Media sanción para prorrogar hasta 2022 la ley de arraigo de puesteros

La iniciativa está vigente desde 1996 pero no se cumple. Es para escriturar a nombre de los puesteros los terrenos que ocupan para criar animales.

Media sanción para prorrogar hasta 2022 la ley de arraigo de puesteros
Pastoralismo en zonas áridas de la Argentina

Dicha propuesta que fue reglamentada en el 1996, contemplaba que el Estado se comprometiera a escriturar las tierras que ocupan los puesteros para crianzas de animales, lo que serviría para que los pobladores se queden en los lugares de origen. La senadora peronista Andrea Blandini pidió que se prorrogue, porque en la actualidad no se cumple con la norma. Fue aprobada por unanimidad por lo que pasó a la Cámara de Diputados en revisión.

En noviembre de 1993 fue sancionada la Ley 6086, comúnmente conocida como “Arraigo de Puesteros”, y reglamentada por el Decreto 594 del 31 de mayo de 1996. Dicha norma en su artículo 39 establece la, “suspensión por 2 años de todo proceso de desalojo, títulos supletorios, cuya finalidad sea la modificación de situaciones de ocupación efectiva, tenencia, o determinación de derechos, sobre los inmuebles de dominio privado del estado o de particulares, incorporados o que se incorporen en el futuro al programa previsto en la presente ley, cualquiera sea su estado, aun cuando se hallen en trámite de ejecución de sentencia.”

Durante su tratamiento en el recinto, Blandini explicó que fue avalado por la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales. “Es lamentable que aprobemos una deuda como políticos. Me enoja pensar que personas con alta vulnerabilidad hayan contactado a una senadora por esta iniciativa. Ni siquiera piden agua. La mayoría son puesteros de los departamentos del Sur provincial. Piden que le escrituremos su tierra para la crianza de sus animales”, remarcó.

Tanto el senador Héctor Bonarrico como su par del bloque radical Juan Carlos Jaliff, adelantaron que acompañarán esta iniciativa.

La autora del proyecto consideró propicio prorrogar nuevamente el plazo de suspensión de esos procesos, sin que se pudiese desde su sanción y hasta el día de la fecha, regularizar la situación dominial de muchos puesteros que poseen en precario la tenencia de las tierras a las que las que la ley refiere.

Por esto solicitó que “a los efectos previstos por el artículo 39 de la Ley 6.086, se amplíe hasta el 31 de diciembre de 2022 la suspensión de los procesos iniciados, cualquiera fuera su estado, incluidos aquellos que se encuentren en ejecución de sentencia”.

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