El Gobierno Nacional oficializó el decreto con el que se reglamenta el “silencio positivo”, que es el procedimiento que marca que diversos trámites que no sean respondidos por el Estado en un plazo determinado, se resolverán favorablemente para quien interponga ese pedido.
Según informó Clarín, la medida alcanza a unas 500 gestiones administrativas. “Si no hay una respuesta explícita, vos podés ir por la positiva”, expresaron desde Presidencia.
Desde Casa Rosada realzaron la medida y expresaron que se trata de un “cambio de paradigma” en la relación con el Estado. “Muchas veces vos vas a un organismo equis y no podés avanzar con un trámite; quedás atrapado porque te demoran. Bueno, en este caso, si el Estado no te contesta, vas a poder avanzar, por defecto”, ejemplificaron.
Y la englobaron como una medida definitivamente antiburocrática, que resumen así. “Si un político te quiere cagar y demora un trámite haciéndose el boludo es como que va a estar dándote el sí. Esto le da más libertad a la gente y le quita una herramienta al Estado con la cual el político jode: el famoso ‘no te muevo el expediente, te lo piso, te lo trabo’. Ahora, si querés joder a alguien lo vas a tener que hacer de manera explícita y vas a dejar todos los dedos marcados”, analizan.
Desde lo estrictamente técnico, el decreto busca imprimirle claridad a un asunto espinoso. Y cuenta que “se limita el alcance de la medida al concepto de Autorización Administrativa, aquellos actos mediante los que la administración habilita el ejercicio de un derecho preexistente del administrado una vez verificado el cumplimiento de las condiciones para su dictado”.
En esa línea, según marca el texto oficial, “los requisitos para la configuración del silencio con sentido positivo en el marco de una autorización administrativa son: el paso del tiempo y la acreditación en las actuaciones del cumplimiento de las condiciones específicas exigidas por la norma particular.
Y se agrega que “la medida tiene como objetivo agilizar los plazos de los trámites y evitar demoras indebidas por falta de respuesta de la administración pública, evitando de esta manera que por su inacción el ciudadano pueda hacer ejercicio de los derechos preexistentes”.