El Gobierno oficializó la desregulación del servicio de rampa en los aeropuertos: qué dice la resolución

Le quitó el monopolio de sus tareas de asistencia en tierra. Autorizó también a la PSA a prestar funciones de carga y descarga del equipaje.

El Gobierno oficializó la desregulación del servicio de rampa en los aeropuertos: qué dice la resolución
La empresa estatal Intercargo perdió la exclusividad de sus operaciones (Foto web)

Tal como prometió en las últimas horas, el gobierno de Javier Milei oficializó la desregulación del servicio de rampa en los aeropuertos, luego de los graves problemas que provocó Intercargo, la empresa estatal encargada de la asistencia terrestre, en Aeroparque y Ezeiza con unos 2.000 pasajeros retenidos y demorados.

Con la firma del Secretario de Transporte de la Nación, Franco Mogetta, se publicó este viernes en el Boletín Oficial la resolución 49/2024 donde se aprobó en el artículo uno el “Proceso de otorgamiento de las autorizaciones aerocomerciales de servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general”.

El Gobierno planteó que “la ley 17.285 (Código Aeronáutico) establece que los servicios aeroportuarios serán regulados y fiscalizados por la autoridad aeronáutica bajo los principios de garantía de la seguridad, libre competencia y acceso a los mercados”.

“Se deben desregular las tarifas impuestas por el Estado Nacional, dictadas por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), dejando sin efecto los actos administrativos que las imponen y permitiendo que el mercado, en sana competencia, pueda arbitrar libremente los precios”, ya que “el rol del operador aeroportuario y del transportista aéreo resultan esenciales para el éxito y la agilidad del sistema”.

Demoras y cancelaciones en Aeroparque y Ezeiza por una asamblea gremial (Gentileza)
Demoras y cancelaciones en Aeroparque y Ezeiza por una asamblea gremial (Gentileza)

En la decisión de desregular el servicio, que corría con exclusividad para Intercargo, Transporte estableció que “toda autorización para explotar servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general tendrá una duración de 15 (quince) años, desde su emisión y deberá ser renovada automáticamente si se cumpliesen los estándares de seguridad operacional”.

Hasta el momento, y de manera transitoria, la resolución 326 del 23 de septiembre de 2024 de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) contemplaba como posibles prestadores de los Servicios de Atención en Tierra a Aeronaves únicamente a los transportadores aéreos en el formato de autoprestación o prestación a terceros transportistas

Ahora, “cualquier persona física o jurídica podrá prestar los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general”.

Se aclaró que en aquellos aeródromos donde la demanda de prestadores supere la oferta de espacios y recursos aeroportuarios disponibles, “la autoridad de aplicación aprobará el método de asignación de los mismos preservando los criterios de la sana competencia”.

El Gobierno se refirió en un artículo al incumplimiento de las Normas Reglamentarias Técnicas Aeronáuticas. En caso de que no se lleve a cabo la actividad “por parte del explotador de servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general, podrá configurarse como causal de la suspensión temporaria o definitiva de la autorización”.

Los explotadores de servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general, tendrán la posibilidad de “negociar libremente sus permisos y habilitaciones entre sí, respetando las condiciones de seguridad, las regulaciones técnicas aeronáuticas y comunicando a las autoridades competentes cuando dicha negociación importe la creación o extinción de un derecho”.

El Gobierno habilitó a la PSA a encargarse de las tareas de Intercargo (NA)
El Gobierno habilitó a la PSA a encargarse de las tareas de Intercargo (NA)

Por tal motivo, se indicó la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) podrá emitir el Certificado Digital de Explotador de Servicios Aeroportuarios Operacionales y de Rampa a toda persona física o jurídica que lo hubiera solicitado en cumplimiento de los requisitos técnicos.

Tal como dijo ayer la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, la resolución ordena que, “en los supuestos de falta de prestación de los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general, las Fuerzas de Seguridad, previa instrucción del Ministerio de Seguridad, podrán explotar de manera temporal y excepcional dichos servicios”. Es decir, por ejemplo, la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) se encargará de las tareas de carga y descarga del equipaje de las aeronaves detenidas en Aeroparque por parte del personal debidamente habilitado y mientras dure la situación excepcional motivada por la huelga de operadores de plataforma o de Servicios de rampa de la empresa Intercargo.

“La presente resolución será aplicable a todo otro aeropuerto del territorio argentino donde se produzcan situaciones similares”, indicó la normativa, que invitó a las autoridades de Intercargo “a presenciar y supervisar la operación a cargo de la PSA”.

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