Roll over: el PJ denunció ante la Corte que el decreto de Suárez “viola” la Constitución

El peronismo y Protectora presentaron un planteo de inconstitucionalidad y una cautelar de no innovar para impedir que el gobierno avance con la refinanciación de la deuda, sin aval legislativo.

Roll over: el PJ denunció ante la Corte que el decreto de Suárez “viola” la Constitución
Los legisladores Germán Gómez, José Luis Ramón y Lucas Ilardo. Foto: Ignacio Blanco / Los Andes

El PJ y Protectora presentaron ante la Suprema Corte de Justicia una acción de inconstitucionalidad contra el decreto que firmó el gobernador Rodolfo Suárez, para intentar refinanciar parte de la deuda que tiene la Provincia y vence en 2023, sin pasar por la Legislatura. Aseguran que el Ejecutivo realiza una interpretación maliciosa del artículo 68 de la Ley 8076 de Administración Financiera y esto violaría el Artículo 41 de la Constitución provincial.

Además, diputados y senadores de esos partidos pidieron una medida cautelar de no innovar al máximo tribunal para que el Gobierno no pueda ejecutar el decreto, mientras se resuelve la cuestión de fondo. De esta manera se sumaron al Partido Verde en el mismo reclamo, pero con otro petitorio distinto.

La semana pasada el Gobierno decretó emitir títulos en pesos por el equivalente a U$S 81,5 millones en moneda local para hacer frente a vencimientos del Bono PMM29 que fue emitido en dólares. La idea es cancelar esa acreencia en moneda extranjera y quedarse con una equivalente en pesos. Como respuesta a esta maniobra llegaron los recursos judiciales de la oposición.

“Estamos haciendo lo que nos corresponde como legisladores. La Constitución de Mendoza establece que, si el gobierno se quiere endeudar, tiene que pasar obligatoriamente por la Legislatura y tener los dos tercios. El gobernador ha decidido violar ese artículo de la Constitución”, denunció esta mañana el Jefe de Bloque del Frente de Todos en el Senado, Lucas Ilardo.

Y sostuvo que Suárez avanzó en la medida a pesar de que “Fiscalía de Estado, la Asesoría de Gobierno, el Contador General de la Provincia y el propio informe jurídico del Ministerio de Hacienda de (Víctor) Fayad, le hayan advertido que lo que estaba haciendo no es legal”.

Todos advirtieron que si se modifica el stock de deuda, debe pasar por la Legislatura. El gobernador no le ha hecho caso a ninguno de estos organismos. Creo que es la primera vez en la historia que se hace caso omiso al Fiscal de Estado y la impunidad de creerse dueño de todo, lo ha llevado a tomar esta decisión”, sostuvo.

El dirigente kirchnerista aseguró que el gobernador “tergiversa” la palabra “reestructuración” al tomar una nueva deuda. “Quiere cambiar el stock de deuda, los montos, las condiciones y los años de endeudamiento. Eso está prohibido por la Constitución. Suárez no acepta un no como respuesta y en este caso han sido cinco rechazos de los principales organismos de control”, denunció.

“Por eso todos los senadores y diputados del Frente de Todos hemos firmado este petitorio, presentándonos a la justicia a plantear una inconstitucionalidad, una medida de no innovar, para impedir que el gobierno ejecute este acto violatorio de la Constitución”, afirmó el senador.

Por su parte, el Jefe de Bloque del FDT en Diputados, Germán Gómez aportó que “la Corte primero va a resolver la medida, que implica que no tiene que modificarse la situación jurídica hasta tanto no se resuelva el fondo del recurso”.

Y comentó que “más allá de que la Corte pueda decidir en el orden provincial, nos va a quedar el recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Como frente opositor, vamos a ir hasta las últimas consecuencias”.

A la vez, Ilardo puso en duda el papel de la Corte provincial, que deberá resolver los recursos de forma plenaria, es decir, con el voto de los 7 ministros. “Ahora, con la modificación reciente de la Justicia tiene mayoría automática en la Suprema Corte, entonces (Suárez) intenta violar la Constitución a través de eso”, cuestionó.

Por otro lado, el diputado provincial José Luis Ramón, planteó que la oposición estaba abierta a debatir el roll over pero no hubo intención del Ejecutivo en enviarlo a la Casa de las Leyes: “Es una falsedad que no quisiéramos tratar el roll over. El gobernador instaló ese tema y lo que sucedió es que no presentó el proyecto con el Presupuesto”.

“No han dialogado con el principal frente opositor. Tampoco han tratado de explicar esta situación. Hay superávit en la recaudación de las cuentas de la Provincia y una merma en el endeudamiento. ¿Entonces, para qué se quiere más dinero? La campaña electoral del radicalismo”, apuntó el legislador.

Los legisladores José Luis Ramón, Germán Gómez y Lucas Ilardo. Foto: Ignacio Blanco / Los Andes
Los legisladores José Luis Ramón, Germán Gómez y Lucas Ilardo. Foto: Ignacio Blanco / Los Andes

El conflicto de interpretaciones

Por un lado, en la oposición sostienen que el Gobierno no está cumpliendo con el artículo 41 de la Constitución Provincial, que regula la toma de créditos y que marca, “no podrá autorizarse empréstito alguno sobre el crédito general de la Provincia, ni emisión de fondos públicos, sino por ley sancionada por dos tercios de votos de los miembros presentes de cada Cámara”.

También informa que “toda ley que sancione empréstito deberá especificar los recursos especiales con que deba hacerse el servicio de la deuda y su amortización”.

No obstante, el Gobierno provincial se ampara en el artículo 68 de la ley 8706 de Administración Financiera, que permite en algunos casos la reestructuración de una deuda sin necesitar de contar con aval legislativo.

En el Decreto 2502 publicado en el Boletín Oficial el jueves pasado, el Poder Ejecutivo sostiene que el texto lo autoriza a “realizar operaciones de crédito público para reestructurar la deuda pública mediante su consolidación, conversión, reprogramación, refinanciación o renegociación, en la medida que ello implique un mejoramiento de los montos o plazos o intereses de las operaciones originales o permita liberar o cambiar garantías o bien modificar el perfil o costo de los servicios de la deuda o cualquier otro objeto en la medida que resulte conveniente para la Provincia a los fines de hacer frente a sus compromisos presentes o futuros, pudiendo modificar y/o incrementar las partidas que sean necesarias contra la mayor recaudación estimada debidamente fundada, en la medida que corresponda, y a los fines de poder efectuar la registración”.

Sobre este artículo, consideraron que “autoriza expresamente a hacer uso del crédito para reestructurar la deuda pública a fin de ‘hacer frente a sus compromisos presentes o futuros’, dotando al Ejecutivo de distintas opciones que, previo análisis y valoración de su conveniencia en sentido favorable a los intereses provinciales de acuerdo con los recaudos allí previstos, habilitan a encarar este tipo de operatorias que constituyen una herramienta de administración de pasivos que permite reestructurar, refinanciar, reformular y/o reprogramar la deuda pública de la Provincia entendida en su conjunto”.

“La operatoria que se dispone realizar permitirá mejorar la solvencia del Estado y brindar mayor flexibilidad al facilitar el cumplimiento de sus obligaciones sin afectar recursos que pueden liberarse y destinarse al cumplimiento de los fines del Estado, al mismo tiempo que no causa perjuicio a los acreedores de la Provincia ni afecta la calidad crediticia de la misma, favoreciendo incluso la modificación del perfil de la deuda pública”, agregaron.

Y marcaron que “a partir de la obtención de mejoras en la tasa, en el plazo y en la moneda en que se denomina la deuda, se genera una indudable mejora en la estructura del perfil de la deuda pública provincial, cumpliendo de tal forma la operatoria propuesta con los requisitos previstos por el Artículo 68″.

Por otro lado, el Poder Ejecutivo volvió a hacer referencia a la necesidad de que las herramientas con las que cuenta puedan ser “flexibles” para lograr eficiencia en la administración de pasivos, “de forma tal que su utilización permita aprovechar las mejores alternativas que se presenten tanto al momento de emitir deuda como en la oportunidad de cancelarla, precancelarla o reestructurarla”.

“La necesidad de operar con dicha flexibilidad se ve mayormente incrementada y decididamente justificada en mercados financieros volátiles, como lo es nuestro mercado local, consecuencia de una economía argentina que se caracteriza por presentar múltiples desequilibrios, entre ellos, el de alternar constantemente entre tasas de interés reales negativas y positivas”, marcaron.

También interpretaron la ley de Administración Financiera, sobre la cual dijeron que su espíritu “es permitir a la Provincia un manejo eficiente de sus finanzas” y también “de una administración eficiente de los pasivos públicos en condiciones convenientes para la Provincia”.

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