Potasio Río Colorado: la empresa de Manzano autorizó la divulgación de datos confidenciales del contrato

La Compañía Minera Aguilar le envió una carta al gobierno provincial para expedirse sobre un punto importante que señaló la Fiscalía de Estado.

Gobierno Provincial firmó el acuerdo por Potasio Rio Colorado inversores para reactivar la mina Potasio Río Colorado, ubicada en Malargüe.

Foto: Orlando Pelichotti
Gobierno Provincial firmó el acuerdo por Potasio Rio Colorado inversores para reactivar la mina Potasio Río Colorado, ubicada en Malargüe. Foto: Orlando Pelichotti

En los últimos días, la Fiscalía de Estado se expidió sobre el traspaso de acciones de Potasio Río Colorado que realizó el Gobierno provincial al holding encabezado por Minera Aguilar SA (de la empresa Integra Capital que preside José Luis Manzano). El fiscal Fernando Simón pidió que el Ejecutivo defina en el decreto que se espera, se publique en breve con la firma del gobernador Rodolfo Suárez, los alcances de la cláusula de confidencialidad que se hizo en el proceso de selección.

En su dictamen advierte que, por el compromiso entre las partes de no divulgar cuestiones referidas al proceso, esa confidencialidad está en tensión con el derecho a la información pública y hasta con la Convención Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dado que se considera la divulgación de cuestiones de interés público como un derecho humano.

Ante esto, el titular de la compañía, Nicolás Mallo Huego, le envió una carta al ministro de Economía, Enrique Vaquié, para asegurarle que no se oponen al acceso a la información pública y por lo tanto están dispuestos a abrir la cláusula de confidencialidad ante la Legislatura (por dónde deberá pasar el decreto) y con otros organismos que lo requieran, como podría ser Fiscalía de Estado.

Nicolás Mallo Huego
Foto: Orlando Pelichotti
Nicolás Mallo Huego Foto: Orlando Pelichotti

“Con relación a la mencionada cláusula, CMAP manifiesta, reconoce y acepta que la misma no será oponible a la Provincia de Mendoza en tanto pudiera impedir o restringir el derecho de acceso a la información pública conforme es establecido en la Ley 9.003 y en la Ley 9.070 o implicare el incumplimiento de la normativa de rango constitucional, tanto provincial como nacional, relativa a la publicidad de los actos de gobierno y derecho de acceso a la información pública”, destacó el presidente de la empresa en la misiva.

Y agrega: “Asimismo, y no obstante cualquier acuerdo en contrario, CMAP acepta y reconoce que el Poder Ejecutivo provincial tiene el derecho de compartir el contenido del Contrato con la legislatura provincial para la obtención de la condición establecida en la cláusula 4.1(a)1 del Contrato y con otros organismos del Gobierno de la Provincia de Mendoza en tanto fuera requerido o necesario”.

“La finalidad de la confidencialidad contractual, tal como fuera establecida en la cláusula 8.6 del Contrato, atañe a información comercial, industrial o tecnológica de las partes o de PRC S.A.U. cuya protección es necesaria para el desarrollo de la actividad económica de forma competitiva y eficiente”, manifiesta el empresa.

Y completan: “En consecuencia, CMAP reconoce, acepta y declara conocer cuales son las obligaciones legales de la Provincia de Mendoza y sus organismos gubernamentales respecto de la transparencia de sus actos, del tratamiento de la información pública y la garantía de acceso a la misma y autoriza a la Provincia de Mendoza a divulgar la información caracterizada como confidencial en el Contrato al poder legislativo provincial y otros organismos estatales”.

El “Contrato de Traspaso de acciones Potasio Río Colorado SAU” realizado con las empresas Minera Aguilar SA y ARG (Brasil) prevé una inversión de US$ 1000 millones en un plazo de 5 años, con un compromiso de contratación de PyMES y mano de obra local. En tanto, también se espera la construcción de una planta piloto para acelerar la entrada al mercado durante los primeros 18 meses. El Gobierno tiene un plazo de 90 días desde que firmó el contrato el pasado 12 de septiembre para publicar el decreto y que la Legislatura lo ratifique. Por lo cual la autorización de la compañía a abrir los documentos, resulta clave para que la oposición no lo trabe en la Casa de las Leyes.

Las sugerencias de Fiscalía de Estado

Para Fiscalía de Estado la confidencialidad debe tener un plazo previsto, tal como sucedió con el acuerdo suscripto entre el Gobierno y la minera brasileña Vale para el traspaso de los activos de la firma al Estado provincial, en el que se estableció un plazo de cinco años.

Esta Dirección, en dictamen N° 1.209/20 precisó la necesidad de establecer plazos de duración del ‘secreto’ acordado, fundando asimismo debida y razonablemente el que se establezca en este contexto, a los efectos de no tornar ilusorio el principio general sentado por la doctrina y jurisprudencia y previsto enel art. 168 ter de la Ley N° 9.003 (el acceso a la información pública como derecho humano fundamental) y Ley N° 9.070 (en especial enorden a las previsiones contenidas en los arts. 1 y 2 –respecto al objeto y conceptos de información pública y el derecho de acceso a la misma”, sostuvo el fiscal Simón.

Más adelante, la Fiscalía hace la recomendación de argumentar de manera precisa la confidencialidad en el decreto que se remita a Legislatura para la ratificación: “de lo expresado, entiendo que deberá fundarse en debida forma la causal correspondiente en el Decreto Ratificatorio a emitirse recomendando que, podría encuadrarse en el secreto comercial-industrial, intereses comerciales y económicos legítimos y en el desarrollo estratégico de políticas públicas”. Todas estos causales están incluidos en documentación anexa del convenio firmado el 12 de setiembre pasado en Casa de Gobierno.

“Esta Dirección ya se ha manifestado al respecto, en el citado dictamen N° 1.209/20, en el cual se expresó que las previsiones en la materia deben ajustarse a la doctrina de la CIDH y de la CSJN en materia de derecho al acceso a la información pública, respetando los criterios establecidos, así como en las disposiciones del art. 168 ter de la Ley N° 9.003 (que establece el principio general de acceso a la información pública como un derecho humano fundamental) y en la Ley N° 9.070, actualmente vigente en la provincia de Mendoza regulando esta materia específica, los procedimientos para hacerla efectiva y las excepciones legales establecidas al efecto”, continúa el dictamen.

Además, Fiscalía también solicita que Minera Aguilar SA establezca programas de integridad o “compliance”, es decir políticas anticorrupción. “Los programas de compliance son uno de los pilares de la Ley N° 27.401 y tienen por principal objetivo estimular por parte de las personas jurídicas la adopción de mecanismos tendientes a la prevención de delitos”, dice el dictamen.

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