El drástico cambio que el Gobierno aplicó a los subsidios al transporte público en el AMBA

En base a la demanda, utilizarán los datos de la SUBE para calcular las compensaciones tarifarias a distribuir. Las cargas sociales seguirán siendo contempladas para los pasajeros.

El drástico cambio que el Gobierno aplicó a los subsidios al transporte público en el AMBA
El Gobierno implementó nuevo esquema de subsidios al transporte público en el AMBA basado en la demanda. Foto: Ciudad de Buenos Aires.

El Gobierno nacional implementará un nuevo sistema de distribución de subsidios al transporte público en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), centrado en la demanda del servicio.

La medida, establecida en la Resolución 45/2024 publicada en el Boletín Oficial, asignará los subsidios en función de la cantidad de pasajeros transportados, reemplazando el esquema anterior que se basaba en la oferta del servicio.

Este cambio en la metodología, que también incluye una nueva forma de cálculo para las Tarifas Teóricas de Referencia, afecta a los servicios nacionales de áreas urbanas y suburbanas del AMBA.

Mediante la 45/2024 la Secretaría de Transporte modificó el esquema de liquidación de los subsidios a los colectivos del AMBA.
Mediante la 45/2024 la Secretaría de Transporte modificó el esquema de liquidación de los subsidios a los colectivos del AMBA.

“En la gestión anterior la política era la de dar subsidios a las unidades para que circulen sin pasajeros, debido a que las empresas percibían subsidios por demostrar que gastaban combustible en sus unidades. Además, ese esquema era posible porque no existía casi autonomía tarifaria de las empresas de transporte, eran dependientes en un 92% de los subsidios del Estado”, indicaron desde la secretaría de Transporte.

El Gobierno busca evitar que circulen colectivos vacíos.
El Gobierno busca evitar que circulen colectivos vacíos.

La iniciativa sigue las recomendaciones de la Auditoría General de la Nación de 2017, que sugirió “instruir las medidas necesarias para dotar de celeridad al proceso de redireccionamiento de los subsidios a la demanda del servicio, en lugar de subsidiar la oferta del mismo”.

“En la distribución de los subsidios del SISTAU incrementar la participación de parámetros vinculados al uso del transporte (demanda)”, sugirió y al mismo tiempo consideró necesario “continuar incrementando la utilización de los datos SUBE para el cálculo de las compensaciones tarifarias a distribuir”.

El sistema SUBE será fundamental para calcular las compensaciones, basándose en datos de kilómetros recorridos y ajustando los valores según la estacionalidad de cada mes. Esto implica que los prestadores deberán demostrar una relación directa entre el aumento de kilómetros recorridos y el incremento en la demanda. Si los kilómetros reportados no se traducen en una mayor cantidad de pasajeros, estos serán considerados “ineficientes” y no se contarán para la distribución de subsidios.

Utilizarán los datos que registra la SUBE para determinar las demandas de cada línea.
Utilizarán los datos que registra la SUBE para determinar las demandas de cada línea.

El texto oficial determinó que la distribución por demanda “consiste en el reintegro de las tarifas con descuento por aplicación de integración, atributos sociales y boletos estudiantiles, más la distribución de excedentes en base a ingresos ajustados por ‘tarifa teórica de referencia”.

LAS CARGAS SOCIALES QUE SEGUIRÁN CONTEMPLADAS PARA LOS PASAJEROS

El “boleto integrado” se compensará a las operadoras el monto resultante en virtud del descuento por “viaje integrado”, según a los usos informados por Nación Servicios Sociedad Anónima, respecto de tarifas válidas dentro del cuadro tarifario vigente.

El “atributo social” será complemento tarifario aplicable a los viajes efectuados por los usuarios comprendidos en los grupos de afinidad, o con los atributos sociales, según las normas vigentes.

El “boleto escolar y estudiantil” la compensación tarifaria aplicable a cada uno de los viajes efectuados por los beneficiarios de los Boletos Escolar y Estudiantil.

Se estipuló que las líneas con ingresos insuficientes recibirán una compensación adicional para cubrir los costos mínimos operativos, calculada en función de los costos de personal y combustible. En cuanto a los ingresos que excedan los costos operativos, quedó establecido que se regularán mediante un límite máximo, controlado estadísticamente, para evitar ingresos superiores a lo necesario.

En relación con las tarifas teóricas de referencia, la norma precisó que los valores de las mismas para cada boleto se obtienen de sumar los componentes de costo fijo y variable. En tanto que especificó que una vez que se sacan dichas tarifas para cada agrupamiento y sección, se procede a asociar cada una de ellas con su respectiva tarifa comercial vigente al momento de practicar la liquidación.

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