El kirchnerismo busca apartar a jueces que expresen posturas contrarias a la perspectiva de género

Se trata de un proyecto de la senadora nacional Anabel Fernández Sagasti, que comenzará a ser tratado esta semana en la Cámara Alta.

El kirchnerismo busca apartar a jueces que expresen posturas contrarias a la perspectiva de género
Sesión en el Senado Foto: Prensa

La senadora nacional del Frente de Todos, Anabel Fernández Sagasti, impulsa un proyecto para modificar diversas leyes respecto de la inhibición, recusación y excusación de jueces en caso de tener una posición contraria a la perspectiva de género. La iniciativa comenzará a ser debatida este martes en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales que conduce el kirchnerista Oscar Parrilli en la Cámara Alta.

La propuesta presentada en marzo de 2021 contó con el acompañamiento de gran parte del bloque oficialista y contiene apenas cuatro artículos que modifican el Código Procesal Penal.

Según informó el sitio El Parlamentario, el primero de ellos introduce un inciso en el artículo 55 de la Ley 23.984, el referido a motivos de inhibición del juez. Allí se indica que “el juez deberá inhibirse de conocer en la causa cuando exista uno de los siguientes motivos”, agregándose como causa de inhibición la siguiente: “Si manifiesta judicial o extrajudicialmente una posición contraria a la perspectiva de géneros, hostilidad hacia las mujeres y población LGBTIQ+, utiliza discursos de odio, o no respeta y hace respetar la ley de identidad de género”. El mismo argumento se repite en el artículo 2°, que incorpora un inciso al artículo 60 del Código Procesal Penal Federal, referido a motivos de recusación.

Asimismo, se modifica el artículo 16 de la Ley 26.485, de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Es el referido a derechos y garantías mínimas de procedimientos judiciales y administrativos. Ese artículo indica que los organismos del Estado deberán garantizar a las mujeres, en cualquier procedimiento judicial o administrativo, además de todos los derechos reconocidos en la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales de Derechos Humanos ratificados por la Nación Argentina, una serie de derechos y garantías.

En el siguiente inciso, agrega: “A ser juzgadas con perspectiva de género y sin discriminación, contando con juzgadores y juzgadoras imparciales, siendo motivo de inhibición y recusación de magistrados y magistradas manifestar judicial o extrajudicialmente una posición contraria a la perspectiva de géneros, hostilidad hacia las mujeres y población LGBTIQ+, utiliza discursos de odio, o no respeta y hace respetar la ley de identidad de género”.

En sus fundamentos, el proyecto de Fernández Sagasti señala que “los y las jueces que adopten una posición parcial contraria a valorar con perspectiva de género los casos sobre los que se informa, en cumplimiento de la doctrina sobre recusación que hemos desarrollado en las secciones anteriores, corresponde que se inhiban o apartarlos de las actuaciones”.

Agrega el texto que “la falta de reconocimiento de la identidad de género de los y las justiciables constituye trato discriminatorio que se traduce en criminalización y acoso por parte de las autoridades”.

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