Corrupción: Diputados retoma hoy el debate de Ficha Limpia, ley que ya rige en Mendoza desde el 2020

En el Congreso nuevamente intentarán avanzar con este proyecto, que no vio la luz en 2019 cuando lo impulsó Cambiemos.

Corrupción: Diputados retoma hoy el debate de Ficha Limpia, ley que ya rige en Mendoza desde el 2020
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La Cámara de Diputados reanudará este martes el análisis del proyecto de ley de “Ficha Limpia” para que personas condenadas no puedan presentarse como candidatos en elecciones ni ejercer cargos públicos.  

El debate se desarrollará en el Salón Delia Parodi desde las 14 en un plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Justicia que recibirá a nueva ronda de expositores.  

Para esta reunión informativa están confirmadas las exposiciones de Alejandro Fargosi, Alfredo Vítolo, Hugo Wortman Jofre, Jorge Enríquez, Guillermo Mizrahi, Diana Cohen Agrest (virtual), Martin Scotto y Fanny Mandelbaum.  

La iniciativa tiene buenas chances de obtener dictamen y ser tratada en el recinto, ya que tiene el impulso de La Libertad Avanza (LLA), el PRO, la UCR, la Coalición Cívica, Hacemos Coalición Federal y hasta de un sector minoritario de Unión por la Patria como el massismo.  

Los integrantes de la exalianza de Cambiemos habían intentado aprobar una ley de ficha limpia en noviembre de 2019, cuando el entonces presidente Mauricio Macri ya había perdido la reelección, pero fracasaron al no reunir quórum en la sesión.  

Hay distintas miradas sobre el alcance que debe tener la ley de ficha limpia, y eso es lo que seguirá discutiéndose en las próximas reuniones informativas.  

El martes de la semana pasada, el presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales, Nicolás Mayoraz (LLA), explicó que el primero de los dos ejes de debate tiene que ver con el “estándar mínimo para ocupar un cargo público”.  

“En ese arco las opciones hipotéticas son desde un simple procesamiento hasta una condena confirmada”, indicó el legislador, y especificó que “los proyectos plantean desde la condena firme, el doble conforme, la sentencia condenatoria en cualquier instancia o la sentencia condenatoria en primera instancia”.  

Según este proyecto, si por ejemplo primase el criterio más restrictivo, en el que alcanzara una condena de primera instancia, la expresidenta Cristina Kirchner quedaría inhabilitada para presentarse en elecciones.  

En tanto, Mayoraz precisó que “el segundo eje tiene que ver con qué delitos incluimos dentro de esta exigencia”.  

“Si incluimos todos; sólo los dolosos; si dentro de los dolosos incluimos los que tienen que ver con las relaciones con el Estado, es decir, si el interés publico ha sido comprometido en la comisión del delito; o si dentro de esos delitos los reducimos a los que tienen que ver con cuestiones especificas, dejando afuera lo otro. O si agregamos delitos aberrantes como trata de personas o delitos contra la integridad sexual”, señaló Mayoraz.  

Durante aquella primera reunión informativa, ciudadanos impulsores de la iniciativa presentaron a los diputados las firmas recolectadas a través de la plataforma Change.org.  

Ficha Limpia en Mendoza

El proyecto de Ficha Limpia obtuvo sanción final en noviembre del 2020 en la Legislatura de Mendoza con una Ley que impide a quienes sean condenados por delitos de corrupción, contra la libertad y la integridad sexual, entre otros, ser candidatos a cargos electivos u ocupar funciones públicas.

La Ley establece además, que los partidos políticos o alianzas electorales deberán exigir a todos sus precandidatos y candidatos, el Certificado de Antecedentes Penales que acompañará la presentación de listas.

De no hacerlo, tendrán 24 horas para su presentación o reemplazo del candidato, bajo riesgo de que la lista no pueda participar de las elecciones.

En líneas generales, se incorporaron más delitos a las limitaciones para poder ser candidato a un cargo electivo, “como el homicidio simple, como todas las agravantes del homicidio, como el homicidio culposo agravado por conducción indebida cuando una persona ha ingerido sustancias, alcohol, o por exceso de velocidad, con abandono de persona, como el homicidio como resultado de riña, o la privación ilegítima de la libertad, la desaparición forzada de personas, la tortura, cuando una persona encargada de un menor de 10 años no lo presenta a sus padres o tutores cuando lo fuera requerido. La explotación por trabajo infantil, la coacción, las amenazas agravadas, el robo seguido de homicidio, la extorsión y el secuestro extorsivo, fraude a la Administración Pública y un capítulo que también se incluye, son los delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional”, enumeró la legisladora María José Sanz.

Además, se sustituyó “la exigencia de que el juicio sea oral y público disponiendo que fuera en juicio penal contemplando de esta forma los juicios abreviados”, explicó.

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