El Tribunal de Cuentas aplicó multas millonarias a Daniel Orozco y Janina Ortiz: cuánto deberán pagar

El fallo fue unánime y corresponde al ejercicio 2022 de la Municipalidad de Las Heras. También aplicó fuertes sanciones al ex subsecretario de Políticas Sociales Osvaldo Oyhenart y otros ex funcionarios municipales

El Tribunal de Cuentas aplicó multas millonarias a Daniel Orozco y Janina Ortiz: cuánto deberán pagar
Daniel Orozco y Janina Ortiz se casaron en un Registro Civil de Las Heras El intendente lasherino y la secretaria de Gobierno realizaron el acto formal en la oficina estatal. El casamiento se da en medio de la investigación por supuestas irregularidades en la comuna. Foto: Ignacio Blanco / Los Andes

Daniel Orozco dejó del ser el intendente de Las Heras, Janina Ortiz dejó su cargo como Secretaria de Gobierno, al igual que Osvaldo Oyhenart como subsecretario de Políticas Sociales. Sin embargo, el ejercicio 2022 dejó un festival de sanciones por parte del Tribunal de Cuentas para estos tres funcionarios, y otros más.

Los escándalos judicializados en la causa de las cooperativas encuentran eco en el fallo N° 18.025 del órgano de control que preside Néstor Parés, con fecha del 2 de mayo. Como no ocurre en todos los casos, todos los integrantes del directorio (Parés, Mario Angelini, Ricardo Pettignano, Héctor Caputto y Liliana de Lázzaro) votaron en consonancia.

El despliegue de multas alcanzó a varios nombres conocidos, empezando por el propio ex intendente de la Municipalidad de Las Heras, Daniel Orozco, por un monto de $700.000. Para Janina Ortiz, diputada suspendida y ex Secretaria de Gobierno, deberá pagar $1.600.000.

Carlos Nofal, ex Secretario de Hacienda, $750.000; Osvaldo Oyhenart, ex Subsecretario de Políticas Sociales, $1.500.000; Leandro Tassi, Director de Contaduría, $570.000; Diego Javier Tolín, $80.000 y Patricia Díaz, ex Directora de Tesorería, $480.000 que deberán pagar en 30 días a contar desde su notificación.

Sesión en la Cámara de Diputados de Mendoza donde se decidió suspender a Janina Ortiz de su cargo de Diputada,  por causas penales donde se la investiga por presunta corrupción cuando era funcionaria de Las Heras.
Foto: José Gutierrez / Los Andes
Sesión en la Cámara de Diputados de Mendoza donde se decidió suspender a Janina Ortiz de su cargo de Diputada, por causas penales donde se la investiga por presunta corrupción cuando era funcionaria de Las Heras. Foto: José Gutierrez / Los Andes

Aunque los montos por “cargos solidarios” (dinero erogado sin justificar) son mucho más ostentosos: Janina Ortiz y Osvaldo Oyhenart deberán $59.231.278,64 además de $1.932.142,82. Es decir, más de $61 millones.

La decisión del Tribunal de Cuentas

El fallo de casi 50 hojas tiene, entre los considerandos, la advertencia de irregularidades como podrían ser incompatibilidades de funciones por parte de dos agentes: Rubén Ariel Gómez (quien cumplía funciones en la Municipalidad de Guaymallén) y Braulio Campana (planta permanente en el Hospital Central).

Igualmente, lo más jugoso del fallo sigue en las páginas siguientes. “Partidas pendientes de conciliación bancaria” por $1.354.121,15 y falta de documentación que acredite esos movimientos en la cuenta del Banco Ciudad.

“Los responsables incurrieron en procedimiento administrativo irregular, por cuanto la existencia de partidas no regularizadas evidencia deficiencias de control interno de los movimientos financieros del Organismo”, dice un extracto del fallo en que se aclara que no habrá sanciones porque el arrastre viene de ejercicios anteriores.

Explicaciones poco convincentes

Dos expedientes de la Asociación Civil Abriendo Senderos Las Heras se iniciaron para la compra de indumentaria y fue proveída por dicha asociación.

Las facturas presentadas por el proveedor se encuentran conformadas por el entonces Secretario General de Intendencia y el entonces Director de Desarrollo Organizacional, Héctor Fabián “Oso” Tello y Guillermo Bustos, respectivamente.

Tello está a cargo de Seguridad Ciudadana y Bustos, no es funcionario pero sí empleado de planta. Sobre este último recae una imputación por abuso sexual.

Uno de los expedientes detalla la recepción de casi 340 prendas entre pantalones, chaquetas médicas tanto para hombres como para mujeres, ambos (casaca y pantalón) para la Coordinación de Higiene y Seguridad.

El intendente de Las Heras junto al "Oso" Tello.
El intendente de Las Heras junto al "Oso" Tello.

El otro, indica que se adquirieron también unas 335 prendas entre guardapolvos de maestras, auxiliar de jardines, remeras y chalecos polar antipilling, para la Coordinación de Higiene y Seguridad.

Las partidas no comprobadas fueron por las sumas de $ 695.485,01 en relación al expediente 22026-M-2021 y $385.725,00 en relación al expediente 21916-M-2021. Ni el responsable de la Contaduría Municipal, Leandro Tassi dio una justificación convincente.

“No ha dado justificación alguna a la deficiencia vinculada con su responsabilidad, referida a la inexistencia de un sistema de stock de bienes de consumo lo cual impide hacer un seguimiento del cumplimiento de las entregas por parte de los proveedores e imposibilita relacionar bienes adquiridos y entregados”, dice uno de los párrafos lapidarios del fallo tildando de “Procedimiento Irregular” lo ocurrido. Es decir, no se puede constatar que hayan ingresado y se hayan entregado las prendas.

La auditoría no compartió el criterio de Tello y Bustos en sus descargos. Ambos se desligan de las responsabilidades. Para el Tribunal de Cuentas, en el caso del funcionario imputado por abuso sexual “la firma en la factura significa que todos los actos realizados dentro del organismo, se encuentran ajustados a las normas legales y de procedimientos”.

“A mi oficina llegaba el expediente con el remito, la factura y la nota de conformidad de la recepción de la mercadería para que fuera firmada por mí, lógicamente, yo no constataba presencialmente la recepción de la misma ya que esa tarea estaba a cargo de la oficina de Higiene y Seguridad y también del Encargado de depósito municipal, a cargo de la Secretaría General de Intendencia, ya que la mercadería se recibía allí”, dijo Bustos tirándole la pelota al Oso Tello.

Por su parte, el actual Secretario de Seguridad Ciudadana dijo que “a sus manos llegó la nota de pago con la factura y el remito ya iniciada con número de trámite y ya conformada, dicha nota se elevó a los fines de mi noticia y luego al pago, pero NO para su conformación en el sentido de la ley, porque como ya dije, quien conforma y controla la legalidad de la documentación presentada, es el agente encargado de recibirla”.

Igualmente, en el reparto de culpas, la peor parte se la lleva la entonces Tesorera, Patricia Díaz, ya que abonó las Órdenes de Pago sin la firma del Intendente Municipal. Tello y Bustos zafaron de las sanciones.

“Manos a la obra” y otra mancha más

En el fallo se hace referencia a cuatro expedientes con los que la Municipalidad de Las Heras contrató los servicios de la cooperativa “Manos a la obra”, hoy bajo la mira del Ministerio Público Fiscal y con una cantidad nutrida de ex funcionarios y actuales, imputados.

Los montos de los expedientes fueron $10.260.000, $24.567.200, $11.258.600 y $691.600, lo cual arroja una cuenta total de casi $47 millones. Entre las irregularidades encontradas en las cuatro carpetas, se encuentran: incompatibilidad de funciones, incumplimientos a los requisitos de facturación, ausencia de firmas en Órdenes de Pago, incumplimientos relacionados al Pliego de Condiciones, prestación de servicios no acreditados y evidente sobreprecio pagado en contratación directa.

De todas estas tipologías, el Tribunal de Cuentas posa la lupa en la “Incompatibilidad de funciones” porque advierte que en tres contrataciones “los funcionarios que certificaron el cumplimiento de la prestación del servicio (Subsecretario de Políticas Sociales y Secretaria de Gobierno), lo hicieron en un escenario de incompatibilidad según lo establecido en la normativa vigente”.

Osvaldo Oyhenart
Osvaldo Oyhenart

“El Órgano Licitante deberá designar una Comisión de Recepción de bienes y servicios, la cual estará integrada por lo menos por dos (2) miembros y sus respectivos suplentes, con la única limitación de que la designación no deberá recaer en quienes hubieran intervenido en el procedimiento de selección respectivo….”.

Se entiende entonces que Osvaldo Oyhenart, el Subsecretario de Políticas Sociales efectuó las Notas de Pedido del servicio, e intervino, además, en el proceso de selección del contratante (Informes técnicos) en cada una de las contrataciones, y la Secretaria de Gobierno, Janina Ortiz, suscribió como uno de sus miembros, los Informes de la Comisión de Pre-Adjudicación de los dos procesos licitatorios.

Por “Ausencia de cobertura de seguros de accidentes de trabajo para asociados a la cooperativa”, los apuntados son el entonces Director de Contaduría, Leandro Tassi y el Subdirector de Contaduría, Javier Tolín.

A Daniel Orozco lo responsabilizan por haber firmado el Decreto n°1439/21, aprobando los Pliegos, y luego por Decreto n°1816/21, adjudica la licitación sin que la misma cumpla con los requisitos de Pliegos que el mismo aprobó. En el caso de Ortiz, por ser la funcionaria que suscribe el Decreto, cometiendo las mismas faltas que el ex jefe comunal. Ninguno de los dos presentó descargo.

También hay ausencias de firmas en las órdenes de Pago, por ese motivo Orozco también es sancionado, al igual que el ahora ex Secretario de Hacienda, Carlos Nofal y la Tesorera, Patricia Díaz. Ley 8706, art. 58 inc. e; Ley 1079, art. 132)

Por otra parte, se detecta “Prestación de Servicios no acreditados” porque falta documentación auténtica, legítima y suficiente. Por ejemplo, las planillas carecen de las firmas de los cooperativistas, no se especifican los días laborados y horarios. Se indica sólo la cantidad de jornales en el mes por persona y si estos son sábados y domingos, se cuentan dobles a los efectos de la suma total.

Con respecto a los sobreprecios, quien se descargó fue Mauro Homan, actual Secretario Legal y Técnico de la comuna. Formó parte de la Comisión de Preadjudicación. La Auditoría señala también que, si bien “la participación de este responsable fue previa a la adjudicación, no hay que dejar de lado la importancia que tiene en un proceso de contratación la omisión de un análisis de precios previo a la adjudicación, lo que configura un elemento imprescindible para la adopción de una decisión que importe la inversión de fondos públicos, pues en él se sustenta la razonabilidad de la resolución que la ordena”.

EL FALLO

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