Walter Bento fue destituido de su cargo de juez federal y fue trasladado al Complejo Penitenciario VI de Cacheuta el 8 de noviembre de este año. Su defensa insiste en una prisión domiciliaria y argumentan el retroceso que ha tenido su hijo en su estado de salud.
Sin embargo, Gretel Diamante, María Carolina Pereira y Eliana Ratta Rivas, las tres magistradas que integran el Tribunal Oral Federal N°2 que juzga al ex magistrado federal, dieron varias razones por las que rechazaron el pedido.
Con duros párrafos en el fallo, se basaron en la documentación presentada y explicaron por qué Bento seguirá preso. No pasará las Fiestas con su familia y deberá esperar todo el mes de enero hasta que se reanude el juicio.
“Fue bastante previsible lo que pusieron pero no esta muy fundada”, fue la conclusión de la defensa de Bento luego de recibir el revés judicial. Con respecto a la resolución, aseguran que “está disociada con algunas realidades”.
La defensa de Bento solicitó que se sustituya la medida cautelar de prisión preventiva por otra “menos gravosa”. Los argumentos vertidos por los abogados del ex juez federal Mariano Fragueiro y Felipe Salvarezza se sustentan en el estado de salud de Facundo, uno de los hijos de Bento. “Habría experimentado un grave retroceso en su estado de salud”, por no poder ver a su padre, dice el fallo en sus primeras páginas.
Los letrados indicaron que “su cuadro también se ha visto agravado debido a que, producto de la suspensión adoptada por el Consejo de la Magistratura, se ha privado al doctor Bento no sólo de la totalidad de sus haberes, sino también de la obra social, extremo que significo la discontinuación de los tratamientos y asistencias externas de Facundo”.
En un extenso relato de situaciones, los abogados insisten en el impacto familiar que ha tenido la detención de Bento y sobre todo, hacen foco en las reacciones de Facundo Bento. En el petitorio final, solicitaron que se sustituya la prisión preventiva “por cualquiera de las otras alternativas contempladas” a los fines de “garantizar el vínculo constante con su hijo Facundo Bento”.
El Ministerio Público Fiscal también consideró rechazar el pedido porque considera que los delitos atribuidos y las particularidades que ellos revisten “justifican el mantenimiento de la prisión preventiva dispuesta en su modalidad actual”. Consideran también que a Bento “se le imputan entre otros hechos, diferentes actos de perturbación del proceso y de la investigación”.
“Finalmente, señaló que, aunque Walter Bento esté actualmente detenido, el resto de su familia se encuentra en libertad. Incluso la imputada Boiza ha sido dispensada provisoriamente de concurrir al debate en atención a la asistencia que requiere su hijo Facundo”, dice una parte del fallo.
El rechazo de las juezas
Gretel Diamante, María Carolina Pereira y Eliana Ratta Rivas, las tres magistradas que integran el TOF2 no hicieron lugar a ese pedido y dieron varias razones.
Las juezas no desconocen el estado de salud del hijo de Bento, el cual demanda “del cuidado de personas adultas que lo asistan en sus tareas cotidianas y básicas, tales como alimentarse, trasladarse, asearse, comunicarse, entre otras”.
Sin embargo, “fue precisamente ese el motivo por el cual el tribunal autorizó a la imputada Boiza, con las condiciones que se le impusieron, a no concurrir a las audiencias del debate: para asistir a su hijo Facundo”.
El extenso relato de situaciones que protagonizaría Facundo, afectado por no ver a su padre, y cómo esto ha afectado al núcleo familia, las magistradas sostienen que “no consta documentación que acredite esas circunstancias o prueba que demuestre que fuera inexorable la intervención del padre para neutralizarlas”.
“El tribunal no desconoce que, con la detención de Walter Bento, la madre puede encontrarse actualmente agobiada con la tarea de cuidado. Pero la experiencia demuestra que eso es lo que de ordinario acontece en la mayoría de los casos en los que la dinámica familiar se ve impactada ante la ausencia intempestiva de alguno de sus miembros, sea por estar privado de la libertad o por cualquier otra razón”, expresa el Tribunal.
En el caso concreto de la familia Bento, “se advierte que la madre también cuenta con familia directa de apoyo como son los hermanos mayores de edad de Facundo, Nahuel Bento de 31 años de edad y Luciano Bento 29 años de edad”. En ese sentido, aseguran que “se encuentran en condiciones de colaborar con el cuidado y atención de su hermano ante la ausencia de su padre, sobre todo en aquellas tareas que requieran de mayor esfuerzo físico.”
Le recordaron a la defensa y a los hermanos que “en razón del vínculo que los liga con su hermano, tienen obligaciones legales de asistencia de conformidad a las prescripciones que establecen los artículos 537 inciso b), 541 y 542 del Código Civil y Comercial de la Nación”. Y destacan que los domicilios de los hermanos de Facundo permiten advertir que son cercanos a la vivienda familiar.
También tienen en cuenta que los informes personales elaborados por el Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial de la Nación e incorporados a la causa, en los que se afirma que “tanto Walter Bento como Marta Boiza poseen familia ampliada o extensa, lo que permite inferir que habría otros colaboradores”.
Recuerdan también que “ambos padres trabajaban en el Juzgado Federal Nº 1 de Mendoza desde hacía años, lo que evidencia que no siempre ha sido imprescindible la presencia permanente de los progenitores”. Incluso, echan mano al requerimiento de elevación a juicio en el que hay contenido acreditando que “el grupo familiar habría realizado viajes al exterior, por varios días, sin que Facundo fuera de la partida”.
Con respecto a las coberturas médicas para los tratamientos del hijo de Bento, la Obra Social del Poder Judicial de la Nación informó ayer 22 de diciembre que “se dispuso recategorizar, por excepción, como titular extraordinario de forma retroactiva al mes de junio de 2023, a Facundo Gabriel Bento, debiendo sus progenitores hacerse cargo del pago de las cuotas sociales respectivas”.
“Pero también, debe destacarse que surge de su contenido que, si bien Facundo Bento se encontraba dado de baja junto con su padre desde el mes de mayo de 2023 por falta de pago de las cuotas sociales, teniéndose en consideración la condición de titular de un certificado de discapacidad, ‘…la OSPJN le mantuvo las coberturas vinculadas a su discapacidad”, aseveran las juezas.
Así entonces, desconfían de lo expuesto por la defensa. “Esta afirmación pone en seria duda la invocada falta de cobertura médica de Facundo Bento que se ha sostenido insistentemente”, indican.
Un detalle: después de que el tribunal decretara el pedido de informe a la OSPJN (12 de diciembre), se presentó el hermano de Facundo, Nahuel Bento, a requerir la reafiliación recomendada por el Jurado de Enjuiciamiento (13 de diciembre de 2023).
“En definitiva, al haberse formalizado la cobertura de la obra social para el joven, en los términos consignados en la resolución agregada al legajo, y advertido que se mantuvieron las coberturas vinculadas a su discapacidad, no se advierten razones para que, quienes están a su cuidado, lo priven de usufructuar las prestaciones que brinda la OSPJN, institución que contempla una amplia cobertura para las personas con discapacidad”, manifiesta el TOF2.
Finalmente, resuelven rechazar el pedido de la defensa por lo que Walter Bento seguirá preso en Cacheuta, pasará no sólo las Fiestas lejos de su familia sino también que tendrá una larga espera hasta que se reanude el juicio.