Luego de que trascendiera un video donde se puede ver que un preso no intenta matar a la fiscal de Homicidios Claudia Ríos y que la funcionaria no se defiende con gas pimienta -tal como se había anunciado oficialmente-, desde la Suprema Corte de Justicia de Mendoza y desde el Ministerio Público fiscal enviaron un comunicado oficial donde no se aclara la situación y solo se sugiere que la causa podría cambiar de calificación.
El mensaje oficial es el siguiente:
“En relación a la causa iniciada a partir de los hechos acaecidos en el Polo Judicial el día miércoles 13 de setiembre del corriente año, el Ministerio Público Fiscal informa:
1. Que no bien sucedido el episodio, inmediatamente se generó la causa P- 100.388/23, recibiéndose 10 declaraciones testimoniales desde las 11.38 hasta las 13.00 horas, tendientes a esclarecer lo acontecido, atento a la gravedad de lo conocido hasta ese momento.
2. Que en virtud del requerimiento de los medios por conocer los hechos, a las 13.10 del mismo día, se produce conferencia de prensa del Procurador General para explicar lo sucedido, sobre la base de lo hasta ese momento conocido, conforme las testimoniales y las primeras medidas practicadas.
3. Posteriormente a las 13.55 hs, recibido el link del crudo de la audiencia, se envió a división delitos tecnológicos a fin de analizar el video que reflejaba el contenido de la misma, recibiéndose en horas de la noche el informe técnico del registro fílmico. Intertanto se procedió a constatar la lesión de la pasante y a realizarse allanamientos en las celdas de los imputados, encontrándose otras chuzas.
4. Que asimismo, se procedió al secuestro de los celulares de los guardias encargados de la seguridad de los detenidos, comenzándose con la extracción de datos útiles a la causa.
5. Que para fecha 18 de setiembre, se extrajo compulsa generándose los autos P-102309/23 para investigar la responsabilidad que pudiera caberle al personal del servicio penitenciario, sin perjuicio del sumario interno iniciado por Inspección General de Seguridad.
6. De todo ello se deriva que la calificación legal atribuida primigeniamente al acusado respondió al análisis de toda la prueba colectada hasta ese momento ( 15/09/23 a las 13 hs).
7. Sin perjuicio de ello, como sucede en todas las causas, a partir de nuevas evidencias, puede variar el encuadre jurídico inicial.