Mendoza tendrá un representante ante el INAI, el organismo denunciado por la cesión de tierras a mapuches

Alfredo Cornejo designó al Director General de Asuntos Gubernamentales, Francisco Mondotte, para actuar como “nexo” con el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas. Persisten dos demandas contra el organismo en la Corte Suprema de Justicia desde el año pasado.

Mendoza tendrá un representante ante el INAI, el organismo denunciado por la cesión de tierras a mapuches
El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) releva la ocupación de tierras de comunidades indígenas Foto: Orlando Pelichotti

Hace más de un año, el gobierno de Rodolfo Suárez decidió acudir ante la Corte Suprema de Justicia para pedir la inconstitucionalidad de las polémicas cesiones de tierras que otorgó el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) a dos comunidades que se proclaman mapuches en el Sur provincial.

La Provincia intentó anular esas resoluciones, que implicaban la cesión de más de 24.000 hectáreas en las zonas de El Sosneado (San Rafael) y Los Molles (Malargüe) por la vía administrativa pero la gestión de Alberto Fernández no dio el brazo a torcer. Desde el gobierno de Suárez aducían, entre otras cosas, que Mendoza no había sido parte de tales relevamientos como requiere la Ley  N° 26.160.

Ahora, con el gobierno de Javier Milei, el titular del INAI es Claudio Avruj (exsecretario de Derechos Humanos de Mauricio Macri) y la Provincia fue convocada a participar de los procesos de “reconocimiento ancestral” de comunidades indígenas en Mendoza.

Así quedó claro en el Decreto N° 1607, publicado en el Boletín Oficial de este martes, que explica entre sus considerandos que fue la Nación quién solicitó que “se informe quién es actualmente el representante del Poder Ejecutivo Provincial para actuar como nexo con el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas -INAI- en el marco de las actividades de ejecución del Programa Nacional Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas”

De esta manera, el gobernador Alfredo Cornejo decidió designar como representante de la Provincia al Director General de Asuntos Gubernamentales del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, Francisco Mondotte, “con la finalidad de articular las acciones necesarias para la ejecución de la Ley N° 26.160″ en el INAI.

Alfredo Cornejo junto a Francisco Mondotte.
Alfredo Cornejo junto a Francisco Mondotte.

Mondotte le explicó a Los Andes que “la ley nacional, vigente desde el año 2006, es la que establece el marco legal para los relevamientos de las comunidades indígenas a los efectos de reconocerles o no la presencia ancestral en las tierras que ocupan”.

Y explicó la irregularidades de la gestión anterior: “Durante los últimos años, el INAI no ha aplicado los mecanismos como corresponde. De hecho la provincia de Mendoza tiene dos causas que han llegado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra las resoluciones del INAI, porque reconoció la presencia ancestral de comunidades de carácter supuestamente mapuches en Malargüe y en San Rafael, sin haber dado la correspondiente participación”.

“Esta participación de la Provincia, la tiene que dar el INAI según el Artículo 3° de la Ley 26.160. Lo que establece es una instancia de coordinación y de participación de la Provincia en los procesos que lleva adelante el Instituto. Lo que ha hecho el gobernador es una formalidad, que es designar el representante de Mendoza para para interactuar con el INAI”, aclaró el funcionario sanrafaelino.

El dirigente radical contó que los recursos interpuestos en la Corte se encuentran “vigentes y siguiendo su curso”, por lo que entiende que “a la corta o a la larga, nuestros argumentos son suficientemente sólidos como para generar una revocatoria a esas resoluciones viciadas”.

Sin embargo, intentará retomar con la nueva administración un diálogo para lograr la marcha atrás por la vía administrativa. “Nosotros aspiramos siempre a que todo lo que se pueda acordar, sea resulto de una manera amistosa y en una mesa de diálogo y no haga falta ningún tipo de intervención de carácter legal”, contó.

“Después, si sucede porque el propio INAI per sé, decide revocar esas resoluciones, o porque en el ámbito judicial hay una determinación de la Corte Suprema, eso no lo sabría decir porque no depende de nosotros”, agregó.

Mondotte contó que actualmente el INAI tiene “más de 30 expedientes de comunidades en Mendoza” y desde el Gobierno provincial tienen “algunas inquietudes o reparos con respecto a su carácter de tales, en tanto comunidad indígena”.

“Otras, al contrario, están no solamente reconocidas por la provincia y por la Nación, sino que han sustanciado todos los expedientes. No solo el reconocimiento de personería, sino también el reconocimiento de la presencia ancestral en esos territorios”, admitió y puso como ejemplo a las comunidades huarpes en el departamento de Lavalle.

“Nosotros lo que aspiramos es que ingresemos en un periodo de colaboración y de diálogo, de una interacción más sana”, completó Mondotte.

Los planteos en la Corte

El planteo de nulidad que presentó la gestión Suárez el año pasado, fueron por las medidas tomadas por el INAI (dictado las Resoluciones nacionales Nº 36, 42 y 47) conforme al artículo 25 de la ley 19.549, y subsidiariamente la inconstitucionalidad por el artículo 322 del Código Procesal Civil Federal, expresaron a Los Andes.

La resolución 36, firmada el 19 de enero de 2023, otorgó 21.370 hectáreas a la comunidad Lof El Sosneado, ubicada en la localidad homónima de San Rafael; mientras que la resolución 42, también del 19 de enero de ese año, otorgó 3.584 metros cuadrados a la comunidad Lof Suyai Levfv, también en Los Molles.

En tanto, el juez federal Eduardo Puigdéndolas detuvo en abril del año pasado la entrega de 4.777 hectáreas en la zona de Los Molles (resolución 47 del INAI), que había fijado el reconocimiento de la “ocupación actual, tradicional y pública de la Comunidad Lof Limay Kurref, perteneciente al Pueblo Mapuche”, por lo que esta resolución deviene en abstracto.

El fallo resultó a favor de la empresa Nieves de Mendoza SA, que había solicitado en marzo pasado la nulidad de la resolución del INAI, al plantear que era “la titular registral ­desde el año 2.000­ del inmueble sobre el que recayó la resolución atacada” y sostuvo que ésta abarca “4.477 hectáreas dentro del inmueble ‘El Álamo’ de dominio de la reclamante”.

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