Este martes la Cámara Federal de Casación Penal declaró la nulidad de todo lo instruido por el fallecido juez federal Claudio Bonadio en la causa que se investigaba a Néstor y Cristina Kirchner por el uso irregular del avión presidencial.
Fuentes judiciales informaron además que Sala II del máximo tribunal penal ordenó apartar a los jueces de la Sala I de la Cámara Federal porteña, Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, que fue la que intervino en el expediente como tribunal de apelaciones.
Esta decisión fue adoptada por mayoría a través de un acuerdo liderado por el juez de Casación Alejandro Slokar, quien aseguró que los imputados tienen derecho a ser juzgados por un juez imparcial, además de la expresa prohibición legal que impide a quien denunció un hecho intervenir luego como juez, como fue el caso de Bonadio, informó Télam. “Menester es destacar que el derecho a ser juzgado por un juez o tribunal imparcial constituye una garantía esencial del debido proceso legal”, remarcó el magistrado en el fallo.
La causa investiga el presunto uso irregular de la flota de aviones presidencial con el fin de trasladar muebles al sur del país entre los años 2003 y 2015. La misma se encuentra actualmente radicada en el juzgado encabezado por Sebastián Casanello.
Esta causa se originó por una extracción de testimonios ordenada por el juez Bonadio en el marco de la causa “Cuadernos” luego de llamar a declarar a los pilotos de los aviones presidenciales. “Resulta a todas luces evidente que con toda la asertividad posible el juez denunciante prefijó la totalidad de los extremos que constituirían a posteriori las piezas inaugurales de la presente causa, individualizando la prueba relevante e incluso tipificando las conductas con la adecuación legal que ponderó de aplicación, la cual -no sin sorpresa- replicó ulteriormente en el dictado del auto de mérito”, sostuvo Slokar.
Y agregó: “No puede omitirse que el incumplimiento de apartarse por parte del juez denunciante -luego ocurrido por vía de recusación- vio comprometer irremediablemente el deber de imparcialidad, condición indispensable para asegurar un proceso debido, a la par que atributo esencial de la función a fin de procurar la confianza ciudadana en el Poder Judicial”.
El magistrado aseguró que “es en virtud del quebrantamiento a una garantía básica que afecta al orden justo, que debe fulminarse con la sanción de nulidad todo lo actuado por el juez denunciante y a la vez instructor en la causa”.
En tanto que la jueza Ángela Ledesma, quien adhirió a la solución que alcanzó la mayoría, afirmó que “la actuación del magistrado denunciante como juez del caso ha transgredido la garantía de imparcialidad del juzgador, principio estructural básico para dotar de validez al procedimiento penal en un Estado de Derecho”.
Bruglia, Bertuzzi y Llorens, los camaristas apartados, fueron quienes habían confirmado el procesamiento de la expresidenta en el marco de este expediente.
En 2022, Llorens se pronunció a favor de la detención de Cristina Kirchner en el marco de esta causa y propuso notificar al Senado para que avanzara en el juicio político de la vicepresidenta. Sin embargo, esta postura no fue resolutiva al resultar minoritaria.