Con varios reparos, empresarios mendocinos avalaron la reglamentación de la Reforma Laboral

La FEM, la UCIM y el CEM coincidieron en que se trata de un avance, sobre todo en lo que se refiere al blanqueo de personal, pero marcaron algunas alertas concretas.

Con varios reparos, empresarios mendocinos avalaron la reglamentación de la Reforma Laboral
El gobierno reglamentó la reforma laboral y opinaron los empresarios locales.

El Gobierno nacional reglamentó la Reforma Laboral incluida en la Ley Bases y las organizaciones que nuclean a empresarios mendocinos la destacaron como un “avance”, aunque no las dejó del todo conformes. La Federación Económica de Mendoza (FEM) y la Unión Comercial e Industrial de Mendoza (UCIM) destacaron como positivo el esquema de blanqueo laboral y mostraron preocupación por algunos puntos concretos, como la nueva figura del colaborador o la libre interpretación sobre los bloqueos sindicales que dejó la reglamentación, respectivamente.

En tanto, desde el Consejo Empresario Mendocino (CEM), su titular Martín Clement señaló que “toda iniciativa que otorgue más libertad a las partes para acordar las condiciones de contratación, será beneficiosa para ambas” y agregó que la reglamentación todavía está bajo análisis.

Los empresarios marcaron que la reforma laboral incentiva a disminuir la informalidad. El gerente de la FEM, Juan Manuel Gispert, manifestó en diálogo con Los Andes: “Nos parece interesante cualquier reforma laboral que busque simplificar y aumentar el nivel de registración laboral, porque la verdad que evidentemente el sistema tal como está hoy no funciona. Venimos acostumbrados a tener entre un 40 a un 50% de informalidad laboral, lo cual evidencia que el sistema laboral tal cual como está planteado hoy no contiene la realidad”.

Y agregó: “Esta reforma laboral en cierta medida busca mejorar esa situación, con la posibilidad de muchas empresas que puedan blanquear a trabajadores que tengan mal declarados durante mucho tiempo, condonándoles ciertas deudas. Mejora los desincentivos a la judicialización laboral, porque sacarán parte de las multas por mala registración”.

Por el lado de la UCIM, el presidente Daniel Ariosto, manifestó: “Para nosotros significa un avance, aunque insuficiente. Siempre hemos sostenido que necesitamos reformas a nivel judicial, impositivo, laboral y financiero. Y se está dando con este gobierno un incipiente desarrollo de una reforma laboral”.

En concordancia con Gispert, Ariosto marcó la problemática de la informalidad: “Actualmente la economía informal avanza enormemente, debido a que la gente no puede soportar la cantidad de impuestos que tiene. La informalidad ha crecido más del 50% y todo el peso impositivo está cayendo en aquellos que estamos dentro de los marcos de la formalidad”.

“Entonces nos parece bien que hayan hecho esta suerte de avances conforme la antigüedad y conforme el tamaño de la empresa para que puedan blanquear y para que puedan contratar a la gente. Lo importante, como para los trabajadores independientes también, es que todo se haga dentro del marco de la formalidad”, sostuvo el titular de la UCIM.

La ley establece para aquellos empleadores que regularicen a trabajadores tendrán los siguientes beneficios: extinción de la acción penal (Ley Penal Tributaria); condonación de infracciones, multas y sanciones; baja en el Registro de Sanciones Laborales (REPSAL); condonación de deudas por capital e intereses (sujeta a reglamentación, pero nunca podrá ser inferior al 70% y contemplar beneficios especiales para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas).

Además, los trabajadores que queden regularizados por sus empleadores tendrán derecho a computar hasta 60 meses de aportes previsionales, aunque hayan trabajado más años de manera informal, y esos hasta 5 años no serán considerados para el cálculo del haber inicial de la jubilación.

La figura de los colaboradores

Desde la FEM mostraron preocupación puntualmente sobre la figura nueva del colaborador. Según establece la ley, un trabajador autónomo o monotributista podrá valerse de hasta 3 trabajadores también como monotributistas, acogiéndose a un régimen que reglamentará el PEN, no existiendo relación de dependencia entre el Contratante y estos colaboradores.

“Yo pondría una señal de atención, porque puede ser una gran solución a un problema muy claro, porque es el sector que tal vez con mayor nivel de informalidad tiene como son las microempresas. Aquí se encuentran los almacenes o una boutique de ropa, por ejemplo, que trabajo con un solo empleado”, señaló Gispert.

“La registración del colaborador tiene muchos grises todavía, donde no se sabe si después el Poder Judicial va a hacer alguna interpretación distinta a lo que la legislación trata de hacer. Porque de alguna manera podría uno interpretar por qué un trabajador para una empresa chica tiene distinto tipo de derechos que un trabajador de una empresa grande”, explicó.

Entonces describió como un “riesgo” que empresas grandes intenten hacerse pasar por más pequeñas. “Un empresario que tiene 10 empleados, podría pedirle a un socio que registre a tres como colaboradores y se daría una informalidad pobre”, detalló.

Y completó: “Hay que estar atentos a ese mal uso de la herramienta y atentos a la judicialización probable, cuando se despida un colaborador y sí la Justicia falla en contra o no de la empresa”.

Por el lado de la UCIM marcaron como positiva esta implementación, teniendo en cuenta el alto índice de trabajo en negro que existe en las pequeñas empresas.

El bloqueo que no queda claro

El artículo más controvertido del capítulo laboral de la Ley Bases que es el que regula los bloqueos y tomas de establecimientos productivos como causal de despido justificado fue excluido de la reglamentación debido a la falta de consenso.

La CGT había propuesto suavizar su aplicación, mientras que los empresarios presionaban para que se implementara de forma más estricta. Finalmente, no se estableció un mecanismo o protocolo claro que defina cuándo una protesta se considera un bloqueo o toma. Por lo tanto, cualquier despido relacionado con estas protestas deberá resolverse en la Justicia tras una denuncia del empleador.

El titular de la UCIM, Ariosto, cuestionó que no haya quedado clara la definición sobre los bloqueos sindicales en los puestos de trabajo. “Si determinadas personas llevan adelante una asamblea frente a una planta o empresa y no permiten que quienes estén dentro salgan y los que deseen ingresar lo hagan, si eso no es un bloqueo, le quieren poner otro nombre”, señaló.

También sostuvo que la reforma es “insuficiente” porque hay puntos que “no se han tocado bien y necesitamos que se aclaren, sobre la norma de despidos, contratación y paritarias”.

De todos modos, señaló que el Gobierno “ha dado un paso importante en el inicio de una reforma laboral que se necesitaba” y espera que se repliquen también cambios en legislación impositiva y judicial para el sector.

Por su parte, desde la FEM destacaron que “independientemente del sistema de registración laboral que haga en Argentina, lo que más determina el empleo y la generación de empleo es la actividad económica”.

“No se debe aislar la discusión del registro de empleo en Argentina y los costos que implica, con el nivel de productividad que tiene la economía. Es difícil esperar que por más reforma laboral que se haga, si no hay una mejora de la actividad económica, mejore el empleo”, completó Gispert.

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