Proponen crear un Programa de “Becas Digitales de Emergencia” para universidades públicas

Anabel Fernández Sagasti presentó un proyecto de Ley para que los estudiantes del nivel universitario cuenten con datos de telefonia movil.

Proponen crear un Programa de “Becas Digitales de Emergencia” para universidades públicas
Proponen crear un Programa de “Becas Digitales de Emergencia” para universidades públicas

La pandemia provocada por el Coronavirus llevó a que las instituciones universitarias buscaran distintas alternativas, como clases y exámenes virtuales, para poder seguir brindando su servicio de enseñanza a los jóvenes.

En relación a la problemática que surge de estas alternativas tomadas por las casas de altos estudios y la posible falta de conectividad de algunos estudiantes, la Senadora Nacional Anabel Fernandez Sagasti presentó un proyecto de "Becas Digitales de Emergencia".

"La delicada situación en la que nos posiciona el COVID-19 afecta de distintas maneras a todos los sectores de la sociedad. En el caso de las y los estudiantes, acceder a contenidos y materiales de estudio puede dificultarse sin acceso a Internet" posteó en sus redes la Senadora Nacional.

Es que aunque existen portales con navegación liberada es un hecho que hay contenidos que no se encuentran en estas plataformas liberadas. Además, la conectividad es necesaria para coordinar múltiples tareas del ámbito educativo.

El proyecto especifica, además, que cada Universidad debe habilitar un canal gratuito y virtual para que los estudiantes se inscriban como beneficiarios del programa.

A través de sus redes sociales, la legisladora contó que un conjunto de organizaciones estudiantiles nucleadas en el frente estudiantil universitario "La Manso" acercó una propuesta de reorganización del presupuesto universitario para pedir que se garantice el cursado virtual en las Universidades de la Argentina.

Por otra parte, en cuanto al financiamiento, se prevé que los fondos para garantizar este programa provengan de tres fuentes. Por un lado, presupuestos ociosos debido al cese de clases presenciales por el COVID-19, por otro, de una reasignación de recursos por parte del Ministerio nacional y, finalmente de las donaciones que pudiera recibir cada institución educativa.

El tiempo de aplicación que propone la norma es de hasta treinta días posteriores a la finalización del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio o hasta la regularización del nivel educativo universitario.

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