Suárez demandará al conductor que chocó un auto de su custodia para que pague los daños

Es por un accidente producido en abril del año pasado y por el cual no se logró a un acuerdo con la aseguradora.

Suárez demandará al conductor que chocó un auto de su custodia para que pague los daños
El Gobernador Rodolfo Suarez Foto: Orlando Pelichotti

El gobernador Rodolfo Suárez ordenó iniciar acciones legales contra un conductor que chocó un automóvil que forma parte de su custodia. El accidente se produjo en abril del año pasado y el Gobierno debió hacerse cargo de los arreglos.

Según consta en el Decreto 2056, publicado en el Boletín Oficial este jueves, el hecho se produjo el 10 de abril de 2022, cuando un vehículo marca Toyota modelo Corolla destinado a la División Custodia del Gobernador, al mando del efectivo Policial Auxiliar P.P. Caldas Torrecilla, Leonardo Andrés y fue colisionado en la parte trasera.

El Ejecutivo manifestó que no se logró llegar a un acuerdo con la Compañía Aseguradora, y ante la necesidad y urgencia de contar con la unidad en servicio nuevamente, se procedió a la reparación del mismo, por parte del Ministerio de Seguridad.

De esta manera, el gobernador decretó iniciar acciones legales contra el conductor del vehículo y también a la compañía de seguros, para cobrar la deuda por daños y perjuicios ocasionados en el accidente.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:

Artículo 1° - Instrúyase a Asesoría de Gobierno para que en representación de la Provincia de Mendoza inicie las acciones legales pertinentes contra el conductor del vehículo que intervino en el siniestro y/o quien resulte civilmente responsable, además de la compañía de seguros, a fin de lograr el cobro de la deuda por los daños y perjuicios originados el día 10 de abril de 2022, por el cual resulta dañada la movilidad policial -Interno N° 3432– del Ministerio de Seguridad.

Artículo 2º - Facúltese al Señor Asesor de Gobierno a realizar una nueva evaluación sobre la pertinencia y conveniencia de iniciar acciones legales conforme lo dispuesto en el artículo 1° del presente decreto.

Artículo 3º - Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.¿

DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ

LIC. RAÚL LEVRINO

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