¿Puede Milei vetar la nueva formula jubilatoria? La estrategia que podría aplicar para frenar la ley

Después de que el Senado aprobara el proyecto con votos de dos tercios del recinto, Manuel Adorni explicó las opciones que tiene el ejecutivo para frenar el aumento a jubilados que amenaza el equilibrio fiscal.

¿Puede Milei vetar la nueva formula jubilatoria? La estrategia que podría aplicar para frenar la ley
Javier Milei - Foto El Economista

El Gobierno de Javier Milei analizaba vetar de manera parcial la sanción del Senado del proyecto de ley que aumenta las jubilaciones en un 8,1 por ciento. “Todo lo que vaya en contra de las cuentas públicas se va a vetar”, advirtieron.

“El equilibrio fiscal es absolutamente innegociable. Fin”, manifestó desde sus redes sociales el vocero presidencial, Manuel Adorni, después de que el Senado aprobara el aumento de las jubilaciones.

Más temprano, en su habitual conferencia de prensa, el funcionario había dicho que “todo lo que vaya en contra del equilibrio fiscal y de las cuentas públicas, que es nuestra columna vertebral, se va a vetar”.

Adorni hizo referencia de esa forma a la atribución del Poder Ejecutivo de vetar la ley de forma total o parcial, tras su aprobación en el Congreso, informó la Agencia Noticias Argentinas.

En el caso del veto parcial, el presidente Javier Milei puede proceder a la promulgación de determinados artículos y al rechazo parcial de otros, siempre y cuando no modifique el espíritu del proyecto sancionado por el Congreso.

En caso de que se apele al veto total, el proyecto regresa al Poder Legislativo que, de tener intenciones, puede insistir en la sanción de la ley.

Para eso último es necesario que ambas cámaras cuenten con dos tercios de los votos para imponer su intencionalidad inicial; de esta forma la ley se promulgaría a pesar de la voluntad del mandatario.

De no conseguirse el número en alguna de las dos cámaras, el veto se mantiene y el proyecto no puede volver a tratarse en las sesiones de ese año. La decisión que se baraja por estas horas en la Casa Rosada es avanzar con el “veto parcial”.

Si bien la recomposición extra del 8,1% es aceptada, presentan resistencia los artículos 2, 4 y 10 de la ley, los mismos que habían sido rechazados por el secretario de Hacienda, Carlos Guberman, y el titular de la ANSES, Mariano De los Heros, durante el plenario de comisiones.

Son los mismos artículos que también habían sido negociados, sin éxito, por el vicejefe de Gabinete, José Rolandi, ya que en el oficialismo consideran que “tienen un impacto fiscal importante en términos del Presupuesto nacional”.

El artículo 2 establece que, en marzo de cada año, se aplicará a las jubilaciones un aumento del 50% de la variación de la de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) por sobre la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.

En artículo 4, en tanto, fija que quienes perciben un solo beneficio (jubilación o pensión) “tendrán la garantía de un haber mínimo equivalente al costo de la canasta básica total del adulto (CBT) incrementado en un 9%”.

El artículo 10 establece que la ANSES “tendrá la obligación de cancelar las deudas con las cajas previsionales provinciales” y de pagar las sentencias firmes a favor de jubilados con asignaciones específicas de los recursos tributarios de ese organismo.

La aprobación de esta reforma significa un gasto del 0,43%, según especificó un estudio realizado por la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC). Milei había asegurado que utilizaría la facultad del veto, luego de que los diputados aprobaran en junio último el proyecto en la Cámara baja.

“Cada vez que los degenerados fiscales de la política quieran ir a romperlo, les voy a vetar todo”, argumentó en aquel entonces. “Me importa tres carajos”, expresó el mandatario en junio último el marco del Latam Economic Forum.

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