así, sobre las supuestas comisiones de intermediación en el extranjero, concluye que eran parte del salario del futbolista: "Tampoco se ha explicado la necesidad de que intervinieran las citadas sociedades además de los agentes FIFA que lo hicieron en representación del jugador, o el valor adicional que las mismas aportaban en orden a las gestiones para la cesión o el traspaso. Lo cierto es que esos pagos se realizaron en el ámbito de la contratación laboral del jugador y no habiendo quedado acreditado que los mismos respondan a un concepto distinto de esa relación laboral, ha de considerarse que responden a la retribución del trabajo personal del mismo.

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