Luego meses de idas y vueltas, este lunes el juez Marcelo Fernández, integrante de la Sala I de la Cámara de San Martín, resolvió que la causa por la fiesta de cumpleaños que se celebró en Olivos durante la cuarentena quede en manos del juez federal de San Isidro, Lino Mirabelli.
Así, resolvió la disputa por la competencia para abordar la causa entre el letrado y Sandra Arroyo Salgado, la viuda del fiscal Alberto Nisman.
El mes pasado, el expediente pasó a San Isidro luego de que el juez Sebastián Casanello se declarara incompetente y las partes decidieron no apelar.
Al declararse incompetente para seguir interviniendo en el caso, Casanello sostuvo que tanto la denuncia que dio origen al expediente, como los dictámenes del fiscal Ramiro Gonzáles y la actividad probatoria “dan cuenta de que los hechos que son objeto de investigación tuvieron lugar en esa Residencia Presidencial, sita en la localidad de Olivos, Partido de Vicente López, Provincia de Buenos Aires”.
En ese sentido invocó el artículo 37 del código procesal penal que establece que “será competente el tribunal de la circunscripción judicial donde se ha cometido el delito. En caso de delito continuado o permanente, lo será el de la circunscripción judicial en que cesó la continuación o la permanencia. En caso de tentativa, lo será el de la circunscripción judicial donde se cumplió el último acto de ejecución”.
En dicha causa están imputados el Presidente Alberto Fernández, su pareja Faviola Yáñez y otras 8 personas que participaron en calidad de invitados del cumpleaños de la primera dama argentina.
En concreto, se les imputa el crimen de “haber participado del encuentro social que habría tenido lugar el 14 de julio de 2020 en la residencia presidencial de Olivos, en aparente infracción a las normas dispuestas en el marco de la declaración de pandemia de la Organización Mundial de la Salud y la Emergencia Sanitaria declarada por el Decreto N°260/20?”.
Arroyo Salgado descartada
Según informó Infobae, Mirabelli sostuvo que la denuncia que se presentó en el juzgado de Arroyo Salgado es posterior (13 de agosto de 2021) a la que se realizó en Comodoro Py (28 de julio de 2021).
Además, el magistrado estaba de turno cuando se produjo el cambio de jurisdicción. Es por esta razón que el caso debía quedar en sus manos porque era el juez de turno cuando pasó de Comodoro Py a San Isidro, es decir, el 1 de septiembre.
“Los magistrados entre quienes se entabla la contienda se encuentran en similares condiciones frente al conocimiento del sumario, circunstancia que impide sostener que la actuación de uno de ellos simplificaría la marcha del proceso o facilitaría la prontitud en la resolución del caso requerido por la buena administración de justicia”, argumentó el Fiscal General.
Con ese dictamen, el juez Marcelo Fernández resolvió darle la causa a Mirabelli. “Dirimir la presente contienda positiva de competencia, en favor del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N° 2 de San Isidro, debiéndose acumular la causa FSM 11833/2021 a la CFP 4723/2021 para continuar su trámite unificado”.