26 de febrero de 2025 - 07:15

Qué dice el decreto de Milei con el que designó a Ariel Lijo y Manuel García Mansilla en la Corte Suprema

El Presidente firmó el decreto 137/2025, en el cual oficializó los nombramientos en comisión "hasta la finalización del próximo período legislativo".

El presidente Javier Milei tomó la decisión política de designar por decreto a Ariel Lijo y Manuel García Mansilla como miembros de la Corte Suprema de Justicia por comisión "hasta la finalización del próximo período legislativo".

"Nómbrase en comisión, en los términos del artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, al doctor Manuel José GARCÍA-MANSILLA en el cargo de juez de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN" dice el artículo 1 del decreto. En tanto, se replica lo mismo en el artículo 2 con "Ariel Oscar LIJO".

Dicho artículo 99 establece algunas atribuciones del presidente de la Nación, en la cual marca en su inciso 19 que "puede llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura".

Pero también está el inciso 4 de la Constitución, que también da como atribución "nombrar" a los magistrados de la Corte Suprema, pero "con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, en sesión pública, convocada al efecto". Esto fue lo que no ocurrió hasta el momento.

El decreto destaca que la Corte Suprema cuenta actualmente con solo tres ministros, lo que complica su funcionamiento y la toma de decisiones, dado que se requieren al menos tres votos para resolver los casos.

En el texto se argumenta que el Senado no trató los pliegos enviados en mayo de 2024 y que, tras el receso legislativo y la finalización del período de sesiones extraordinarias, el Ejecutivo decidió avanzar con la designación en comisión, amparándose en el artículo 99, inciso 19 de la Constitución Nacional.

Las vacantes que ahora ocuparán Lijo y García-Mansilla se generaron tras la renuncia de Elena Highton de Nolasco en 2021 y la de Juan Carlos Maqueda en diciembre de 2024.

El decreto establece que los jueces designados deberán prestar juramento y asumir sus cargos en la Corte Suprema, y aclara que la medida estará vigente hasta que el Senado se expida sobre sus pliegos de manera definitiva.

Desde el Gobierno justificaron la decisión argumentando que la falta de definición del Senado pone en riesgo el normal funcionamiento del Poder Judicial. Además, remarcaron que la designación en comisión es una facultad presidencial prevista en la Constitución y que ha sido utilizada en otras administraciones, incluyendo las de Urquiza, Mitre, Yrigoyen, Perón, Alfonsín y Macri.

Con esta publicación, la Corte Suprema queda compuesta nuevamente por cinco jueces, aunque el proceso legislativo para la ratificación de Lijo y García-Mansilla aún sigue pendiente en el Senado.

El decreto que firmó Javier Milei para nombrar a Ariel Lijo y Manuel García Mansilla

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