El Tribunal Oral Federal N° 2, integrado por las juezas Gretel Diamante, Eliana Rattá Rivas y María Carolina Pereyra, decidió por unanimidad no concederle la prisión domiciliaria al exjuez Walter Bento, después de escuchar los argumentos de su defensa, el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Pupilar.
“El Tribunal, por unanimidad resuelve, no hacer lugar a la prisión domiciliaria y excarcelación solicitada por la defensa técnica de Walter Bento”, anunció la presidenta del TOF N°2, la jueza Gretel Diamante, pasado el mediodía. Esto implica que el exmagistrado continuará detenido en la cárcel de Cacheuta, donde se encuentra alojado desde el 8 de noviembre de 2023, bajo la acusación de haber liderado una asociación ilícita que daba beneficios judiciales a cambio de coimas.
Fue una audiencia dedicada exclusivamente para el tratamiento de la solicitud del exmagistrado, basado en el cuidado de Facundo Bento, su hijo con discapacidades. El debate no fue transmitido en vivo (como sucede habitualmente en el juicio) para resguardar la privacidad del joven, que fue llevado por sus hermanos Nahuel y Luciano presencialmente a la sala. Solo se permitió el acceso a la prensa, sin la utilización de cámaras ni celulares.
El abogado Mariano Fragueiro Frías abrió la jornada, defendiendo el recurso presentado y luego reforzó el pedido de domiciliaria para Bento, la defensora María Lorena Ayub, en calidad de representante del Ministerio Pupilar, que a pesar de no ser vinculante, decidió intervenir con un dictamen a favor por la “salud y el estado anímico” de Facundo. Mientras que el Ministerio Público Fiscal ratificó su rechazo y pidió una serie de restricciones, si finalmente las juezas lo habilitan a volver a su casa.
Sin embargo, las juezas negaron el beneficio y solo le concedieron a Bento un permiso para visitarlo por única vez por un plazo de 4 horas. “Autorizar a Walter Bento, en los términos del artículo 11 y 166 de la Ley 24660 a realizar una visita al domicilio familiar donde reside Facundo Bento por el término de 4 horas, mediante el traslado coordinado por el Servicio Penitenciario con estricto cumplimiento de medidas de custodia”, agregaron en la resolución.
Por otro lado, las magistradas instaron a que Nahuel y Luciano Bento se hagan cargo de los cuidados de Facundo, hasta que su madre Marta Boiza, reciba el alta médico tras someterse a una cirugía por una fractura de tibia y peroné en su pierna izquierda en el hospital Lagomaggiore. La recuperación le demandará unos seis meses, según estudios médicos defendidos por los abogados de Bento y también el Ministerio Pupilar, sin embargo prevaleció el planteo que hizo el MPF.
La fiscal María Gloria André aseguró que el entorno familiar de Facundo para su asistencia está garantizado con sus hermanos y además citó fallos en los que el propio juez Bento denegó el beneficio en situaciones similares.
Por su parte, el tribunal convocó a una representante de la obra social del Poder Judicial de la Nación para que explique los alcances de sus prestaciones, en caso de que Boiza requiera apoyo para asistir al joven. En ese tono, las juezas decidieron: “Instar a Nahuel y Luciano Bento a mantener la asistencia que vienen brindando a su hermano Facundo Bento, hasta tanto se otorgue el alta hospitalario de Marta Boiza y se obtenga las prestaciones referidas en el punto 2″.
Ese punto 2 se refiere a las gestiones que deberían iniciarse para que dicha obra social le aporte a Facundo la asistencia de un cuidador o acompañantes terapéuticos, establecieron las juezas: “Instar a Walter Bento por sí o interpósito persona y complementariamente a la representante del Ministerio Pupilar, dependiente del Ministerio Público de la Defensa, Doctora María Lorena Ayub, a los fines de realizar las gestiones pertinentes ante la obra social del Poder Judicial de la Nación para obtener las prestaciones que estuvieran disponibles y acordes a la situación de salud que presenta Facundo Bento”.
La exposición de Bento y la Fiscalía
Walter Bento tuvo lugar para hablar en la audiencia, antes de que se conociera la resolución, y explicó que la obra social del Poder Judicial “nunca” cubrió las necesidades que su hijo Facundo presentaba. Entonces, señaló que el mecanismo de “subsidio” que otorga, solo alcanza a contemplar “4 horas” de trabajo diario para un cuidador.
“Yo he intentado por todas las formas que la obra social pague un cuidador”, señaló y dijo que, los gastos en medicamentos y demás servicios de salud, siempre se abarcaron con los ingresos familiares que hoy no tienen disponibles.
También contó detalles de la complejidad que conllevan los cuidados cotidianos de Facundo para su alimentación, traslado e higiene. Señaló que el joven ingresa en crisis nerviosas que incluyen reacciones violentas y particularmente él logra contenerlo, no así sus hermanos, ni su madre.
Entonces, apelando a la sensibilidad del tribunal, desmarcó a sus otros dos hijos, Nahuel y Luciano: “Jamás le he transferido a mis hijos la responsabilidad de padre, siempre me he hecho cargo yo de los cuidados de Facundo. Él siempre estuvo primero y después el resto de nosotros”.
Por su parte, el abogado Mariano Fragueiro Frías arremetió contra el “riesgo procesal” que expuso el Ministerio Público Fiscal en su dictamen opositor y citó que Bento acudió a tribunales, al momento de su destitución, para “entregarse” a la Justicia directamente.
En tanto, la Fiscalía respondió que el riesgo procesal está confirmado tanto por el TOF N° 2 como por Casación, que revocó en ambas instancias otras solicitudes para acceder a la prisión domiciliaria. También sostuvo que podría “entorpecer” el juicio, con el antecedente de haber puesto obstáculos a la Justicia cuando se lo investigaba.
La fiscal André indicó que el rechazo al beneficio solicitado, “no se trata de un caso de deshumanización, ni insensibilidad”. Entonces agregó: “Todos sabemos que el rol de madre y padre es insustituible, que la dinámica familiar se altera con una detención, pero lo que hemos dicho es que Facundo tiene a sus dos hermanos que pueden hacerse cargo de él durante el tratamiento de Marta Boiza”.
Y sostuvo que “los cuatro trabajaban en el Poder Judicial” hasta hace poco tiempo, refiriéndose a que la defensa sostenía que Nahuel Bento se está “reinsertando” en el mercado laboral, por lo que no podría cumplir el rol de cuidador. En el mismo tono, sostuvo que por ley, la obra social debe brindarle la prestación de un acompañante terapéutico. Finalmente el TOF N° 2 se inclinó por este posicionamiento.
Por último, los abogados de Bento anticiparon tras la audiencia que recurrirán la resolución del tribunal ante la Cámara Federal de Casación. Deberán esperar cinco días hábiles para conocer los argumentos de las juezas y responder con un planteo en segunda instancia. Mientras tanto, el juicio que transcurre con testigos vinculados a los delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de activos por los que se acusa a la familia Bento, se retomará dentro de dos semanas.