11 de febrero de 2025 - 08:07

Cárceles de Mendoza: Cornejo plantea un recorte del 20% de los penitenciarios, pero con mejores sueldos

El proyecto ingresó a la Cámara de Diputados y plantea una optimización del sistema, con reorganización y mejora de los salarios.

El Gobierno Provincial presentó un proyecto de ley que apunta a una reforma al Servicio Penitenciario, con una reducción del 20% de su personal, acompañado de un incremento de los salarios y reordenamiento de las jerarquías, funciones y responsabilidad de sus empleados.

La iniciativa ingresó el viernes a la Cámara de Diputados, y se espera que se le otorgue en primer lugar estado parlamentario, para luego ser trabajado por el cuerpo en comisiones.

En las justificaciones del proyecto, se habla de una "optimización" de la estructura organizativa del sistema, con la que se intentará "mejorar el ambiente laboral y motivar al personal", así como también aseguran que permitirá "una mayor eficiencia en el cumplimiento de sus funciones, asegurando una adecuada observancia de los derechos humanos y, al mismo tiempo, contribuyendo de manera efectiva a la seguridad pública".

Para el Poder Ejecutivo, el proyecto "refleja un avance significativo en la gestión del Sistema Penitenciario de la provincia" con una nueva distribución de responsabilidades mayores.

Se destaca de igual forma que esta nueva estructura organizativa del sistema se realizará "sin generar costos adicionales", y marcaron que el rediseño implementado, de hecho, "permite un ahorro financiero, logrando una asignación más eficiente de los recursos".

"Este proyecto no representa una carga presupuestaria adicional para la Provincia, sino que optimiza los recursos humanos y financieros existentes. Además, con menos cargos y mayor claridad en las responsabilidades, se busca fortalecer la motivación del personal y garantizar una gestión basada en la eficiencia y en el respeto de los Derechos Humanos, contribuyendo de manera positiva a la seguridad pública", agregaron.

Esta reducción del 20% de los cargos "no comprometerá la calidad del servicio ni los derechos de las personas privadas de libertad", acotaron, e insistieron en que se podrá llegar a un sistema "más ágil, efectivo y profesional".

Mejores sueldos para el Servicio Penitenciario

Entre las reformas, está la del artículo 183 bis de la ley 7493 (del Servicio Penitenciario Mendoza), que establece el régimen de remuneraciones.

En el mismo, se plantea una nueva escala de adicionales salariales para los penitenciarios "que ostenten el grado de oficial jefe u oficial superior de cualquier escalafón, y al personal penitenciario designado como Encargado General del Servicio, que cumplan en forma normal, habitual y permanente, funciones de conducción", conforme a la escala porcentual sobre la asignación de clase del cargo de jefe de Policía.

Entre las modificaciones, están las siguientes:

  • Dirección General: equivalente al cien por ciento (100%).
  • Subdirección General: equivalente al noventa y tres por ciento (93%) .
  • Direcciones Principales: equivalente al ochenta y cinco por ciento (85%).
  • Direcciones Regionales: equivalente al ochenta por ciento (80%)
  • Direcciones de Complejos Penitenciarios y Dirección del Instituto de Formación Penitenciaria: equivalente al setenta y seis con 35/100 por ciento (76.35%)
  • Subdirecciones de Complejos Penitenciarios, Direcciones de Unidad, Direcciones de Centros de Alojamiento, Dirección Legal y Técnica, Secretaría General: equivalente al 66,40%)
  • Subdirecciones de Unidad, Subdirecciones de Centros de Alojamiento, Jefaturas de Departamento, Dirección Técnica de Farmacia, Capellanía Mayor y Jefaturas de Alcaidías Transitorias: equivalente al 46%.
  • Jefaturas de División y Encargado o Encargada General del Servicio: equivalente 23%.

Estos adicionales, que serán excepcionales "se podrán abonar al personal penitenciario que ostente grado de oficial jefe u oficial superior de cualquier escalafón, y que cumpla funciones orgánicas conductivas o de supervisión en las áreas dependientes del Ministerio de Seguridad"

Por otro lado, el artículo 2 sustituye el artículo 211 de la ley, que trata sobre las asignaciones especiales y convocatorias, cuya reforma establece que el personal convocado "percibirá, además del haber de retiro pertinente, la mitad de la asignación de clase perteneciente al grado que ostentaba al momento del retiro y la totalidad de los adicionales y suplementos de prestación efectiva correspondientes al personal en actividad y/o a la función de conducción que se le asigne".

El proyecto

LAS MAS LEIDAS