El Senado dio sanción final a la ley que regula la seguridad privada: los principales cambios

La medida tuvo 22 votos afirmativos y 16 negativos. La ministra de Seguridad celebró la aprobación de la ley y de todos los proyectos de seguridad.

El Senado dio sanción final a la ley que regula la seguridad privada: los principales cambios
Personal de seguridad privada. Foto: Gentileza IUSP

La Cámara de Senadores dio sanción final este martes al proyecto de ley que regula la Seguridad Privada en la provincia; y de esta forma terminó el debate de todo el paquete de proyectos vinculados con la seguridad que anunció el 1 de mayo el gobernador Alfredo Cornejo.

La medida tuvo 22 votos afirmativos y 16 negativos; y establece que toda prestación de servicios y actividad de seguridad privada humana, interna y tecnológica en Mendoza “deberá regirse bajo una nueva normativa”.

Las disposiciones establecidas en la letra legal aprobada, “serán de aplicación obligatoria para todas las empresas y organizaciones prestadores de servicios de seguridad privada, incluyendo aquellas que operen como prestadoras locales de sucursales o filiales de agencias habilitadas en otras jurisdicciones. Todo esto con el fin de garantizar la uniformidad en los estándares de seguridad y la protección de los derechos de las personas”.

El senador radical Walther Marcolini, fue el miembro informante del proyecto y durante su intervención, argumentó que la modificación de la Ley 6.441 es “esencial” para adecuarse a la realidad actual, ya que desde su sanción en 1997 el sector ha crecido exponencialmente, con 175 empresas y más de 10.000 vigiladores registrados en Mendoza.

En el proyecto, marcaron que esta expansión “no ha sido acompañada de un adecuado control y supervisión” y que esta nueva ley busca llenar ese vacío normativo, proporcionando un marco legal acorde con las necesidades actuales.

En tanto, Marcolini acotó que la ley que se reformó no contemplaba la seguridad privada tecnológica, un área que hoy “resulta clave”. “La nueva ley no solo regula la seguridad humana, interna y tecnológica, sino que también promueve la profesionalización del sector, estableciendo la educación secundaria obligatoria para los vigiladores y fijando estándares para las empresas”, dijo.

Además, se busca combatir la clandestinidad en la prestación de estos servicios y mejorar la coordinación con el sistema de seguridad pública.

Uno de los pilares de la normativa es la creación del “Registro Provincial de Prestadores de Seguridad Privada Humana, Interna y Tecnológica”, que estará bajo la órbita del Ministerio de Seguridad y Justicia. Este registro tendrá a su cargo la autorización, habilitación y fiscalización de las empresas del sector. Asimismo, coordinará inspecciones conjuntas con organismos como la AFIP, ATM, municipalidades y otros entes, para garantizar el cumplimiento de las normativas vigentes.

Además, la normativa prevé la creación de protocolos y guías para el uso de servicios de seguridad privada, así como la capacitación obligatoria del personal.

Reformas

El proyecto establece tres grandes categorías dentro de los servicios de seguridad privada: humana, interna y tecnológica.

La primera abarca la vigilancia privada, custodia de personas y mercaderías, seguridad en eventos y locales nocturnos, entre otros. La seguridad privada interna regula los servicios prestados por personal contratado directamente por empresas o particulares, mientras que la seguridad tecnológica incluye la instalación y mantenimiento de alarmas y sistemas de videovigilancia.

Uno de los aspectos clave de la nueva ley es la figura de la «responsabilidad solidaria», que establece que cualquier persona o entidad que contrate servicios de seguridad privada no habilitados será responsable solidaria por cualquier incumplimiento de la normativa.

El régimen de sanciones contempla infracciones leves, graves y gravísimas, con penas que van desde multas hasta la inhabilitación temporal o definitiva de las empresas prestadoras. También se considera la reincidencia como un factor agravante.

La normativa también incorpora a los prestadores de seguridad privada al sistema provincial de seguridad pública y deroga la Ley nº 6441, que regulaba anteriormente las empresas de vigilancia privada, modernizando así el marco legal en Mendoza.

Este proyecto “marca un hito en la regulación de la seguridad privada en la provincia, al establecer un marco legal actualizado que responde a las nuevas realidades del sector”.

Con esta sanción, se cierra este capítulo de 10 proyectos relacionados con la Seguridad, teniendo en cuenta que si bien faltaba uno, que es el de la ampliación del Registro Provincial de Huellas Genéticas, se terminó trabajando este tema en el Congreso Nacional.

Todos los proyectos que se aprobaron

1- Seguridad privada humana y tecnológica

La expansión en la oferta de servicios de seguridad privada no ha sido acompañada por una extensión en el alcance del control y supervisión y tampoco de una normativa acorde con estos cambios, sostienen en el proyecto.

En 1997, cuando se sancionó la ley, existían aproximadamente 20 empresas de seguridad privada, con un total de 400 vigiladores. Actualmente, se han habilitado 175 empresas y más de 10 mil personas están registradas para trabajar como vigilantes en este sector.

La ley busca mejorar los controles, incorporar el sector de seguridad privada tecnológica, profesionalizar los servicios y lograr una mejor coordinación y colaboración con la seguridad pública.

2- Sistema provincial de videovigilancia y captación de datos e imágenes

Se amplía el sistema de videovigilancia a la captación de datos y el uso de inteligencia artificial, habilitando reconocimiento facial, reconocimiento de patentes y patrones delictivos.

Además, se legisla la posibilidad de incorporar cámaras privadas, que cumplan con los requisitos técnicos, para ampliar las bases del sistema.

3- Control y registro sobre la comercialización de bienes usados

El mercado ilegal de bienes es el que nutre generalmente a quienes cometen delitos. Celulares, autopartes, entre otros, son vendidos en las redes sociales con facilidad y luego muchas veces terminan a la venta en determinados lugares de forma fraudulenta, manifiestan desde el Gobierno.

Esta ley tiende a regular toda esta situación. Le da un poder amplio a las fuerzas de seguridad para que puedan inspeccionar estos lugares y también para que puedan hacer inteligencia sobre lo que se está ofreciendo en las redes y demás. Además, habilita un sistema optativo para la trazabilidad de bienes.

4- Modificación al Código de Faltas

-Se incorpora como contravención la publicidad de venta ardidosa o falsa. Apunta a disuadir las conductas destinadas a generar engaños que terminen en robos o estafas, como así también a ampliar líneas de investigación sobre las dinámicas delictivas contra el patrimonio vinculadas a las redes sociales y a otros sistemas informáticos.

-Inhabilitación para conductores que conduzcan con más de 1 gramo de alcohol. El fin es evitar que las personas condenadas por conducir con alcoholemia puedan eludir la inhabilitación para conducir al pagar la multa. Se establece que la inhabilitación persistirá independientemente del pago.

5- Modificaciones a la Ley de Tránsito

Establece la posibilidad de calibrar alcoholímetros en Mendoza, sin tener que llevarlo a otra provincia como se prevé en la ley nacional en la actualidad. Además, se incorpora una reincidencia agravada para quien conduce con alcoholemia por fuera de los límites permitidos. También se establece la disposición a favor del Ministerio de Seguridad y Justicia de bienes secuestrados por la vial.

Eje Investigación / Justicia

6- Se establece la audiencia oral para pedir allanamientos y la presencia del juez en casos graves y complejos

Al incorporar la oralidad al trámite de pedidos de allanamientos, se otorga mayor rapidez y menor burocracia. La presencia del juez en allanamientos graves o complejos, colabora con el control del procedimiento y la rápida disposición de nuevas medidas en el lugar.

7- Ampliación de la inserción en la orden del día

Se busca incorporar al sistema los pedidos de paraderos, prohibiciones de ingreso a eventos deportivos, prohibiciones de acercamiento e inhabilitaciones para conducir.

El objetivo es lograr una mejor coordinación con el Ministerio Público Fiscal y la Justicia en relación con las medidas dispuestas con impacto en materia de seguridad.

Eje Juzgamiento / Participación sociedad

8- Ampliación del Juicio por Jurados

Esta iniciativa tiene como objetivo involucrar cada vez más a la sociedad en el sistema judicial, ampliando por primera vez a un delito de agenda como es el robo.

Se le permite la intervención en robos con lesiones graves o gravísimas, muchas veces producto de entraderas, y los homicidios simples, sin uso de armas, por ejemplo, los casos de ajustes de cuentas de pandillas y entre bandas delictivas.

Eje Sistema penitenciario

9- Ley Orgánica del Servicio Penitenciario de Mendoza

Por primera vez, el servicio penitenciario tiene una ley específica, orgánica del servicio. Cuando se creó la ley había sólo cuatro complejos. Hoy tenemos 22 unidades penitenciarias, había 2.600 internos, hoy tenemos 6369 internos. Este crecimiento ha hecho que se vuelva necesario organizar, indican desde Seguridad.

La nueva ley también supone una mejor supervisión y control. Establece, por ejemplo, todo lo que tiene que ver con el control tecnológico que la ley vieja no establecía, implementa una estricta clasificación de las personas privadas de la libertad que es útil a la seguridad de los internos.

Además, se establece dentro de esa refuncionalización orgánica las competencias para vehiculizar que los internos estudien y trabajen, y así evitar que tengan tiempo ocioso.

Eje Control del Liberado

10- Seguimiento, Control y Promoción del Liberado

Busca mejorar el control, monitoreo y seguimiento de liberados a través de la nueva figura del Oficial de Libertad Vigilada y mediante tecnología, para evitar que las personas reincidan en comportamientos delictivos y facilitándoles su reintegración a la sociedad.

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