Por comprar un celular robado deberá cumplir un año de tareas comunitarias

El hombre después lo vendió por 250 pesos. Ocurrió en General Alvear en el año 2011.

Por comprar un celular robado deberá cumplir un año de tareas comunitarias
Por comprar un celular robado deberá cumplir un año de tareas comunitarias

Un hombre que hace 7 años  fue denunciado por comprar un celular  "a sabiendas" de su procedencia ilegítima y que después terminó vendiendo, en la última semana, en una suspensión del proceso se aceptó el pedido de la defensa, por lo que deberá cumplir tareas comunitarias durante un año.

De no cometer otro delito y respetar el compromiso personal, el hombre saldará su cuenta con la Justicia.

El hecho ocurrió en febrero de 2011, cuando un comerciante de General Alvear aseguró ante las autoridades que de su local le habían robado un teléfono celular Samsung.

Sin embargo un par de semanas después el comerciante volvió a la comisaría para denunciar que el aparato (negro y rojo), con todas sus características (como modelo y número de serie), había sido vendido a un amigo de su hijo.

El resto fue sencillo,  un hombre dedicado a la agricultura, que había dejado la finca para instalar un local donde arreglaba y también vendía celulares era el responsable.

Y así una tarde le vendió el aparato en cuestión a un menor de 14 años que lo "compró por 250 pesos". Pero quiso el destino que el menor comprador era amigo del hijo de la víctima del robo y en el momento de mostrarle la adquisición se descubrió que era el mismo aparato que le habían robado al comerciante.

Y así el hombre sin antecedentes quedó encerrado en los términos de la Ley 25891, del año 2014, que habla de los servicios de comunicaciones móviles y donde se establece que "la comercialización de los mencionados servicios podrá realizarse, únicamente, a través de las empresas legalmente autorizadas para ello, quedando prohibida la actividad de revendedores, mayoristas y cualquier otra persona que no revista ese carácter... y que en su articulado prevé "una pena de  prisión de 6 meses a 3 años...".

Con ese argumento el abogado ofreció que su defendido cumpla con 8 horas mensuales, durante un año, en un centro de Salud de aquel departamento, donde tiene su domicilio.

El juez Alejandro Piña, del Tribunal Oran en lo Criminal Federal N° 1, con la aceptación por parte de la fiscal del ofrecimiento, sólo le quedó confirmar el fallo en un escrito que el acosado firmó con gusto, comprometiéndose a cumplir con la establecido.

“Probation"

Desde el momento en que se inicia el proceso penal por la ocurrencia de un hecho que podría ser considerado "no grave", los Jueces,  fiscales y defensores  deben intentar la búsqueda de una solución al conflicto que nació de aquél hecho entre las personas.

Un modo de resolver los casos penales sin ir a un juicio es la Probation. Hay que saber que el debate  no es sólo la audiencia de juicio oral, sino también todo el proceso judicial de audiencias e investigación que tienen por fin último el juicio oral.

La suspensión del juicio a prueba o "suspensión del proceso a prueba" o "probation" es la suspensión de ese trámite judicial.

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