A fin del año pasado, tres auditores del Tribunal de Cuentas (HTC) presentaron un crítico informe sobre las licitaciones de los casinos con hoteles en San Martín y General Alvear. En el Gobierno y el Instituto Provincial de Juegos y Casinos (IPJyC) se desató perplejidad y enojo con ese informe.
La ira no tiene un destinatario del todo claro, porque ninguno de los cinco vocales del Tribunal de Cuentas firma la auditoría, que fue realizada por personal subalterno lanzado a la tarea sin orden explícita de nadie. Sin embargo, es conocido que hay un quiebre entre el presidente Néstor Parés y la vocal Liliana Muñoz de Lázzaro (vinculados al radicalimo) y Ricargo Pettignano, Héctor Caputto y Francisco Angelini (ligados al peronismo). Este informe se discutió en la última reunión de los vocales.
Volviendo al Instituto, se asegura que los firmantes del informe (dos profesionales que no siguen habitualmente las cuentas del organismo y el contador auditor que sí está en el día a día de los números) hasta parecían desconocer la normativa vigente para el control de salas de juegos: “nos pedían aplicar un decreto, el 7061 que es del año 1967 y que ya fue derogado. Hoy se aplican la ley 8706 y el decreto 1000 de 2015″, dicen desorientados. Más aún, cuentan que el informe no responde al estilo de redacción que tiene el contador al que siempre le responden las observaciones. “No parece la misma persona la que escribió la auditoría”.
Desde el organismo rector del juego agregan además que buena parte de las observaciones vienen de las objeciones que presentaron los perdedores de la licitación al Instituto y a Fiscalía de Estado. Se trata de las empresas Desarrollos Maipú, operadores del casino del Arena Maipú cuyo accionista más reconocido es el macrista Daniel Angelici, y Traylon, del empresario K Cristóbal López que perdió la concesión de los anexos de San Martín, Rivadavia y General Alvear (justamente por estas dos licitaciones).
El jueves, el Instituto presentó la respuesta a esas observaciones al Tribunal de Cuentas. El documento de Casinos arranca con una dura queja: “el Instituto Provincial de Juegos y Casinos manifiesta su disconformidad, en tanto el HTC ha sobrepasado su propia competencia, extralimitándose en su Auditoría y efectuando ciertas observaciones que escapan de la esfera de su contralor” dice en el primer párrafo y acusa a los profesionales que firman el informe del HTC de hacer un control que “observa aspectos de mérito, oportunidad y conveniencia de las licitaciones, aspectos reservados a la razonable valoración de la Administración”; hablando en criollo: sino se viola ninguna ley vigente, las decisiones de gestión son atribución de quién es gobierno.
Observaciones y respuestas irónicas
Yendo a las observaciones, los auditores señalan que hay “falta de precisión en la determinación del objeto de la contratación, lo que podría, además, afectar la concurrencia, la igualdad y la competencia”. Desde el IPJyC señalan que “el objeto de la licitación es la contratación de un servicio integral de máquinas tragamonedas en un local destinado a su funcionamiento, el cual deberá estar integrado a un proyecto de inversión”.
A párrafo siguiente indican, con sorna, que “tan claro es el pliego que en las dos licitaciones públicas, que se tramitaron simultáneamente (Zona Este y General Alvear) y con los mismos pliegos licitatorios, dos oferentes (Fuente Mayor S.A y New Star Internacional SRL en UTE y Hotelera Emprender SA) propusieron un proyecto de inversión que incluye un emprendimiento hotelero y un espacio para la promoción artística y cultural de los mendocinos (centro de convenciones y anfiteatro abierto respectivamente)”.
La otra gran objeción se refiere a la diferencia del canon entre la concesión anterior (otorgada hace casi 20 años) y la actual, que pasó de 49,8 % a 68%.
En ese aspecto los auditores cuestionaron la falta de pedido al oferente de mejora de oferta de canon, ya que Traylon ofreció 77,17% mientras que en la concesión anterior de 2004, ya vencida, habían ofrecido 49.8%. Entonces la auditoría que dice “la construcción o no del hotel era parte de un proyecto de inversión complementario que estaba en manos del privado. Se torna necesaria la solicitud de mejora de precios en los términos del Decreto 7.061/67 art. 39″.
La respuesta del Instituto arranca diciendo tajantemente que “no resulta aplicable a la mejora de oferta el régimen del Decreto 7.061/67, en tanto rige el Art. 132 inc. k) de la Ley Provincial Nº 8.706, el Art. 149 del Decreto 1.000/15”.
En el Instituto explican que es imposible pedir una mejora de oferta comparando propuestas de hace casi 20 años, con otros costos en la industria del juego y, sobre todo, con un proyecto de inversión más amplio que el concesionado en 2004. “No es lo mismo alquilar un salón para poner tragamonedas, que construir un hotel, restaurant, sala de convenciones y un espacio cultural”, dicen. Además, citan la respuesta de Fiscalía de Estado en este particular: “el Instituto Provincial de Juegos y Casinos ha explicado que los porcentajes de comisión admitidos en el presente procedimiento son mayores que los actuales porque es un proyecto completamente distinto, agregando que los ingresos para el Estado serán muy superiores a los actuales. Además, se trasladan costos al inversor que actualmente paga el Estado”.
La respuesta oficial señala que en el aumento del canon se contempla “la cantidad y modernidad de las máquinas a proveer (6 años de antigüedad máxima), los servicios complementarios como la seguridad policial, la obligación de Sadaic y Aadi Capif y cobertura de emergencias médicas que pagaba el Instituto y ahora paga el concesionario, así como también impuestos y tasas que abonará el nuevo Adjudicatario (tasas de comercio e industria que antes también pagaba el Instituto)”.
Aún así los auditores señalan que falta “respaldo documental que demuestren la razonabilidad y conveniencia para el Estado del precio adjudicado. Se pasó del 49,8% al 68% de canon y no se adjunta en expediente, constancias de análisis de costo-beneficio sobre el precio convenido”. Otra vez, en el Instituto señalan que la fórmula de adjudicación la evaluación del costo-beneficio esta “respaldo documental de los estudios económicos realizados que fundamenten las nuevas condiciones de la contratación (necesidad) con la inclusión de un proyecto de inversión”.
Los auditores hicieron las mismas observaciones para el proceso licitatorio de la nueva sala de General Alvear, para la que se fijaron las mismas condiciones: espacio para tragamonedas, más hotel y emprendimientos comerciales, mientras que antes era sólo la sala de juegos y las máquinas. El Instituto responde casi lo mismo que para la sala de San Martín. La única diferencia es que el canon de la concesión anterior, en este caso de 2002, pasó de 54,7% a 65,3%.
La otra crítica de la auditoría apunta a la supuesta falta de intervención de la Fiscalía de Estado antes del proceso licitatorio y antes de la adjudicación. Desde el Instituto dicen que Fiscalía intervino antes de adjudicar la licitación y avaló todo lo actuado, sin emitir ninguna observación, ni siquiera respecto del momento en el que se le dio intervención.