¿Alberto Fernández puede ir a prisión? Esta es la pena de los delitos que Fabiola Yáñez le acusa

El expresidente enfrenta una denuncia por violencia de género contra su expareja y mamá de su hijo. La víctima también habló de “terrorismo psicológico”.

¿Alberto Fernández puede ir a prisión? Esta es la pena de los delitos que Fabiola Yáñez le acusa
¿Alberto Fernández puede ir a prisión? Esta es la pena de los delitos que lo acusa Fabiola Yáñez (Foto archivo)

La denuncia por violencia de género de Fabiola Yáñez contra su expareja, el expresidente Alberto Fernández, provocó un vendaval político, judicial y mediático. Debido al “terrorismo psicológico” y al “hostigamiento” que recibe la víctima (incluso anclada en España), el juez federal Julián Ercolini le prohibió la salida del país al exmandatario así como la restricción de cualquier tipo de comunicación.

Si bien la investigación recién empieza, muchos ya se preguntan: ¿cuál sería la pena para Alberto Fernández por este tipo de delitos en caso de ser imputado y condenado por la Justicia?

¿Cuántos años de condena podría recibir Alberto Fernández?

De ser encontrado culpable por violencia de género contra Fabiola Yáñez, Alberto Fernández podría ser condenado a no menos de tres años, aunque sin cumplir la condena tras las rejas.

En principio debiera aplicarse el artículo 149 bis del Código Penal, pero con la investigación se podrían sumar otros delitos. Dice ese artículo: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años el que hiciere uso de amenazas para alarmar o amedrentar a una o más personas. En este caso la pena será de uno a tres años de prisión si se emplearen armas, si las amenazas fueren anónimas o si mediare violencia de género. Será reprimido con prisión o reclusión de dos a cuatro años el que hiciere uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad”.

De avanzar la causa y confirmarse en las pericias lo conocido hasta ahora, sería el caso para Alberto Fernández.

Alberto Fernández  - Foto Federico López Claro
Alberto Fernández - Foto Federico López Claro

El hostigamiento que Yáñez -a través de su abogado Juan Pablo Floribello- dijo sufrir en las últimas semanas no es un delito contemplado en el Código Penal, sino una contravención. Pero podría encuadrarse dentro de lo que corresponde a una amenaza. Podría ser simple si fuera meramente declarativa, como por ejemplo un “si hacés la denuncia te vas a arrepentir”, o coactiva si tuviera un fin y no se quedara en la palabra.

Entonces, el delito de lesiones leves en un contexto de violencia de género en concurso real con amenazas simples tiene un cómputo de pena de seis meses a cuatro años de prisión, pero no conlleva detención del imputado (quizá en suspenso).

Alberto Fernández y Fabiola Yáñez en 2021. (Archivo)
Alberto Fernández y Fabiola Yáñez en 2021. (Archivo)

Otro punto a definir pronto es si la causa pasa de la Justicia Federal al ámbito provincial. Ercolini, que es juez federal, en cuanto termine de tomar medidas de protección para la víctima y su hijo, podría enviar la causa a un juez de Garantías de la localidad bonaerense de Olivos (fuero ordinario), donde se encuentra la residencia presidencial y fue el lugar de los hechos de violencia. La otra opción es que siga en la Justicia Federal por la condición de Fernández de exfuncionario público, ya que los hechos denunciados habrían sucedido cuando él estaba en el poder.

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