El Gobierno provincial decidió aplicar la sanción de cesantía a un empleado estatal que faltó durante 19 días seguidos en un mes. La decisión se conoció tras un decreto del Boletín Oficial, que si bien se conoció este martes, fue firmada en noviembre del 2022.
El caso en particular es el de Roy Franco Godoy Araujo, quien se desempeñaba en el área sanitaria de Guaymallén, dependiente del ministerio de Salud de la provincia. Según consta en el decreto 2145, firmado por el gobernador Rodolfo Suárez; y la ministra de Salud, Ana Nadal, el exempleado faltó de forma injustificada desde el 4 hasta el 30 de octubre de 2019.
De esta manera, por lo menos hubo 19 faltas injustificadas, a razón de 5 jornadas de trabajo en la semana.
El sumario administrativo culminó con la sanción de cesantía al agente.
El decreto
Visto el expediente EX-2020-05054014-GDEMZA-MGTYJ en el cual se tramita sumario administrativo al agente ROY FRANCO GODOY ARAUJO por presuntas irregularidades cometidas en el desempeño de sus funciones en el Área Sanitaria Guaymallén; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 2373/20, se instruyó sumario administrativo al agente mencionado;
Que en órdenes 69 y 75 la Instructora Sumarial y la Honorable Junta de Disciplina respectivamente, sugieren aplicar la sanción de Cesantía al agente Godoy Araujo, por haber incurrido en inasistencias injustificadas, desde el 04 de octubre hasta el 30 de octubre de 2019, en violación a lo dispuesto en el Art. 13 inc. a) del Decreto-Ley Nº 560/73 y de acuerdo a lo establecido en el Art. 5 inc. a) de la Ley Nº 9103;
Por ello, en razón de lo dictaminado por la Instructora Sumariante en orden 69 y por la Honorable Junta de Disciplina en orden 75 del expediente EX-2020-05054014—GDEMZA-MGTYJ,
EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º - Aplíquese la sanción de Cesantía al agente ROY FRANCO GODOY ARAUJO, DNI Nº 36.753.479, CUIL Nº 20-36753479-7, por haber transgredido con su conducta lo previsto en el Art. 13 inc. a) del Decreto-Ley Nº 560/73, en razón de lo establecido en el Art. 5 inc. a) de la Ley Nº 9103.
Artículo 2º - Notifíquese el presente decreto a la Dirección General de Recursos Humanos, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, a fin que proceda a tomar conocimiento y realizar la correspondiente actualización de registros.
Artículo 3º - Establézcase que el presente decreto deberá ser notificado a la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública de Mendoza.
Artículo 4º - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ
FARM. ANA MARÍA NADAL