Emilio Carluccio, el abogado representante de los tripulantes venezolanos e iraníes del avión Jumbo de la empresa Emtrasur, pidió hoy a la Justicia la restitución de la aeronave y el reintegro de los pasaportes a esas personas para que puedan salir del país ya que, sostuvo, “no existe ni remotamente ni jamás existió siquiera un indicio de la comisión de delito alguno”.
La solicitud del abogado Carluccio fue realizada ante el juez federal de Lomas de Zamora, Federico Villena.
En paralelo, el ministerio de Relaciones Exteriores de Irán informó que pidió a la Argentina la suspensión de la prohibición de abandonar el país de los ciudadanos de esa nación que viajaban en el avión retenido aquí desde principios de junio.
Consultada la Cancillería argentina, voceros dijeron que “funcionarios de la Cancillería de Irán consultaron por el estado de situación de la causa al representante argentino en ese país y, en ese sentido, Argentina remarca lo que ya ha expresado: el tema está en la Justicia y es quien dictaminará los pasos a seguir en la causa”.
Carluccio hizo la petición en nombre de Mario Arraga Urdaneta, Víctor Pérez Gómez, Victoria Valdiviezo Marval, José García Contreras, Cornelio Trujillo Candor, Vicente Raga Tenias, José Armando Marcano Estredo, Ricardo Rendón Oropeza, Albert Ginez Pérez, Ángel Marín Ovalles, Nelson Coello, Zeus Rojas Velásquez, Jesús Landaeta Oraa, Mohammad Khosraviaragh, Gholamreza Ghasemi, Mahdi Mouseli, Saied Vali Zadeh y Abdolb Aset Mohamaddi, según la presentación a la que accedió Télam.
El abogado solicitó “el levantamiento de la medida cautelar de prohibición de salida del país oportunamente dispuesta en autos respecto de la totalidad de mis asistidos”, quienes son investigados para determinar si están relacionados con actos de terrorismo internacional.
En ese sentido, reclamó “la devolución de los pasaportes retenidos y de la aeronave Boieng 747 Matricula YV 3531 secuestrada”.
Carluccio sostuvo que “una medida restrictiva de la libertad tiene que estar sustentada principalmente en la razonabilidad y en la proporcionalidad de la misma”.
Precisó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos indicó sobre las medidas cautelares que restringen la libertad personal y el derecho de circulación del procesado que “tienen un carácter excepcional, ya que se encuentran limitadas por el derecho a la presunción de inocencia y los principios de necesidad y proporcionalidad, indispensables en una sociedad democrática’”.
El abogado advirtió que “si las medidas de restricción de derechos por su intensidad y prolongación dejan de lado la presunción de inocencia terminan constituyendo una sanción encubierta y anticipada que resulta inadmisible”.
El letrado dijo que “la medida a la fecha carece absolutamente de aquella razonabilidad declamada, desglosada en necesidad, eficacia y proporcionalidad”.
“No existe ni remotamente ni jamás existió siquiera un indicio de la comisión de delito alguno, lo cual luego de más de un mes de investigación secreta, en que esta defensa se ha tenido que manejar prácticamente a ciegas, ha salido finalmente a la luz, lo cual resulta inobjetable”, aseguró Carluccio.
Abundó que “en los 14 cuerpos que -hasta la fecha- han sido recopilados, y en los que, hay que reconocerlo, se plasma el notable esfuerzo investigativo realizado, no se ha dado con un indicio, una pista, un acto medianamente sospechoso; nada”.
Sostuvo que “partiendo de la nada, se llegó a la nada; si queremos ironizar, diremos que la nave procesal que partió aquel 6 de junio corrió la misma suerte que el Boeing 747 de Emtrasur, es decir, se encuentra hoy día exactamente en el mismo lugar”.
También advirtió que el caso fue “claramente fogoneado por ciertos medios de comunicación en particular, con sensacionalistas titulares e incluso fake news a la orden del día”.
Añadió que hubo numerosas diligencias con las cuales “se han llenado cuerpos y cuerpos recabando información en esta verdadera -es hora de decirlo- expedición de pesca que constituye la presente causa, con todo lo que ello implica, sin que la misma haya dado fruto alguno”.
Sostuvo que la defensa “fue aportando material probatorio -cosa que claramente no le compete atento la carga de la prueba que corresponde al acusador- que demostraba que los investigados son quienes dicen ser, que la aeronave es de quien dice ser, que cada un de los tripulantes cumple una función en el avión, todo ello sustentado en la correspondiente documentación”.