La bomba estalló este miércoles, temprano, cuando se publicó en el Boletín Oficial una resolución firmada únicamente por diputados y senadores del Frente de Todos (FDT), activando una serie de artículos del Código Procesal Penal Federal (CPPF) que, según sostiene la oposición, suponen un nuevo avance en el plan de impunidad para corruptos que lleva a cabo del oficialismo.
¿Qué pasó? A continuación, una explicación en detalle y cronológica para entenderlo.
• El CPPF se sancionó en 2014 y establece un nuevo sistema de enjuiciamiento: el tránsito de la Justicia Federal, que dejará el sistema actual, denominado inquisitivo, en que los jueces tienen un mayor peso en las decisiones, al llamado sistema acusatorio, que le asigna más poder de decisión a los fiscales.
• En 2015, semanas después de asumir, Mauricio Macri suspendió la aplicación del CPPF pero, con modificaciones realizadas por el Congreso a fines de 2018, se reanudó su implementación de manera progresiva. El CPPF, con el sistema acusatorio, ya rige en Salta y Jujuy y está previsto que se continúe con Mendoza y Rosario hasta llegar a todo el país. La implementación viene lenta.
• El organismo encargado de poner en vigor tanto el sistema acusatorio por distritos como los artículos del CPPF es la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal, creada por la ley 27.482 en 2015.
• Esa comisión, presidida por la senadora peronista por Mendoza Anabel Fernández Sagasti, resolvió la puesta en vigencia de una serie de artículos del CPPF que en la oposición entienden que apuntan directamente a beneficiar a exfuncionarios kirchneristas condenados en causas de corrupción, como el exvicepresidente Amado Boudou; el exministro de Planificación, Julio de Vido, y el exsecretario de Transporte Ricardo Jaime.
• La resolución se pudo hacer efectiva porque el oficialismo tiene mayoría en esa bicameral: 9 de 16 legisladores. Además de Fernández Sagasti, estamparon su firma los senadores María de los Ángeles Sacnun (Santa Fe), Roberto Mirabella (Santa Fe), Inés Pilatti Vergara (Chaco) y Mariano Recalde (Capital Federal) y los diputados Lucas Godoy (Salta), Ramiro Gutiérrez (Buenos Aires), Martín Soria (Río Negro) y Marisa Uceda (Mendoza). Todos, del FDT.
Qué dicen los artículos
La resolución de la bicameral permite que se revisen las condenas firmes y establece que los condenados cumplen la condena una vez agotadas todas las instancias judiciales, ya que pretenden “evitar que se generen situaciones de desigualdad ante la ley para los justiciables”, lo que a criterio de Juntos por el Cambio (JPC) podría beneficiar a exfuncionarios detenidos.
La bicameral resolvió “implementar los artículos 366, 367, 368, 369, 370 y 375 del Código Procesal Penal Federal para todos los tribunales con competencia en materia penal de todas las jurisdicciones federales del territorio nacional y en todos los tribunales de la Justicia Nacional Penal mientras resulte de aplicación por parte de estos tribunales el Código Procesal Penal Federal”.
Es decir, no sólo en Salta y Jujuy, sino en todo el país. Y estos artículos comenzarán a tener vigencia a partir de la semana que viene.
Entre los artículos que se implementarán a partir de esta resolución sobresale el 366 inciso f, que “habilita la revisión de una sentencia firme en favor del condenado toda vez que se dicte en el caso concreto una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) o una decisión de un órgano de aplicación de un tratado en una comunicación individual”.
Qué dice la oposición
“Acá viene el problema: ¿qué pasa si yo mañana estoy condenado y me dicen: momentito, porque falta sentencia de la CIDH, que demora 20 años en resolver un caso? Pasa que no voy preso nunca”, dijo a Los Andes el diputado porteño Jorge Enríquez (PRO), quien al igual que los otros seis opositores que integran la bicameral, no firmó la resolución.
Enríquez advirtió que “la Corte Suprema podría dejar de ser el máximo tribunal de Justicia de nuestro país” y anticipó que JPC presentará un proyecto de ley para derogar el artículo 366 inciso f del CPPF.
“La Constitución nuestra es clarita como el agua: en su artículo 108 dice que el Poder Judicial de la Nación será ejercido por una Corte Suprema de Justicia, y por los demás tribunales inferiores que el Congreso estableciere en el territorio de la Nación. Y en su artículo 27 dice que el Gobierno nacional puede suscribir tratados con distintas potencias u organismos multilaterales, pero que estén en conformidad con los principios de derecho público establecidos en esta Constitución”, argumentó.
Y agregó: “Esto es para que los corruptos, que se robaron el país, no vayan presos. Es seguir el plan de impunidad que trazó Cristina Kirchner, que es la presidenta real de la Argentina”.
Por su parte, Ricardo Gil Lavedra, exjuez y exdiputado nacional de la UCR, dijo en diálogo con Radio Mitre que los artículos puestos en vigencia por la bicameral “apuntan al recurso de revisión, que es cuando ya hay sentencia firme pero aparecen pruebas nuevas, se dicta una ley más favorable o surgen otros supuestos, que habilitan a revisar una condena ya firme”; que “este recurso de revisión existe en la Argentina desde 1888”, y que la novedad es que entre esos supuestos ahora “se ha incorporado una decisión de la CIDH a favor del imputado”.
Pero a criterio de Gil Lavedra, este aspecto “sinceramente no es criticable”, porque “el punto más polémico es otro artículo: el que dice que la sentencia condenatoria recién se puede ejecutar cuando la decisión está firme”.
“Esto figura en el CPPF de 2014. ¿Y por qué suscita cierta polémica? Porque hay una doctrina de la Corte, de hace más de 10 años, según la cual una sentencia no tiene firmeza mientras haya cualquier recurso presentado ante ella, aunque fuera una queja, aunque la pena se puede ejecutar”, aseveró.
El exlegislador radical señaló que “con la vigencia de esta norma, esa interpretación de la Corte, de que se puede ejecutar, está puesta seriamente en duda”.
Para Gil Lavedra, “si la Corte no revé la doctrina de que la sentencia no es firme hasta que decida una queja, nadie va a ir preso hasta que la Corte no resuelva una queja”.
Qué dice el oficialismo
El encargado de salir a responder por la resolución de la bicameral, tras el revuelo que causó en los medios, fue el peronista rionegrino Martín Soria, integrante de la comisión, quien sostuvo que “se intentó tergiversar la realidad”.
“La comisión, semanas atrás, resolvió implementar artículos del CPPF, que es una norma aprobada en 2014. No es una norma que estamos intentando [sancionar] desde la semana pasada”, señaló en diálogo con El Destape Radio.
Sostuvo que la bicameral “no ha implementado ningún cambio al CPPF, sino que solamente se ha puesto en vigencia en todo el país y para todos los ciudadanos una norma que ya había sido aprobada por el macrismo”.
“Esto no hace más que poner blanco sobre negro una vieja discusión acerca de cuándo debería ser considerada firme una condena. La ley lo que dice es avalado por la mayoría de la jurisprudencia nacional e internacional, así como los tratados suscriptos por la Argentina, es que no hay una condena firma hasta que la Corte no haya rechazado todos los recursos contra esa condena que haya interpuesto la persona condenada. Es algo que también está en la Constitución: el principio de inocencia”, aseveró Soria.