Ya rigen las nuevas medidas en Mendoza: cuáles son y por qué se tomaron

El Gobierno provincial oficializó los anuncios de Rodolfo Suárez con un decreto en el Boletín Oficial.

Ya rigen las nuevas medidas en Mendoza: cuáles son y por qué se tomaron
Desde hoy se libera la compra según terminación del DNI. Foto : Orlando Pelichotti / Los Andes

El Gobierno provincial tomó medidas de flexibilización de las restricciones que rigen desde hoy y que fueron oficializadas en el Boletín Oficial, como el levantamiento de las compras por DNI, la extensión de la alerta sanitaria hasta las 00.30 (una hora) y también la habilitación de las reuniones familiares hasta 10 personas.

El decreto 862 contiene los tres artículos en los cuales se tomaron estas medidas de mayor libertad tanto en la circulación como en las actividades sociales, y también en los considerandos se dieron los fundamentos.

Por un lado, porque es indicaron necesario “buscar un razonable equilibrio entre las diversas actividades económicas, la situación epidemiológica y la capacidad de respuesta del sistema de salud”, en el cual se evidencia una baja en la cantidad de contagios y también del porcentaje de camas de terapia intensiva ocupadas.

Además, se hizo referencia a las vacaciones de invierno que se lleva a cabo en este mes, y que es una “circunstancia que puede permitir la reactivación de diversos sectores, como el turístico y el comercial, atento la mayor demanda que se produce de los servicios y productos, lo que permitiría obtener un alivio a la delicada situación económica producto de la pandemia”.

Y por último se habló sobre las restricciones horarias, “que han demostrado su utilidad para disminuir la circulación de las personas con el consecuente impacto en la transmisión del virus, son pasibles de ajustes por las circunstancias descriptas y la situación epidemiológica de la Provincia fruto del avance de la campaña de vacunación”.

El decreto

Artículo 1º - Dispóngase en el marco del estado de “alerta sanitaria” declarado por Decreto Acuerdo Nº847/2020, la restricción de la circulación de personas en el ámbito territorial de la Provincia de Mendoza, entre las 00.30 y las 05.30 horas de cada día.

Artículo 2º - Suspéndase desde la vigencia del presente decreto, la restricción impuesta por el artículo 3º del Decreto Acuerdo Nº 605 de fecha 13 de Mayo de 2021, en cuanto a la terminación del número de Documento Nacional de Identidad para las compras en comercios y reservas en restaurantes.

Artículo 3º - Habilítese en todo el ámbito territorial de la provincia la realización de reuniones sociales, hasta un máximo de diez (10) personas, debiendo asegurar el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.

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