El gobernador Rodolfo Suárez echó a un radiólogo del Hospital Humberto Notti por haber ejercido maltrato laboral contra otros empleados. Posteriormente, el profesional de la salud fue condenado por la Justicia por violencia de género. No obstante, la sanción de cesantía que pesa sobre él se encuentra en suspenso, ya que cuenta con una “tutela sindical” de la cual todavía no ha sido excluido.
Los hechos vinculados a este caso tienen varios años y adquirieron notoriedad con la publicación en el Boletín Oficial este miércoles del Decreto N° 891, del año 2020. A través de ese expediente, Suárez aplicó la sanción de “cesantía en suspenso” al licenciado en Radiología, Edgar Alberto Carabajal. Aclara que la disposición “se hará efectiva una vez finalizado el proceso judicial de exclusión de tutela sindical, el cual todavía no ha comenzado”.
Al mismo tiempo se instruyó al Asesor de Gobierno, Ricardo Canet, y al equipo de abogados auxiliares de la provincia a que inicien las acciones judiciales para excluir de la tutela sindical al agente sancionado. No obstante, está previsto que el juicio recién comience en abril próximo.
Por otra parte, vale resaltar que el 10 de mayo de 2021 Carabajal fue condenado por la Justicia Civil provincial a pagarle la suma de $300.000 a una mujer que trabajaba en el Servicio de Diagnóstico por Imágenes del Hospital Notti en concepto de reparación por los daños y perjuicios sufridos por violencia de género.
Según consta en el decreto firmado por el gobernador, en 2019 el Director Ejecutivo del Hospital Notti instruyó un sumario administrativo al licenciado Carabajal por el supuesto maltrato laboral ejercido contra empleados del Servicio de Diagnóstico por Imágenes del nosocomio. Detallaba que se trataba de comentarios humillantes, cambios de turnos sin aviso previo, negativa de licencias y trato hostil, entre otros hechos.
La Instructora Sumariante a cargo de la investigación sugirió aplicar la sanción de Cesantía, por considerar que “ha quedado acreditado en todo el desarrollo y etapas cumplidas en el presente sumario, las faltas imputadas al agente, respecto al maltrato laboral que ejercía en contra de algunas personas que prestan o han prestado funciones en el Servicio”.
Por otro lado, la Honorable Junta de Disciplina disintió con la sanción sugerida por la instrucción y aconsejó la aplicación de la sanción de 30 días de suspensión.
Sin embargo, estas opiniones no tienen un carácter vinculante estas opiniones que obliguen a la autoridad, en este caso el gobernador, a estar obligado a ajustarse a ellas.
En este sentido, entre los fundamentos del decreto se resaltó que “surge a las claras la responsabilidad del agente en incurrir en las conductas imputadas en cuanto al maltrato laboral desplegado contra ciertos empleados del Servicio de Diagnóstico por Imágenes”. Por esta razón se decidió aplicar la cesantía.
De todas maneras, esa sanción quedó en suspenso, debido a que Carabajal se encuentra protegido por la “tutela sindical”. A raíz de esto, el año pasado se inició el proceso para que la Justicia Laboral remueva esa tutela, sin embargo a casi 19 meses de determinada la cesantía el juicio aún no comienza.
El 14 de octubre de 2021, la Cuarta Cámara del Trabajo fijó la audiencia inicial para esta causa para el día 6 de abril de 2022 a las 9.30. Aclaró que la misma se realizará por sistema de videoconferencia mediante la aplicación Teams.