Los Jueces de la Cámara del Crimen de la Capital Federal consideraron, de manera unánime, inconstitucional el proyecto de reforma de la justicia del Gobierno nacional y sostuvieron que “desaguaza” por completo el fuero e hicieron propuestas para mejorar el servicio de la Justicia. Entre ellas, sostuvieron que es más razonable crear nuevos juzgados federales en el Gran Buenos Aires, zona donde están aumentando la cantidad de crímenes comunes que en la Capital.
La decisión fue firmada por los camaristas Alberto Seijas, Mariano González Palazzo, Juan Esteban Cicciaro, Rodolfo Pociello Argerich, Julio Marcelo Lucini, Mauro Antonio Divito, Ricardo Matias Pinto, Mariano A. Scotto, Ignacio Rodríguez Varela, Hernán Martín López, Magdalena Laiño y Pablo Guillermo Lucero.
Según informó Clarín, el escrito enviado al Gobierno y al Congreso señala que el fuero tiene actualmente 75 vacantes y el Gobierno quiere que jueces de instrucción subroguen en los futuros en 34 juzgados federales que se crearían durante un año y medio hasta que se nombre a sus magistrados titulares. Los jueces federales de instrucción de Comodoro Py son actualmente 12.
En suma, “en el supuesto de conservar la Nación los recursos humanos de la Justicia Nacional, en lugar de desguazarlos, desperdigarlos y someterlos a una larga agonía funcional y disponerse a edificar nuevamente (como en 1992, fecha que alude a la reforma del ex presidente Carlos Menem) sobre los cimientos de lo que se ha tenido por errado, podrá aplicarlos a la mejora de la Justicia Federal, cuanto menos para reforzar el juzgamiento de las modalidades delictivas enunciadas”.
A raíz de todo ello es que el Tribunal expresa que la eventual sanción de la reforma por parte del Congreso “afectaría el funcionamiento de los Tribunales de la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, a sus magistradas y magistrados, funcionarias y funcionarios, empleadas y empleados”.
Actualmente, cabe destacar que este fuero se especializa en víctimas de homicidios, lesiones, despojos, violencias familiares, abusos sexuales, fraudes y criminalidad organizada en general, así como la debida atención de los niños en conflicto con la ley penal y el resguardo de las personas detenidas contra los abusos e indebidas penurias a los que pudieran encontrarse expuestos. No en casos de corrupción.
El proyecto del Gobierno nacional busca disminuir el poder de los 12 jueces federales de Comodoro Py, que investigan las causas por corrupción, aumentando su número a 46. Entre otros cambios, “importa además el completo desguace y desmantelamiento de nuestro centenario fuero”.
Además omite “toda referencia a la suerte que han de correr sus magistradas y magistrados, que quedarán por completo privados de funciones una vez que se agote el trámite de las causas pendientes, lo que habrá de ocurrir en un tiempo relativamente breve una vez verificadas las transferencias de las competencias”.
Advirtieron que “el traspaso de las magistradas y los magistrados de la Justicia Nacional podría generar reparos de índole constitucional, en la medida en que podría verse afectado el principio de inamovilidad de los jueces”. Luego objetaron que “la pretensión de privar a nuestro fuero de toda competencia y, consecuentemente, de jurisdicción, con el alcance de una suspensión de hecho o una suerte de puesta en comisión de las juezas y los jueces”.
Además de la constitución, también defendieron sus derechos en “la prohibición de establecer comisiones especiales y la debida vigencia sin condiciones de la garantía del juez natural, sería también vulnerado con la pretensión de que las juezas y los jueces de nuestro fuero, en su rol de subrogantes de juzgados inexistentes, además monopolicen durante un año el conocimiento en las causas nuevas que ingresen al fuero unificado”.
En la decisión también señalaron que la iniciativa carece de datos para un diagnóstico sobre el funcionamiento de la Justicia, como “la cantidad de casos ingresados en cada uno de ellos, resoluciones interlocutorias o definitivas dictadas y situación de las personas procesadas y condenadas”. Esa omisión, resaltó, “seguramente ha llevado a ignorar las características y cualidades del servicio de justicia prestado por el fuero Nacional en lo Criminal y Correccional”.
Luego indicaron que “el fuero -computando también los tribunales orales- registra actualmente setenta y cinco vacantes en sus juzgados y vocalías, por lo que la ocupación de 23 juezas y jueces del fuero en las mayores labores implicadas en la atención simultánea de sus Tribunales y de los nuevos juzgados federales ha de resentir la administración de justicia”.
“Hubiera debido preverse, valorarse y emplearse tales recursos, como insumo único e irrepetible para cualquier reforma de la Justicia Federal en la Ciudad de Buenos Aires, así como la posibilidad de aprovecharlos en auxilio de las necesidades de administración de justicia en el conurbano bonaerense, jurisdicciones ambas en las que en conjunto se cometen la mayoría de los homicidios del país y actúan distintas organizaciones criminales”.
Luego proponen que, en lugar de la reforma oficial, debería estar “consolidando su intervención en los delitos comunes más graves, estableciendo de esa manera -y de manera definitiva- el deslinde adecuado a la garantía de los intereses del Estado Nacional en la Ciudad de Buenos Aires (Art. 129 de la Constitución Nacional), al que no deberían resultarle ajenos los delitos más graves que se cometan en la Capital de la República”.
Otra opción, puntualizaron, “sería reformulando la Justicia Federal Penal en la Ciudad de Buenos Aires, valiéndose de las fortalezas conjuntas, capacidades de administrar justicia y añosa cultura organizacional de la Justicia Nacional, en la que jamás se ha dicho que se vean involucrados los intereses políticos o partidarios que la exposición de motivos del proyecto en análisis señala como rémora a remediar”.
Aunque para los jueces de esta cámara, otra alternativa sería asignar “a la actual Justicia Nacional parte de la competencia federal, con especial énfasis en los delitos que suponen una actuación criminal organizada y aquellos que de manera más grave afecten a la población, independientemente de las conductas relativas a la corrupción de los funcionarios públicos, que suele acaparar todas las discusiones y búsqueda de soluciones”.
“Téngase en cuenta que la transferencia de delitos a la justicia local no resultaría irrazonable ni inconstitucional en tanto no se encuentren vinculados intereses federales, nacionales o interjurisdiccionales que no incidan en forma directa en la autonomía de la ciudad autónoma de Buenos Aires”, añadieron.
De esta manera, “resultaría irrazonable que los jueces locales decidieran sobre cuestiones que afectan y tienen incidencia directa en la actividad económica que se desarrolla en las provincias, y por ello el proyecto de reforma podría establecer esta cuestión de forma tal que estos supuestos sean considerados como materia de competencia del fuero en lo criminal y correccional”.
Finalmente a modo de cierre plasmaron que “además de la posibilidad de ensayar iniciativas con costo inmediato prácticamente nulo (como las que propone esta Cámara), que contrasta con la cantidad de recursos económicos que supone el proyecto, a pesar de la carencia de fundamentos a la que aludimos anteriormente”.