El oficialismo buscará aprobar antes de fin de año el proyecto minero Cerro Amarillo en la Legislatura, pero no solo con votos propios, sino también con el respaldo de la oposición.
En ese sentido, desde el Frente de Todos no quieren mostrarse abiertamente a favor ni en contra de la iniciativa. Si bien se trata de una propuesta que fue impulsada en el año 2014 por el gobierno de Francisco “Paco” Pérez, ahora ellos ponen el ojo en la vigencia de la declaración de impacto ambiental.
Este jueves se debatirá en una comisión conjunta entre Ambiente y Minería. El primer expositor en defender el proyecto será el Director de Minería, Roberto Zenobi.
La senadora Mercedes Derrache (FdT) es vicepresidenta de la Comisión de Hidrocarburos, Minería y Energía y también forma parte de la de Ambiente. En diálogo con diario Los Andes comentó que en el proyecto “no han hecho cambios con respecto al impacto ambiental y estamos estudiando si se ajusta a la normativa o si es necesario hacer uno nuevo”.
“Quizá con la Ley de Glaciares haya falta un nuevo impacto ambiental. Estamos trabajando”, añadió y sostuvo que están “hilando fino desde lo legal para ver si el impacto de ese año sirve”.
“Hoy al oficialismo le interesa que esto sea una ley con un consenso amplio. No podemos salir a decir que no estamos a favor, si en su momento lo aprobamos. Estamos estudiando el tema a ver sí acompañamos”, deslizó también la senadora.
Desde el peronismo buscan que “no haya fisuras” y por eso tratarán que el proyecto “sea algo consensuado, donde haya seguridad y las organizaciones sociales y ambientalistas que tienen dudas, se queden tranquilos”.
“Tenemos que ser cautos desde la oposición para que estén dadas las condiciones de que todos estemos de acuerdo con este proyecto”, completó la legisladora y no descartó que convoquen a integrantes de asociaciones ambientalistas a participar del debate.
Los cuestionamientos que circulan entre ambientalistas y que parecen inspirar al PJ, apuntan principalmente a la declaración de impacto ambiental, si el proyecto afecta a una zona periglaciar y en tercer término, alertan por la posible utilización de una sustancia tóxica prohibida por la Ley 7722 en la fase de explotación.
La duda surge del artículo 23 del Decreto 820 del año 2006, que establece que la DIA debe ser actualizada de forma bianual. Ese dato es el que hace sospechar que la DIA está vencida.
Desde el Gobierno, el secretario de Ambiente Humberto Mingorance sostuvo que ese artículo no puede ser leído, sin la disposición del artículo 3 de la ley 7722, que señala que “para los proyectos de minería metalífera obtenidos a cualquier método extractivo para las fases de cateos, prospección, exploración, explotación, o industrialización, la DIA debe ser ratificada por ley”.
“La DIA entra en vigencia una vez que ha sido ratificada por la legislatura, tal como lo prescribe la ley 7722. Mientras no haya votación, los tiempos no corren”, dijo Mingorance a Los Andes.
Otra duda es si el proyecto está en zona de ambiente periglaciar. Comentan que la Ley de Glaciares es clara en decir que no se puede verter ninguna clase de residuos ni efluentes ni residuos sólidos, porque son áreas de extrema vulnerabilidad ambiental. Por esto podría convocarse al Ianigla para definir si Cerro Amarillo afecta o no a un ambiente periglaciar.
Para el Gobierno, el proyecto como está, cumple con la Ley de Glaciares, porque las formaciones aparecen a los 3.400 metros sobre el nivel del mar y el proyecto tiene una cota superior de 2.900 metros.
El disparate legal
Otra de las dudas que circulan entre ambientalistas tiene que ver con los químicos usados para extraer cobre; en el proceso de flotación se utiliza xantato de sodio, que es una sustancia que supuestamente prohíbe la Ley 7722 en su aclaración de “otras sustancias tóxicas”.
Esa versión supone que la declaración de inconstitucionalidad dictaminada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sólo se aplica al proyecto minero San Jorge, que fue quien se presentó ante Máximo tribunal del país.
En octubre del año pasado, la Corte nacional definió que la ley 7722 es constitucional, salvo una frase que está en el artículo 1, que hace referencia a la prohibición de sustancias tóxicas. Si bien se nombra al mercurio, cianuro y ácido sulfúrico como prohibidas, la frase inconstitucional es posterior, cuando marca también la prohibición del uso de “otras sustancias tóxicas similares”.
El ministro de la Corte Carlos Rosenkrantz advirtió que la ley, “al prohibir en los procesos mineros metalíferos el empleo de ‘otras sustancias tóxicas similares’, se aparta del principio de legalidad” e indicó que en este aspecto “la ley adolece de una gran indeterminación”.
“La Corte ha expresado que el art. 19 de la Ley Fundamental exige que las normas incluidas dentro de la juridicidad tengan el mayor grado de previsión y previsibilidad posible a fin de que cumplan con el estándar de claridad que es exigible para que los sujetos puedan ajustar sus respectivas conductas”, expresó el magistrado en la sentencia firmada por el resto de los jueces de la Corte Suprema.
Laa declaración de inconstitucionalidad no es selectiva. Una vez declarada es para todos.