El ex intendente Lobos y su ex esposa quedaron presos por delitos de corrupción

El Tribunal Penal Colegiado Número 2 desestimó los pedidos de mantención de libertad y de prisión domiciliaria que presentó la defensa y ordenó la inmediata detención de ambos. En agosto serán juzgados nuevamente por enriquecimiento ilícito.

El ex intendente Lobos y su ex esposa quedaron presos por delitos de corrupción
Luis Lobos y Claudia Sgró fueron condenados a cumplir la pena efectiva de prisión.

El Tribunal Penal Colegiado Número 2 resolvió este viernes desestimar los pedidos de mantención de libertad y de prisión domiciliaria que habían solicitado el ex intendente de Guaymallén Luis Lobos y su ex esposa y ex funcionaria del municipio Claudia Sgró.

En consecuencia, ordenó la inmediata detención de ambos, quien, sentados en dos hileras de banquillos diferentes, escucharon la definición de los jueces en la sala 15 del Polo Judicial de la provincia, junto a sus dos hijos.

De esta manera, quedó en firme la sentencia de 2019 por hechos de corrupción en la gestión, por los cuales habían sido condenados por este mismo tribunal a cumplir penas de prisión: 4 años y medio para Lobos y 3 años y cuatro meses para Sgró.

Tras la resolución, Lobos y Sgró fueron guiados por pasajes internos del Polo Judicial al denominado “circuito”, que es la instancia en la que las personas detenidas completan datos y se les realizan estudios correspondientes al alojamiento en los penales.

Por la hora en que finalizó la audiencia, la primera noche la pasarán en celdas de comisaría. La de la Sexta del Barrio Cano le tocará a Lobos y la Quinta de la Quinta Sección a Sgró. Luego el Servicio Penitenciario resolverá el lugar definitivo. Lobos quedaría preso en el penal de San Felipe y Sgró irá a la cárcel de mujeres de Cacheuta.

En la audiencia y antes de que los jueces se reunieran a definir el caso, se escucharon los argumentos de la fiscal de la causa, Susana Muscianisi, y del abogado defensor de Lobos y Sgró, Fernando Lúquez.

Tras la lectura, Lúquez habló con Los Andes. “Es una resolución dictada por un tribunal que se tiene que respetar, como la han respetado los condenados”, resumió el abogado.

Lúquez, que había pedido que Lobos y Sgró no fueran a prisión porque considera que la condena de 2019 sigue sin estar en firme, señaló que continuará el trámite de un recurso en queja por la condena a prisión ante la Corte nacional.

Confirmó en este sentido que, a nivel provincial “todas las vías están agotadas” para apelar la cuestión de fondo, aunque hará una nueva presentación ante la Sala 2 de Corte de la provincia para cuestionar la privación de la libertad de sus defendidos, bajo el argumentos de que la pena no es de cumplimiento efectivo aún.

Lúquez consideró que, de aquí en adelante, los tiempos de definición de los recursos “van a ser más cortos” por estas sus defendidos en la cárcel y no descartó que en el futuro pueda haber un nuevo pedido de prisión domiciliaria, esta vez por cuestiones de salud. “Lobos tiene hipertensión, diabetes y varias dolencias que no se si pueden ser tratadas en el penal, pero eso está por verse”, indicó el letrado.

CONDENA POR CORRUPCIÓN

Fue el 9 de mayo del 2019 cuando Lobos y Sgró escucharon la sentencia que ahora empezaron a cumplir.

Luis Lobos y Claudia Sgró en la audiencia que determinó que quedarán presos.
Luis Lobos y Claudia Sgró en la audiencia que determinó que quedarán presos.

Los condenó el tribunal conformado por los jueces Aníbal Crivelli, Jorge Del Pópolo y Marcelo Gutiérrez del Barrio, quienes no solamente dictaminaron la sentencia a prisión por fraude a la administración pública, sino que también les aplicaron a ambos la inhabilitación para ejercer cargos públicos de por vida. Ellos mismos fueron quienes los mandaron a prisión este viernes.

La investigación se centró en la contratación irregular de dos personas en la comuna de Guaymallén, Laura Fara y su hijo Pablo Müller, quienes nunca cumplieron tareas en la municipalidad, sino que se desempeñaron en la casa de la madre de Sgró con tareas domésticas, en momentos en los que Lobos estaba a cargo de la intendencia.

Además el fallo reflejó que la pareja se quedaba con parte del salario de estas personas, ya que -según los fiscales- las víctimas nunca supieron que eran empleadas en la comuna.

Según declararon ante la Justicia, les habrían hecho creer que accedían a una “ayuda social” del municipio, pero solamente les daban una parte del salario. Se estima que aquella estafa fue por más de $400.000.

APELACIONES

Tras la condena por administración fraudulenta, Lobos y Sgró apelaron ante la Corte provincial. Eso impidió en ese momento que fueran presos, ya que se trata de penas superiores a los 3 años, que no son excarcelables.

El ex intendente Lobos, en el Polo Judicial, antes de quedar detenido.
El ex intendente Lobos, en el Polo Judicial, antes de quedar detenido.

La Sala 2 del alto tribunal (Mario Adaro, Omar Palermo y José Valerio) se tomó hasta febrero de este año para resolver la presentación y la decisión no fue favorable para el ex intendente y quien fuera su pareja: confirmó la condena.

El próximo paso de la defensa para evitar que Lobos y Sgró cayeran presos fue solicitar un recurso extraordinario para apelar ante la Corte nacional. Esa estrategia fracasó esta semana, ya que la Corte también lo rechazó, con los cual el tribunal original quedó en condiciones de ordenar el cumplimiento efectivo de la condena de 2019.

Se empezaban a cerrar todos los caminos para quienes manejaron el municipio de Guaymallén tras la ida de Alejandro Abraham para asumir una banca de diputado nacional y que desalojaron del poder al justicialismo en esa comuna. La última decisión de la defensa fue acudir en queja a la Corte nacional, pero a esta altura, ya no existía apelación que impidiera el cumplimiento de la pena carcelaria.

Claudia Sgró y sus defensores y allegados estuvo presente en la audiencia tras la cual quedó presa.
Claudia Sgró y sus defensores y allegados estuvo presente en la audiencia tras la cual quedó presa.

El abogado Fernando Lúquez intentó una última jugada que derivó en la audiencia de este viernes, que marcó el destino de Lobos y Sgró detrás de las rejas.

CALVARIO JUDICIAL

Lobos todavía tiene que enfrentar dos causas más, las cuales son, además, las más graves.

Por un lado, ha sido imputado (en esta causa junto a Sgró) por presunto enriquecimiento ilícito, mientras que también enfrenta la acusación de administración fraudulenta por sobreprecios en el alquiler de una planta de asfalto y maquinaria de la empresa Wanka SA.

Las dos causas fueron unificadas y tienen fecha de comienzo del juicio para el 10 de agosto próximo. La sentencia llegaría a fines de ese mes.

El expediente de enriquecimiento ilícito ha sido considerado la “madre de las causas” contra el ex intendente de Guaymallén. Lobos y Sgró arriesgan penas de 2 a 6 años de prisión.

A Lobos se lo acusa de haberse enriquecido a costa de su trabajo como empleado municipal, vínculo que comenzó en 2000, aunque sobre todo la investigación se centra en los años que, tras ser concejal, pasó a convertirse en intendente (2013 a 2015).

Según la acusación de la fiscal Muscianisi, Lobos no pudo demostrar un aumento en su patrimonio de 3,9 millones de pesos (valores de ese momento) entre bienes muebles e inmuebles. De acuerdo con el detalle del expediente, siendo funcionarios, Lobos y Sgró adquirieron una vivienda de 620 metros cubiertos en Guaymallén, un departamento y dos lotes, una camioneta Volkswagen Amarok, un Peugeot 308 y un cuatriciclo Can Am.

DESPOJADOS

En paralelo a esta causa penal surgió la causa civil, en la que la jueza María Paz Gallardo despojó a la pareja de inmuebles que podrían haber sido adquiridos fruto de la corrupción, basándose en la ley de Extinción de Dominio de 2021.

Si bien la defensa apeló el fallo, que se consideró histórico por ser el primero de este tipo, el mismo fue ratificado por la Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil en julio del año pasado.

La Justicia retuvo tres inmuebles de la pareja de todos los bienes que estaban en discusión y la sentencia estableció que los demandados pudieron acreditar “solo parcialmente” el origen lícito de lo que tenían.

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