La Cámara de Casación Penal de la Nación, desestimó en forma unánime el pedido realizado por el juez federal de Mendoza Walter Bento para apartar al fiscal general Dante Vega y al juez Eduardo Puigdéndolas, quienes lo investigan por ser el líder de una presunta banda dedicada al cobro de coimas a cambio de beneficios carcelarios.
La medida –conocida ayer cuando Bento comenzó su declaración indagatoria- tiene un doble efecto: primero político porque desarticula la teoría del “lawfare”; y judicial porque Bento, a través de su abogado, Mariano Cúneo Libarona, llevaron hasta la instancia superior la recusación del fiscal y del juez y fracasaron.
A fines de mayo pasado, Bento envió un comunicado de prensa denunciando que la causa tiene un trasfondo político: “soy víctima de un verdadero lawfare concebido por un inescrupuloso fiscal, un juez de primera instancia y ciertos jueces de cámara”, sin dar mayores explicaciones sobre el entramado político que denunciaba.
Pues bien, ahora, lo llamativo del fallo de la cámara de Casación Penal es que está avalado por la firma de los tres integrantes de la sala 3, Liliana Caturcci, Eduardo Riggi y Juan Carlos Gemignani, además del fiscal Javier De Luca. Este tipo de incidentes, generalmente son resueltos por un solo juez.
Lo significativo es que firmaron los tres magistrados de Comodoro Py y que cada uno de ellos adhiere a distintos espacios políticos, desde el Pro a Justicia legítima.
En cuanto a lo estrictamente judicial, el argumento por el cual la defensa de Walter Ricardo Bento planteó la recusación del juez Puigdéngolas fue que su designación como juez instructor de la causa no se ajustó al procedimiento normativo vigente, sino que fue irregular, y además porque la actuación del magistrado fue imparcial.
En tanto que la recusación de fiscal Vega se fundamentaba en una enemistad manifiesta, en la filtración de información a la prensa y despliegue de maniobras ilegales durante el proceso, entre otras cosas.
Según la cámara de Casación, ningún de esto supuestos han sido probados, ni se ha probado “un supuesto de excepción” para que fallen los jueces de Comodoro Py. Tampoco existe perdida de objetividad.
“La invocación por parte de los recurrentes de una cuestión de gravedad institucional carece de fundamento que evidencie inequívocamente que se ha producido” y “el pretendido apartamiento carece de una base fundamentada que permita controvertir lo decidido por la cámara de apelaciones de Mendoza”, sostienen los jueces.