La Distribuidora de Gas Cuyana (Ecogas) lleva cinco meses sin facturar y la situación incomoda a los clientes mendocinos. Por eso, el organismo de defensa del consumidor, Protectora, reclamará en la Justicia que la empresa cumpla con su obligación de enviar las dos facturas atrasadas.
Así lo aseguró José Ramón, abogado y representante de Protectora, quien aclaró que el plazo máximo de tolerancia será el viernes próximo. “Si hasta ese día no se han emitido las facturas pendientes, reclamaremos en la Justicia Federal. El mismo lunes enviaremos una carta documento y, si no hay respuesta en 72 horas, iniciaremos un proceso judicial”, aseguró.
Para Ramón, el retraso representa un problema real para los usuarios, “porque desconocen cuánto deberán pagar por lo consumido desde abril y tendrán que afrontar el monto de las facturas pendientes junto con las nuevas”.
Sin embargo, no hay que dejar de lado que, por orden del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), las facturas pendientes podrán cancelarse en hasta cuatro cuotas.
De hecho, la excusa de Ecogas para justificar el retraso en la facturación, tendría que ver con esa exigencia. “Desde la compañía se defienden diciendo que aún están trabajando para adaptar el sistema al pago en cuatro cuotas”, comentó José Ramón.
No fue posible obtener la posición oficial de la empresa respecto del retraso en la emisión de boletas.
Las causas de la demora
Para entender mejor por qué existe un retraso de cinco meses en la facturación del servicio del gas, es necesario hacer un breve repaso de lo acontecido.
Lo primero que hay que aclarar es que Ecogas sí emitió facturas posteriores a abril, pero las boletas se realizaron con tarifas que pocos días después perdieron validez.
Es que a las tarifas aplicadas por el Gobierno Nacional, se interpusieron diferentes medidas cautelares provinciales. En el caso de Mendoza, por ejemplo, el Juzgado Federal ordenó un tope de aumento máximo del 80%.
A su vez, el propio Estado nacional reconoció el impacto social de la medida y quiso aplicar un tope máximo de incremento del 400%.
Lo cierto es que entre tantas idas y vueltas corrieron voces recomendando “no pagar las facturas de gas que habían llegado con aumento” y otras advirtiendo que “sí había que pagarlas”.
La situación se aclaró hace dos semanas, cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que ningún aumento de la tarifa de gas será válido hasta que se realice la audiencia pública programada para el 16 de setiembre.
Sin embargo, la confusión de los meses previos generó dos situaciones. Por un lado, están los usuarios que pagaron la boleta con aumento y deberán recibir el reintegro (ver aparte). Por otra parte, están quienes no pagaron y tendrán que abonar las facturas pendientes desde abril en adelante.
Cómo será la facturación
Según José Ramón, las boletas que debe emitir Ecogas tienen que cumplir con tres condiciones. Deben ser bimestrales, tienen que ofrecer la posibilidad de pago en cuatro cuotas y deben respetar las tarifas que estaban vigentes en Mendoza antes de los aumentos aplicados en abril.
Piden a Ecogas que devuelva intereses
El fallo de la Corte Suprema de Justicia obliga a Ecogas a devolver, con las facturas de setiembre, todo lo que se cobró “de más” a los usuarios que decidieron pagar las boletas que habían llegado con aumento.
Sin embargo, según José Ramón, de Protectora, nada se dijo acerca de los intereses. “Muchas personas abonaron la factura pero con varios días de retraso, por lo que debieron afrontar los intereses por pago posterior al vencimiento”, indicó.
“Lo que corresponde en esos casos es que Ecogas devuelva no sólo el monto que se facturó de más, sino también los recargos aplicados”, indicó.
Para anticiparse a cualquier error en el reintegro, Protectora presentó en el Juzgado Federal de Mendoza una Acción Preventiva pidiendo la devolución de los intereses en los casos que corresponda.
En el escrito legal, los representantes de Protectora citan el artículo 26 de la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240) que establece que en los reintegros o devoluciones debe haber una reciprocidad de trato, lo que significa precisamente que se deben devolver los intereses cobrados en concepto de mora.