El gobernador Alfredo Cornejo dispuso la continuidad automática por dos meses los contratos de diversos trabajadores que se desempeñaban en la Administración Pública y cuyos contratos finalizaban el 31 de diciembre. No obstante, si bien además les otorgó un incremento salarial de un 20% para el mes de diciembre; comenzó a dar muestras del ajuste que pretende marcar en el Poder Ejecutivo, ya que les pidió a cada uno de sus ministros que, para el mes de abril, apliquen un “ahorro presupuestario” de una 20% “como mínimo” en estos contratos, lo que generará un ajuste de por lo menos $120 millones mensuales.
La medida se da luego de la baja de 600 contratados en el departamento de Las Heras, que despertó el reclamo de los afectados; y se determinó en base a dos decretos publicados este miércoles en el Boletín Oficial, mediante los decretos 3103 (aumento salarial) y 3206 (continuidad automática de contratos).
Esta última norma dispuso en su artículo 1 la “continuidad automática”, desde el 1 de enero y hasta el 29 de febrero de 2024, los siguientes contratos: agentes interinos; contratados en planta temporaria; a quienes se encuentren percibiendo cualquier tipo de adicional y suplementos; y a los contratados bajo los sistemas de Locación de Obras o Servicios y honorarios determinados en Horas Módulo Deportivo.
Ajuste del 20% en contratos
Tal como se mencionó, Cornejo adelantó en el decreto, que fue firmado por él y todos sus ministros, que deberá haber un ajuste de por lo menos un 20% en el mes de marzo de todo el costo presupuestario que hubo en diciembre pasado.
El artículo que lo regula es el 4, en el que informa que “todas las jurisdicciones del Poder Ejecutivo adoptarán las medidas necesarias para que a partir del día 1 de marzo de 2024 sólo se encuentren vigentes las adscripciones, designaciones interinas, contrataciones Temporarias, Contrataciones bajo los sistemas de Locación de Obras o Servicios y Honorarios determinados en Horas Módulo Deportivo y Adicionales y Suplementos, debiendo representar un ahorro, como mínimo, del 20% del costo presupuestario devengado con base en diciembre de 2.023″.
Y cierra: “Para el caso que la jurisdicción no cumpla estos parámetros se deberá contar con el visto bueno del Gobernador y del ministro de Hacienda, debiendo justificar acabadamente las excepciones, no siendo válida la expresión ‘por razones de servicio’”.
En diálogo con Los Andes, el ministro de Hacienda, Víctor Fayad, aseguró que ese 20% de ahorro se circunscribirá especialmente en el ámbito de los contratos; y se traducirá en por lo menos $120 millones mensuales, que se dividirán en por lo menos $100 millones que se podrían reducir de horas extra (mayor dedicación); más $20 millones de contatos de locación.
“El Gobernador pretende dar el ahorro en las cuestiones discrecionales relacionadas con el personal, con reducción del 20% en las horas extras de los empleados del ejecutivo provincial, como de los contratos de locación que son los dos conceptos más discrecionales más importantes de manejo de personal”.
Y agregó: “El gobernador nos ha pedido a todos los ministros flexibilidad para enfrentar los momentos que vienen y esto es parte de generar ese ahorro en la medida que sea posible, para paliar una situación en la que no sabemos cómo se va a comportar la recaudación, cómo se va a comportar la actividad y sobre todo cómo se van a comportar los otros gastos del ejecutivo provincial”.
También señaló que la idea es que los nuevos ministros “sepan juzgar aquellos empleados de los cuales van a necesitar mayores horas de trabajo que las que aparece el contrato y esos que no van a necesitarlo”
Por otro lado, el Ministro expresó que el total de los contratos de locación de la provincia, son solamente 1.188 y “en su gran mayoría están asignados a todo lo que es el Ministerio de Salud”, que son alrededor de 500.
“Para nosotros el contrato de locación no es una metodología habitual de contratación, salvo cuestiones específicas, cuando para los municipios sí lo es. Para nosotros el verdadero impacto en el recorte está en este 20% de ahorro de no solo las contrataciones, que será a partir de marzo, sino de aquellas componentes salariales discrecionales, que son particularmente todo lo que son horas extras y reemplazos de cargos superiores”, cerró.
Continuidad hasta el 29 de febrero
Por otro lado, la continuidad de los agentes se dará “cuando las erogaciones sean atendidas con cargo a partidas presupuestarias financiadas con Rentas Generales o con Recursos Afectados de origen provincial o nacional (en la medida que la efectiva recaudación así lo permita), de las prestaciones de servicios de toda persona que al 31 de diciembre de 2023″ de las personas mencionadas.
Asimismo, también seguirán hasta el 29 de febrero los contratados “bajo los sistemas de Locación de Obras o Servicios correspondientes a la Unidad de Financiamiento Internacional (U.F.I.), cuyos vencimientos operen el 31 de diciembre de 2023 y se encuentren financiados con fondos afectados BID, a fin de facilitar la continuidad de las obras financiadas con dichos fondos”.
Por otro lado, el artículo 3 establece que la continuidad automática dispuesta “será efectivizada en idénticas condiciones, horarios, honorarios habituales, funciones u otros requisitos, según corresponda, que las vigentes al 31 de diciembre de 2023 y la misma requerirá de la efectiva prestación de servicios personales bajo las distintas modalidades comprendidas en la presente norma legal, salvo que la persona renuncie expresamente o que los Ministros o Secretarios del Poder Ejecutivo, como asimismo las autoridades superiores de los Entes Descentralizados en los términos de la Ley de Procedimiento Administrativo, dispongan modificaciones o el cese de las adscripciones y prestaciones de los citados artículos, para alguna/s persona/s en particular; siendo suficiente la notificación fehaciente, con anterioridad al comienzo o durante el transcurso de la prórroga”.
No obstante, también establece que para el caso que los Ministros o Secretarios del Poder Ejecutivo o autoridades superiores de organismos descentralizados “dispongan la modificación o cese de cualquiera de las situaciones contempladas en los artículos 1 y 2 del presente, deberán emitir los actos administrativos pertinentes”.
Aumento salarial
Por otro lado, el mencionado decreto 3103 definió un incremento “consistente en un 20% para el mes de diciembre de 2023″ para los contratos que se encuentren en las siguientes condiciones:
- Contrato de Locación de Obras o Servicios, Honorarios determinados en Horas Módulo Deportivo o cualquier otra forma de contratación.
- Que se encuentren financiados con Rentas Generales (Financiamiento 000) o con Recursos Afectados de origen provincial, quedando exceptuados aquellos casos financiados con el financiamiento 18 - Aranceles por Servicio de Salud. Para el caso de los recursos afectados de origen provincial el incremento podrá otorgarse en la medida que lo permita la efectiva recaudación de sus recursos.
- Para el caso de otras Entidades (Carácter 5) cualquiera sea su financiamiento, el incremento podrá otorgarse en la medida que lo permita la efectiva recaudación de sus recursos.
- Que el contrato haya estado vigente al 30 de noviembre de 2023.