El Gobierno creó un Registro Provincial de Infractores de Bosques Nativos, enmarcado en la Ley N 8195, con el fin de individualizar y sancionar a quienes no respetan leyes ambientales.
A través de la Resolución N° 634, publicada en el Boletín Oficial este lunes, se informó que el Departamento de Flora Nativa de la Dirección de Recursos Naturales Renovables impulsó la creación del registro, en el marco también de la Ley Nacional N° 26.331 de presupuestos mínimos de protección ambiental de los bosques nativos.
Entre los considerandos se destaca que el Artículo 28° Capítulo VII de la Ley N° 8195 establece que “toda persona física o jurídica, pública o privada, que haya sido infractora a regímenes o leyes, forestal o ambiental, nacional o provincial, en la medida que no cumpla con las sanciones impuestas, no podrá obtener autorización de desmonte o aprovechamiento sostenible”.
Entonces, el Director de Recursos Naturales Renovables de Mendoza, Sebastián Melchor resolvió:
Artículo 1º: Créase, el Registro Provincial de Infractores de Bosques Nativos de la Provincia de Mendoza, conforme a los lineamientos de la Ley Provincial N° 8.195 y los requisitos establecidos por el organismo de aplicación.
Artículo 2º: La Dirección de Recursos Naturales Renovables será la autoridad Provincial encargada de remitir la información sobre infractores de su jurisdicción a la autoridad nacional de aplicación y verificar su inclusión en el Registro Nacional de infractores. El Registro Provincial de Infractores de Bosques Nativos será de acceso público.
Artículo 3º: Notifíquese, comuníquese a quienes corresponda y archívese.