Pirotecnia, vandalismo y residuos: Capital implementa jurados vecinales para mejorar la convivencia

El intendente Ulpiano Suárez envió el proyecto para aumentar la participación vecinal. En una primera etapa se juzgarán faltas como vandalismo, uso de pirotecnia, entre otras.

Pirotecnia, vandalismo y residuos: Capital implementa jurados vecinales para mejorar la convivencia
Vandalizaron obra realizada por el escultor Orlando Leytes, en homenaje a Dante Alighieri y su libro La Divina Comedia, a menos de dos meses de inaugurada en la Plaza Italia.

La Ciudad de Mendoza avanza hacia la creación del Jurado Vecinal integrado por habitantes de la comuna. Con un mecanismo similar al de los juicios por jurados provinciales, en el municipio se juzgarán faltas contempladas dentro del Código de Convivencia.

En agosto estará en condiciones de ponerse en marcha luego de su sanción, prevista para este mes. Los infractores o infractoras que cometan faltas como degradación o suciedad en el espacio público, uso de pirotecnia, entre otras, serán juzgados por sus pares siempre y cuando se nieguen a pagar las multas. Se apunta a mejorar la convivencia y a la participación ciudadana.

El intendente Ulpiano Suárez sigue línea participativa de Ojos en Alerta, sistema que mediante WhatsApp conecta a vecinos y vecinas con adhesión al programa, directamente con el Centro de Visualización y Monitoreo de la Ciudad de Mendoza. El objetivo es detectar y prevenir acontecimientos como delitos, situaciones sospechosas, accidentes viales, emergencias médicas, botón antipánico, entre otras.

Con una alta participación que supera las 7300 personas, a las que se agregan unas 1400 por Alarmas comunitarias y una devolución muy positiva por parte de los integrantes de acuerdo a lo que comentan desde el municipio a Los Andes, se busca dar un paso más en la participación ciudadana.

Y así es como el jurado vecinal adquiere relevancia luego de varios intercambios. La comuna será la primera en la provincia en implementarlo siguiendo la propuesta San Patricio del Chañar (Neuquén), municipio pionero a nivel nacional. Hay puntos en común con los juicios por jurados populares que ya funcionan en la provincia, aunque en este caso, el alcance es estrictamente municipal siendo el Código de Convivencia el marco normativo.

“Sumar este nuevo ámbito para cuidar la ciudad, para que los responsables de alguna de las faltas contempladas se hagan cargo y den explicaciones a sus propios vecinos por lo hecho, resulta altamente positivo”, indicó Ulpiano Suárez a Los Andes sobre la iniciativa que envió desde la intendencia.

Para el jefe comunal la participación ciudadana “es clave para evolucionar y construir la ciudad en la que queremos vivir”. Además, el propio Código de Convivencia sienta las bases para avanzar en fórmulas de este tipo que mantengan el civismo y mejoren la convivencia.

Las faltas que debutan

Para esta primera etapa de la implementación, se ha determinado que sean 9 los artículos a tener en cuenta. Con el correr de los juicios se agregarán más. Es necesario aclarar que si una persona comete una falta que será debatida en un Jurado Vecinal pero abona la multa, asume la responsabilidad, por lo tanto no será juzgada por sus pares.

Por el contrario, llegarán a esta instancia popular quienes hayan sido notificados de la falta cometida y se encuentre contemplada dentro de un Jurado Vecinal y no hayan abonado la multa. “La persona es responsable hasta que el jurado diga lo contrario”, dicen desde la comuna aclarando que por ese motivo se les notificó de la sanción. Luego se inicia el procedimiento para llegar a esta instancia de ser juzgado por pares.

Vándalos arruinaron las esculturas de Mafalda y sus amigos en calle Arístides Villanueva. Un Jurado Vecinal intervendrá en acciones de este tipo.
Vándalos arruinaron las esculturas de Mafalda y sus amigos en calle Arístides Villanueva. Un Jurado Vecinal intervendrá en acciones de este tipo.

“El mayor incentivo para los vecinos será el de participar para que lo que se juzgue no vuelva a suceder. Quien daña el espacio público o incurra en faltas contenidas en la normativa, tiene que saber que será juzgado por vecinos. Quien las hace las paga”, aseguró Suárez.

Siguiendo el orden numérico de la normativa, la primera falta es la tipificada en el artículo 14. Está prohibida la venta y utilización de pirotecnia en la Ciudad de Mendoza con excepción de la utilizada por organismos estatales.

Los artículos 21, 22 y 23 sancionan degradación en el espacio público con grafito, pintada, mancha, garabato, escrito, inscripción o grafismo, con cualquier o bien rayando la superficie, sobre cualquier elemento del espacio público, así como en el interior o el exterior de equipamientos, infraestructuras o elementos de un servicio público e instalaciones en general, equipamientos, mobiliario urbano, árboles, jardines y vías públicas en general. Salvo los que autorice el propietario o el municipio.

La práctica de juegos en el espacio público está regulada en los artículos 31, 32, 33 y 34 del Código de Convivencia y están incluidos en esta primera etapa.

“La práctica de juegos de patín, bike, skate, deportes extremos o similares en el espacio público está sometida al principio general de respeto a los demás, y, en especial, de su seguridad y tranquilidad, así como al hecho de que no impliquen peligro para los bienes, servicios o instalaciones, tanto públicos como privados. El municipio establecerá espacios alternativos adecuados para la práctica de estos deportes”, dice la normativa.

Prácticas de skate podrán hacerse en lugares habilitados como el Parque O'Higgins de Ciudad.
Prácticas de skate podrán hacerse en lugares habilitados como el Parque O'Higgins de Ciudad.

Finalmente, el artículo 49 regula varios aspectos sobre Normas de conducta. Para esta iniciativa se arrancará por el apartado 3 en relación a la limpieza. Allí están alcanzadas personas que paseen animales domésticos y deberán hacerse cargo de limpiar sus micciones y/o deposiciones de excrementos en la vía pública.

Además están incluidos titulares de todo tipo de actividades que puedan ocasionar suciedad en espacios públicos, cualquiera que sea el lugar en que se desarrolle. Lo mismo ocurre para bares, pub, negocios de comida rápida, locales bailables y otras actividades públicas o privadas en las que se produzca suciedad.

Para el caso de edificios en construcción, o cualquier otro tipo de obra, ya sea pública o privada la obligación de limpiar es la de empresa que materialmente la ejecute.

Desde que se implementó el Código de Convivencia a la fecha, se han emitido 4.841 multas entre las cuales hay 86 por uso de pirotecnia en espacios públicos, 68 por degradación visual y 5 por residuos fuera de los contenedores. Estas tres faltas serán evaluadas por el cuerpo que busca crearse con la iniciativa.

El jurado vecinal arrancará en seis meses

Está previsto que el proyecto se trate durante este mes en el Honorable Concejo Deliberante y una vez publicado en el Boletín Oficial, entrará en vigencia seis meses después, aplicándose a los procesos iniciados con posterioridad a esa fecha.

Este cuerpo vecinal estará bajo la órbita de un coordinador o coordinadora del Jurado Vecinal, en el ámbito de la Secretaría de Gestión Pública de la comuna. Será una persona que actualmente trabaje en el municipio y cumpla algunos requisitos como tener mínimo 25 años y además contar con título de abogada o abogado, entre otros ítems.

El Registro de Jurados se conformará con el padrón electoral correspondiente a la Ciudad de Mendoza. Uno de los requisitos clave será ser argentino o argentina o naturalizado con no menos de 5 años de ejercicio de la ciudadanía y además tener domicilio con residencia permanente en la capital mendocina no inferior a dos años.

Los juicios por jurados vecinales de la Ciudad serán similares, en cuanto al funcionamiento, a los que ya están vigentes en la Provincia de Mendoza.
Los juicios por jurados vecinales de la Ciudad serán similares, en cuanto al funcionamiento, a los que ya están vigentes en la Provincia de Mendoza.

Cada Jurado Vecinal estará integrado por siete miembros titulares y se sortearán tres suplentes a través de la Escribanía Municipal garantizando diversidad etaria, de género y cultural. Una vez recibida la notificación de participar, podrán excusarse o bien, ser recusados. Las personas que integren el cuerpo no podrán intervenir en dos juicios consecutivos ni en más de dos por año.

Al momento de la audiencia, presidida por un vecino o vecina del jurado vecinal que es elegido entre ellos por mayoría simple, y que sucederá en los lugares que el municipio tenga disponibles, la acusación la hará la persona a cargo de área de Asuntos Jurídicos del municipio y será el Representante Municipal. Se ofrecerán pruebas, testigos, peritos, etc. No es obligatoria la asistencia letrada de las partes.

El procedimiento es similar al de cualquier juicio ordinario. Una vez concluido el debate, el jurado vecinal deliberará para dar a conocer el veredicto. Serán necesarios cinco votos sobre el total de siete para determinar la decisión. En caso de no obtenerse la mayoría, se estanca el juicio y deberá iniciarse un nuevo procedimiento.

Si el Jurado Vecinal determina que la persona no es responsable, no deberá pagar la multa. En caso de ocurrir lo contrario, se emitirá el acto administrativo aplicando la sanción correspondiente (no se trata de penas de cárcel) y seguirá los pasos de la Ley 9003 de Procedimiento Administrativo.

“Entendemos que el Jurado Vecinal es un mensaje en sí mismo. Estoy convencido que somos más los que queremos una ciudad ordenada, limpia, donde la convivencia y el respeto sea la norma, y no una ciudad donde cada cual rompe las reglas sin consecuencias. El Jurado Vecinal viene a complementar un trabajo de largo alcance. Es parte de una política de estado”, resaltó el intendente.

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