La Corte ordenó reincorporar al Estado provincial a un exfuncionario que había sido despedido en 2018

Nicolás Jesús Zapata era empleado de la delegación sanrafaelina de la Subsecretaría de Energía. El hombre fue echado por no asistir a su trabajo pero interpuso una demanda y el máximo tribunal le dio la razón.

La Corte ordenó reincorporar al Estado provincial a un exfuncionario que había sido despedido en 2018
Los jueces José Valerio, Mario Adaro y Omar Palermo - Foto Marcelo Rolland / Archivo Los Andes

La Corte de Justicia de Mendoza ordenó reincorporar al Gobierno de la provincia a un community manager que había sido despedido por no asistir a su lugar de trabajo. Nicolás Jesús Zapata era empleado de la delegación sanrafaelina de la Subsecretaría de Energía.

El 24 de octubre del 2018 fue despedido ya que, según el decreto N 1.754 publicado en el Boletín Oficial, no se tenía “registro de asistencias ni novedades”.

Es decir, que según los registros de la Subdirección de Recursos Humanos del Ministerio de Economía el joven no asistía a su lugar de trabajo.

En aquel momento, desde el Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía indicaron que todo salió a la luz luego de la llegada de la gestión radical. “Fueron sus propios compañeros los que señalaron que no lo conocían”, dijeron desde Casa de Gobierno.

Frente a esto, Zapata interpuso una “acción procesal administrativa” contra el Gobierno provincial para revocar el decreto a través del cual lo habían cesanteado.

Dos años después, en un fallo dividido, la Corte ordenó la reincorporación del community manager. Los jueces Mario Adaro y Omar Palermo hicieron lugar a la demanda interpuesta por Zapata. Valerio, por otra parte, consideró que había que desestimar la demanda.

En la sentencia de la Sala II de la Corte, los magistrados resolvieron “condenar a la demandada a que, dentro del plazo del art 68 y bajo apercibimiento de lo establecido en el art 69 del C.P.A: a) reincorpore al accionante, Nicolás Jesús Zapata, en el cargo que revistaba al momento de su cesantía, cargo de clase 007″.

Además, ordenaron que se le liquide a Zapata los sueldos no percibidos “desde el 5 de junio de 2018 hasta el momento en que se efectivice su reincorporación”. El fallo también resuelve que “deberán adicionarse los intereses legales”.

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