El Gobierno provincial buscará mejorar la generación de fondos y recursos estatales para destinarlos al plano de la Educación, con el envío de dos proyectos de ley a la Legislatura. Uno de ellos tiene que ver con una modificación a la ley de extinción de dominio; y otro con la creación de un fondo permanente de Infraestructura Escolar.
Extinción de Dominio
La modificación del régimen procesal de la acción civil de extinción de dominio es una norma que está integrada dentro del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de la provincia. La modificación tiene como objetivo una mayor eficacia en su implementación. Además, les otorga a los jueces una herramienta para que los bienes, fruto de la corrupción, sean entregados al Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y DGE para beneficio de los niños y niñas que concurren a instituciones estatales.
La ley 9051 es de 2019. La legislación actual, establece que los fondos ingresados a Tesorería General de la Provincia serán destinados a la construcción y reparación de escuelas públicas, por lo que el objetivo de la modificación propuesta es que esos bienes sean entregados de forma directa al Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y DGE, mediante una resolución fundada del magistrado
Con esta nueva disposición se apuesta a reforzar la lucha contra estos ilícitos. Se establece que cuando una persona es acusada durante un juicio civil, tendrá que demostrar el origen legítimo del dinero utilizado para adquirir determinados bienes. Si esto no sucede, esos bienes quedarán en poder del Estado de manera más rápida.
De esta forma, mediante una resolución fundada del magistrado y cumpliendo algunos requisitos, el gobernador Alfredo Cornejo propone la entrega directa del bien, sobre el cual se ha extinguido el dominio, a la DGE, que “en un plazo de 90 días hábiles, deberá informar al Tribunal el destino final de cada uno de los bienes”.
El ministro de Educación, Tadeo García Zalazar, explicó en la Legislatura que el cambio normativo apunta a que “ante el fracaso de los remates, o si el juez considera que es antieconómica la oferta, que directamente el inmueble pase a constituir patrimonio de Dirección General de Escuelas y pueda ser utilizado para un fin educativo o de las infancias ese inmueble”.
La reforma tiene en vista lo ocurrido con los remates de la mansión del exintendente de Guaymallén Luis Lobos, quien está preso por corrupción. Se han realizado ya dos remates de este inmueble en los cuales no hubo ninguna oferta. Se está por realizar el tercero.
La Ley N° 9151 y su aplicación, distinguen a Mendoza del resto del país, ya que era muy difícil recuperar estos bienes, por lo que los imputados y condenados podían seguir usufructuando de ellos hasta que hubiera una sentencia penal firme, proceso que podía llevar podría llevar décadas. Por eso, se busca protegerlos y cuidarlos para que no se deterioren o pierdan su valor económico y puedan ser utilizados para actividades educativas.
Fondo Permanente de Infraestructura Escolar
Esta iniciativa propone la creación del Fondo de Inversión de Infraestructura Educativa. La Constitución, en el artículo 212, inciso 11, marca que la Dirección General de Escuelas puede realizar un fondo con la venta de las herencias vacantes o con el arrendamiento de las tierras que resulten de ese producto de herencias vacantes.
Lo que está haciendo ahora el Gobierno provincial es reglamentar estos artículos, modificando algunas otras normativas que ya existían y utilizando procedimientos más ágiles para los remates, que son los que usa actualmente el Ministerio de Hacienda y la DAABO.
Plantea en definitiva la implementación de un proceso eficaz y ágil de venta de bienes inmuebles y muebles, así como de fondos y activos financieros derivados de herencias vacantes, situación que se produce cuando una persona fallece y no hay herederos.
Según explicó García Zalazar, “a la fecha, hay 40 herencias vacantes que están en condiciones de empezar ese proceso de remate”. Y agregó: “en el caso de que alguno de esos inmuebles no tenga ofertas, puede ser alquilado o arrendado y el monto de esos alquilares también constituir parte de este Fondo de Inversión Educativa, destinado exclusivamente a la construcción y equipamiento de edificios escolares”.
Estos bienes serán exclusivamente utilizados para generar recursos que deben ser destinados a la adquisición de terrenos, construcción, reparación, mantenimiento y equipamiento de edificios escolares. El fin es garantizar una asignación específica y estratégica de las rentas buscando fortalecer la infraestructura educativa en la provincia.
“Incorporamos un artículo que hasta el momento no se había reglamentado, que tiene que ver con las herencias vacantes que no son bienes inmuebles”, aclaró también García Zalazar. De ese modo, muchas herencias vacantes como cajas de seguridad u otro tipo de bienes, también pasarán a constituir este Fondo con el mismo procedimiento.
Según el mecanismo pensado por el Gobierno, esos bienes pueden ir a una subasta pública, y si no, se determina un fin para que puedan aportar al fondo de infraestructura. Según dijo García Zalazar, ese fin puede ser “la compra de nuevos terrenos, porque pasa muchas veces que los terrenos no están en lugares donde haya demanda de escuelas y necesitamos terrenos donde sí hay demanda de matrícula escolar o crecimiento poblacional”.
El gobierno escolar señala que ha procedido a la recuperación de una gran cantidad de bienes inmuebles que se encontraban usurpados de manera ilegal o en estado de abandono. Con este proyecto, se apunta a un procedimiento de venta que sea ágil y que facilite la operación sin dilaciones innecesarias.
Precisamente la obtención de fondos permitirá no solo financiar obras de infraestructura y equipamiento estratégico, sino también hacer frente a posibles emergencias o necesidades inesperadas.
Ambas herramientas enviadas por Cornejo “garantizan una asignación específica y estratégica de recursos para la mejora continua de la Educación en la provincia”, marcaron desde el Poder Ejecutivo.