La pandemia aceleró muchos pasajes del mundo analógico al mundo digital, de lo presencial a lo virtual, de la lapicera y el papel al celular. Aunque estas novedades vienen produciéndose de facto, porque el aislamiento anula lo habitual y precipita las soluciones tecnológicas, el Congreso debe encargarse de otorgarles legalidad. Eso es lo que pasó este jueves con las recetas médicas.
El Senado convirtió en ley la denominada receta digital, mediante la cual un médico podrá prescribir medicamentos y una farmacia podrá dispensarlos sin papel sino por medios digitales.
El mismo texto legaliza, además, la teleasistencia en salud, es decir que una consulta médica u odontológica, por ejemplo, realizada por Zoom tendrá la misma validez que la realizada de forma presencial y deberá ser reconocida por las obras sociales y las empresas de medicina prepaga.
Qué dice el proyecto
La caligrafía de los médicos suele ser ilegible. Los farmacéuticos son expertos en descifrar esos jeroglíficos pero aun así generan inconvenientes administrativos que entorpecen el objetivo: que el paciente disponga de sus medicamentos.
Además, es común que la receta tenga errores involuntarios o que, si el paciente la pierde, deba volver a donde se atendió a pedir otra.
La prescripción en papel también puede ser falsificada y realizada por personas que no son profesionales de la salud o que, aunque lo sean, estén con su matrícula vencida.
A su vez, la pandemia, y las medidas de distanciamiento social, no permiten la aglomeración de personas; tampoco en las clínicas ni consultorios privados.
Por todo esto, la receta médica digital fue convertida en ley por unanimidad.
La norma, que ahora debe ser promulgada por el presidente Alberto Fernández para que entre en vigor, autoriza la prescripción médica, odontológica o de otros profesionales de las recetas o estudios a todos los profesionales sanitarios legalmente facultados a prescribir, en los respectivos ámbitos de asistencia sanitaria y atención farmacéutica pública y privada.
Además, determina que los medicamentos prescriptos en receta en formato electrónico o digital deberán ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector salud habilitados.
Asimismo, determina que los responsables de la fiscalización de los sistemas de receta electrónica y plataformas de teleasistencia deben “garantizar la custodia de las bases de datos de asistencia profesional virtual (historias clínicas digitales), prescripción, dispensación y archivo”.
También deben "establecer los criterios de autorización y control de acceso a dichas bases de datos y garantizar el normal funcionamiento y estricto cumplimiento de las normativas vigentes en el área".
Útil para zonas alejadas
El presidente de la comisión de Salud del Senado, el radical jujeño Mario Fiad, destacó durante la sesión el consenso logrado para esta ley y declaró que “no hay duda de los avances en lo que respecta a la salud digital” ya que achican “las brechas de inequidades para poder llegar a zonas alejadas” porque “muchas veces el factor critico de la distancia dificulta ese acceso a la salud”.
Fiad marcó observaciones que “serán salvables”, dijo, en la reglamentación como las que mencionan la entrega de medicamentos en establecimientos habilitados algo que generó preocupación para asociaciones de farmacias.