30 de septiembre de 2026 - 08:38

La ley para refinanciar deudas de familias y empresas en Mendoza ya está vigente: qué establece

El régimen prevé exenciones y una reducción de Ingresos Brutos para operaciones con tasas y plazos fijados por la normativa.

El gobierno de Alfredo Cornejo promulgó la denominada Ley de Alivio Financiero para las Familias y Empresas Mendocinas, una norma que busca impulsar la refinanciación de deudas mediante beneficios fiscales para las entidades acreedoras que otorguen nuevas condiciones de pago. La medida estará vigente, en principio, hasta fines de 2026.

La Ley 9730 fue publicada este miércoles 30 de septiembre en el Boletín Oficial y tiene como objetivo alcanzar tanto a personas humanas como jurídicas radicadas en la provincia.

La normativa considera como refinanciación a aquellas operaciones en las que una entidad acreedora modifica las condiciones de una deuda ya existente con el objetivo de reducir la carga financiera del deudor o mejorar las posibilidades de recupero del crédito.

Entre las modificaciones contempladas aparecen los plazos de devolución, las cuotas, las tasas de interés, las garantías y otras cláusulas contractuales. También quedan comprendidas las operaciones mediante las cuales una entidad otorgue financiamiento para cancelar obligaciones que el deudor mantiene con otros acreedores.

En cambio, la ley excluye expresamente de este régimen a la cesión, venta, securitización o transferencia de carteras de deudores a terceros. Además, habilita al Poder Ejecutivo provincial a precisar mediante la reglamentación cuáles serán las condiciones que deberán reunir las deudas alcanzadas y qué otros casos quedarán fuera del beneficio.

Qué beneficios contempla la ley

Uno de los principales puntos de la norma son los incentivos fiscales previstos para las operaciones que cumplan con las condiciones establecidas.

Las refinanciaciones incluidas en el régimen estarán exentas del pago del Impuesto de Sellos. A su vez, los ingresos obtenidos por las entidades que otorguen esos acuerdos podrán tributar una alícuota reducida del 5% en Ingresos Brutos, aunque para acceder a ese beneficio deberán cumplirse dos requisitos.

La refinanciación deberá tener una Tasa Nominal Anual (TNA) que no supere el 40% y establecer un plazo mínimo de devolución de 24 meses.

De esta forma, la Provincia busca utilizar beneficios tributarios sobre las entidades acreedoras para promover acuerdos con condiciones específicas para quienes necesiten reorganizar sus compromisos financieros.

Los controles que realizará ATM

Las entidades que utilicen el régimen deberán informar mensualmente sus operaciones ante la Administración Tributaria Mendoza (ATM).

Para hacerlo tendrán que presentar una declaración jurada con el detalle de las refinanciaciones otorgadas durante cada período. La reglamentación establecerá la información específica que deberá incorporarse en esas presentaciones.

ATM, además, quedará facultada para solicitar documentación complementaria y cruzar los datos declarados por las entidades con la información disponible en la Central de Deudores del Banco Central de la República Argentina.

La legislación también establece sanciones para aquellas entidades que presenten información falsa. En esos casos se aplicarán las penalidades previstas por el Código Fiscal provincial y deberán abonarse los montos correspondientes a Sellos e Ingresos Brutos que hubieran sido omitidos, junto con los accesorios, intereses y multas correspondientes.

Hasta cuándo estará vigente

El régimen tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, aunque el Poder Ejecutivo quedó autorizado para extenderlo por un período adicional de hasta seis meses.

La norma también faculta al Ejecutivo provincial a dictar la reglamentación necesaria para definir las condiciones operativas del sistema. La ley había sido sancionada por la Legislatura de Mendoza el 15 de septiembre y fue publicada oficialmente este miércoles 30.

La ley

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