Walter Bento recibió otra mala noticia, mientras se espera por el comienzo del juicio

La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó al fiscal general Dante Vega para que se desempeñe en el juicio, que arrancará en su audiencia preliminar el 26 de julio.

Walter Bento recibió otra mala noticia, mientras se espera por el comienzo del juicio
El Juez Federal Walter Bento de Mendoza declara ante el Consejo de la magistratura de Buenos Aires Foto Federico Lopez Claro

El suspendido juez federal Walter Bento recibió esta semana otro revés en lo que corresponde a los preparativos del juicio oral que enfrentará, acusado de liderar una asociación ilícita en la que supuestamente otorgaba beneficios judiciales a presos por narcotráfico y contrabando -entre otros- a cambio de la recepción de coimas.

En este caso, la sala III de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó al fiscal general Dante Vega, quien trabajó en toda la investigación preliminar junto al juez Eduardo Puigdéngolas, para intervenir en el juicio oral contra Bento, que arrancará en su audiencia preliminar el 26 de julio.

Fue la firma de los jueces Juan Carlos Gemignani, Mariano Borinsky y la secretaria de Cámara Lucía del Pilar Raposeiras quienes mantuvieron el trabajo de Vega, sobre quien Bento ha manifestado en varias oportunidades que tiene una “enemistad manifiesta” con él.

Según informó diario Clarín, la Cámara declaró “inadmisible” el recurso de Casación interpuesto por Bento. Anteriormente este mismo planteo había hecho otro imputado Javier Leónidas Angeletti, quien es abogado y está acusado en la misma causa como integrante de asociación ilícita y 5 cohechos activos agravados.

Según el juez suspendido, el tribunal Oral número 2 de Mendoza había avalado la intervención de un fiscal “que no reúne las exigencias previstas en la Constitución, los Tratados de Derechos Humanos y la Ley en materia de objetividad del Ministerio Público Fiscal”, y agregó que la resolución que rechazó el pedido es “infundada”.

El juez Gemignani fue contundente sobre la postura de Bento: “Fijado este estándar, no es admisible que los supuestos de recusación se constituyan en meros instrumentos librados a la voluntad inmotivada de las partes para separar a un magistrado designado para intervenir en la causa”, sostuvo.

Y añadió que “las causales que motivan un planteo de recusación deben ser evaluadas con máxima ponderación y prudencia”. Además, concluyó: “En razón de las consideraciones precedentes, no corresponde la intervención de la jurisdicción de este Tribunal y debe declararse inadmisible la vía intentada, con costas”.

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