Los diputados nacionales del Frente Cambia Mendoza, Alfredo Cornejo, Claudia Najul, Jimena Latorre, Luis Petri, Federico Zamarbide y Omar De Marchi rechazaron la decisión del Gobierno Nacional que “sube las retenciones al vino y mosto”. Se trata del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1060/2020, que fija la alícuota del Derecho de Exportación para las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la nomenclatura común del Mercosur.
“Ese esquema genera un desincentivo a la inversión en la fabricación de productos con mayor valor agregado, impactando negativamente en el empleo y en el desarrollo de conocimiento y tecnología en lo que respecta a ciertos insumos elaborados y bienes finales”, advirtió Cornejo. A su vez, insistió en modificar las alícuotas de los derechos de exportación para ciertas posiciones arancelarias de la nomenclatura común del Mercosur y así diversificar “la canasta exportable”.
Asimismo solicitaron al Ejecutivo Nacional que deje sin efecto la medida en relación al vinos y al mosto. También pidieron que la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo que, conforme las facultades que surgen de la Ley 26.122, se valúe el dictado de un dictamen de invalidez del DNU N°1060/2020.
“Sería importante que el Gobierno Nacional revea el decreto por el que grava al vino con un 4,5%, debiendo llevarlo a un 0%, pues se trata de un bien industrial con agregación de valor al igual que, por ejemplo, el aceite de oliva que es una manufactura con origen en la aceituna y está gravada con el 0%. Una estrategia de desarrollo que impulse exportaciones con valor agregado no debería tener ningún tipo de impuestos sobre las mismas”, señalaron los diputados del Frente Cambia Mendoza.
Los legisladores también recuerdan que “en el caso de ciertos bienes finales, por ejemplo, referidos al sector automotriz, se ha establecido un derecho de exportación de 0% para aquellas exportaciones incrementales extra Mercosur tomando como base los últimos 12 meses anteriores a partir de la entrada en vigencia del decreto 789/2020″.