Con la adhesión del departamento de Junín -será el próximo lunes-, quedará prohibida en todo Mendoza la venta libre de pirotecnia.
Así, solo podrá comercializarse en aquellos locales que cuenten con la aprobación del Registro Provincial de Armas.
En caso de no cumplir con la normativa los comercios serán sancionados con una multa de más de 11 mil pesos.
La habilitación es expedida por el Registro Provincial de Armas (REPAR) y tiene un costo de $9.392.
En este contexto, el Gobierno provincial viene trabajando en una serie de medidas para llegar al objetivo de “Pirotecnia 0” en todo el territorio mendocino.
Prohibiciones
Entre las medidas adoptadas por el Ministerio de Seguridad, se establece la prohibición de la venta de pirotecnia en los stands de material metálico ubicados en playas de supermercados e hipermercados.
Esta iniciativa se suma a la prohibición de anexar la venta de fuegos artificiales a un comercio de otro rubro.
Requisitos
Aquellos comercios que, temporal o permanentemente, se dediquen de forma exclusiva a la venta de pirotécnica deben:
– Poseer local para la venta exclusiva de material pirotécnico.
– El local deberá contar con depósito para el material con una superficie no menor a 20 m2 y sin acceso al público.
– Local limitado por paredes de hormigón y/o ladrillo, puertas y techos de material no combustible.
– Podrán albergar un máximo de 30 bultos, o cajones de 15 kilos cada uno.
– Propiedad o contrato de alquiler.
– Habilitación municipal con verificación de las adecuadas medidas de seguridad. El local deberá encontrarse a una distancia no menor a 100 metros de un lugar de expendio de combustible o depósito de combustible.
– Original y copia de DU.
– Constancia de inscripción de Ingresos Brutos.
– No poseer sanciones pendientes por infracciones a la ley.
– Declaración Jurada de domicilio legal y real del titular.