El INTA reformó sus procedimientos disciplinarios para agilizar sanciones y cesantías

De acuerdo a lo publicado en el Boletín Oficial, el organismo nacional ajustó sus normas “para mejorar la eficiencia y autonomía en la gestión del personal”.

El INTA reformó sus procedimientos disciplinarios para agilizar sanciones y cesantías
El INTA actualiza sus reglas disciplinarias "para mayor eficiencia". Foto: INTA

El Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) realizó cambios en sus procedimientos internos con el objetivo de optimizar el ejercicio de la potestad disciplinaria dentro del organismo. La normativa, que fue publicada en el Boletín Oficial y firmada por el presidente del INTA, Juan Cruz Molina Hafford, modifica las causales de procedencia de las sanciones tanto para el procedimiento abreviado como para la cesantía de los trabajadores.

Con un presupuesto asignado de $151.000 millones para 2024 y aproximadamente 7200 empleados, el INTA decidió reformar sus procedimientos disciplinarios para alinearse con la Ley Marco de Regulación del Empleo Público (LMREP) y la Ley de Bases. Esta medida busca dotar de mayor autonomía y descentralización a las unidades del interior del organismo, considerando su extensa dispersión geográfica.

Juan Cruz Molina Hafford, presidente del INTA, junto a Ariel Fernández, ministro de la SUPCI. Foto: INTA
Juan Cruz Molina Hafford, presidente del INTA, junto a Ariel Fernández, ministro de la SUPCI. Foto: INTA

Los cambios que impulsó el consejo directivo del INTA

El instructivo señala también que permitirá la tramitación de procedimientos disciplinarios abreviados sin la necesidad de instruir un sumario en ciertos casos. Las fuentes oficiales señalaron que estas modificaciones responden a la necesidad de adaptar los procedimientos para hacerlos más eficaces y eficientes, reflejando la actualización de la normativa legal y reglamentaria en el ámbito del servicio público.

Según las nuevas reglas, el incumplimiento reiterado del horario se sancionará con apercibimientos y, en caso de cuatro o más faltas, con suspensiones que pueden variar de dos a 30 días. La autoridad competente determinará la duración de la suspensión en función de la gravedad de la falta y los antecedentes del trabajador.

En cuanto a las inasistencias, un solo episodio injustificado conlleva un apercibimiento, mientras que dos o más inasistencias pueden resultar en suspensiones similares. La normativa también aclara que las suspensiones se aplicarán sin perjuicio del descuento de haberes correspondientes por las horas no trabajadas. Este descuento no dependerá del procedimiento disciplinario y deberá realizarse independientemente del mismo.

Trabajadores del INTA de la Red de Unidades Demostrativas Apícolas. Foto: INTA
Trabajadores del INTA de la Red de Unidades Demostrativas Apícolas. Foto: INTA

Además, de acuerdo a lo recapitulado por TN, el cómputo de las sanciones se hará de manera independiente para cada transgresión, pudiendo aplicarse en un solo acto.

Apercibimientos, suspensiones y sanciones

En ese marco, la normativa especifica que para la aplicación de apercibimientos o suspensiones de hasta cinco días, no será necesario instruir un sumario. Esto se aplica a casos de incumplimientos menores, siempre y cuando no configuren abandono de tareas.

En situaciones más graves, como la acumulación de sanciones por 25 días o más en los últimos 12 meses, se deberá elevar el caso para una instrucción sumarial. Los procedimientos disciplinarios abreviados serán resueltos por las Direcciones de Centros Regionales, Centros de Investigaciones, Direcciones Nacionales Asistentes y Direcciones Generales, según corresponda a la unidad del trabajador involucrado.

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