Multaron a gremios y organizaciones políticas por cortar la calle en Capital: cuánto deberán pagar

Quienes infringieron el Código de Convivencia fueron el Polo Obrero, SITEA, MST y el Frente Popular Darío Santillán, cuando cortaron la calle San Martín el sábado, en motivo de protestas mientras se celebraban los 200 años de la biblioteca San Martín.

Multaron a gremios y organizaciones políticas por cortar la calle en Capital: cuánto deberán pagar
Protesta de agrupaciones políticas en la Biblioteca San Martín

La Municipalidad de Mendoza aplicó una multa a la organizaciones Polo Obrero, SITEA, MST y el Frente Popular Darío Santillán por cortar el tránsito vehicular en las arterias de la Ciudad. El hecho ocurrió el sábado, alrededor del mediodía, cuando un grupo de manifestantes de las organizaciones cortaron la circulación en calle San Martín, por donde marcharon hasta la altura de la Biblioteca General San Martín, en la Alameda. De hecho, la protesta obligó al Gobierno provincial a suspender los actos, en los que se celebraban los 200 años de la biblioteca.

Además interrumpieron la circulación en todas las calles transversales desde Garibaldi hasta Eusebio Blanco. El accionar de este grupo de personas infringe el artículo 1° de la Ordenanza N°3016/90, Decreto N°863/08 y artículo 19° de la Ordenanza N°3877/14, sobre actos o eventos en la vía pública y Código de Convivencia del municipio. Por esta razón, se dispuso la aplicación de una multa de veinte mil – 20.000 U.T.M, que corresponde a $180.000, con un plazo de 10 días hábiles para descargo.

Ese sábado, la ministra de Cultura, Nora Vicario, habló sobre la suspensión del acto a raíz de las protestas: “Lamentamos los acontecimientos que empañaron la alegría con la que iniciamos la celebración por los 200 años de la Biblioteca General San Martín, en una fecha tan importante para los mendocinos y los argentinos”

“Con una Alameda repleta de vecinos, artistas, libreros, músicos, turistas y Amigos de la Biblioteca, nos vemos en la obligación de suspender las actividades para resguardar su seguridad, ante la irrupción de manifestantes que a la fuerza tomaron el sonido y frenaron el acto”, completó.

Código de Convivencia

El artículo 19º, sobre el Derecho a la manifestación, expresión y participación reza: “Conforme a lo normado en la Ordenanza N°3.016/91 y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 863/08, la autoridad municipal facilitará, con los medios a su alcance, el libre ejercicio de los derechos de la ciudadanía reconocidos en la legislación vigente y en especial, el de manifestación, expresión y participación en el ámbito del municipio, siempre que se realice por medios lícitos y con conocimiento de la autoridad municipal, respetando la organización pactada en referencia a horarios, itinerarios y condiciones específicas”.

También sostiene que “a los fines de la realización de actos, manifestaciones, movilizaciones y expresiones similares a desarrollarse en el ámbito de la Ciudad de Mendoza, se pondrá a disposición el uso de la explanada del edificio municipal que, a tal efecto, se equipará, sin cargo alguno, con tarimas y sonido adecuado”.

Para ello, los interesados deberán presentar la solicitud correspondiente ante el Departamento Ejecutivo Municipal, con cuarenta y ocho horas (48 hs.) de antelación a la realización del acto.

La normativa finaliza indicando que las movilizaciones y/o manifestaciones que tengan origen en un lugar distinto al indicado “deberán realizarse circulando por las veredas, respetando pasos peatonales y señales semafóricas. La infracción a la conducta descripta en este artículo será considerada como gravísima”.

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