Tras el escándalo de corrupción que tiene en el centro de la escena al expresidente, Alberto Fernández, el Gobierno Nacional derogó este miércoles el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que obligaba a los ministerios y organismos del Estado a contratar pólizas con Nación Seguros.
La medida implementada por Alberto Fernández permitió un que se armara un enorme esquema de corrupción con el pago de comisiones a intermediarios con relaciones con el ex presidente y también con otros políticos de su gobierno.
La decisión quedó plasmada en el Boletín Oficial a través del Decreto 747/2024, que lleva la firma del presidente Javier Milei; del Jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y del ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger.
“Deróganse los Decretos Nros. 1187/12, 1189/12, 1191/12 y 823/21″, establece el Artículo 1° del flamante documento oficial.
El DNU 823/21 derogado, publicado el 2 de diciembre de 2021 y firmado por Alberto Fernández; Juan Manzur, exjefe de Gabinete; y Martín Guzmán, exministro de Economía, consagraba “la obligación de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 de implementar la contratación de las pólizas de seguros que requieran en el ejercicio de su gestión a través de NACIÓN SEGUROS S.A. en todas las ramas en que esa institución opera”.
En este sentido, la medida de Milei tiene como fundamentos que “mediante el Decreto N° 70/23 se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal y administrativa, entre otras, hasta el 31 de diciembre de 2025 y se dispuso un programa general de desregulación de la economía a través de la eliminación de barreras y restricciones estatales que impiden su normal desarrollo”.
Según informó Clarín, fue Francos quien pidió preparar toda la derogación de este decreto, que seguía vigente pese a la investigación judicial.
Por otro lado, se agregó que “por el artículo 50 del citado Decreto N° 70/23 se estableció que las empresas en las que el Estado Nacional sea parte accionista no gozarán de ninguna prerrogativa de derecho público ni podrá el mismo disponer ventajas en la contratación o en la compra de bienes y servicios, ni priorizar u otorgar beneficios de ningún tipo, alcance o carácter en ninguna relación jurídica en la que intervenga”.
Banco Nación, YPF y Aerolíneas Argentinas
En tanto, esta nueva normativa también dejó sin efecto la obligación del Estado de pagar los sueldos de empleados públicos en el Banco Nación, hacer los viajes oficiales con Aerolíneas Argentinas y comprar nafta en YPF.
Además, se estableció que las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional comprendidas en los incisos a) y b) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, respectivamente deberán elevar un informe a la Jefatura de Gabinete de Ministros y al Ministerio que conduce Sturzenegger.